Arbitraje
Enviado por Abogadopunk • 30 de Enero de 2014 • 1.047 Palabras (5 Páginas) • 293 Visitas
Este texto no fue publicado en el Diario Oficial "El Peruano", ha sido enviado por la Presidencia del Consejo de
Ministros, mediante Oficio N° 650-2008-DP/SCM, de fecha 24 de noviembre de 2008.)
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
• El Estado Peruano se ha comprometido en el Acuerdo de Promoción Comercial suscrito con ,
Estados Unidos a promover y facilitar el desarrollo del arbitraje, como mecanismo alternativo
para la solución de controversias en materia comercial. En efecto, el articulo 21.21 del
mencionado Acuerdo señala expresamente lo siguiente:
"Articulo 21.21; Medios Alternativos para la Solución de Controversias
1. En la mayor medida posible, cada Parte promoverá y facilitará el recurso al arbitraje y. a
otros medios alternativos de solución de controversias comerciales internacionales entre
particulares en el área de libre comercio.
2. A tal fin, cada Parte dispondrá procedimientos adecuados que aseguren la observancia de
los convenios de arbitraje y el reconocimiento y ejecución de los laudos arbitrales que se
pronuncien en esas controversias. ' .
3. Se considerará que una Parte cumple con lo dispuesto en el párrafo 2, si es parte y se
ajusta a las disposiciones de la Convención de Naciones Unidas sobre el Reconocimiento y
Ejecución de Sentencias Arbitrales Extranjeras, de 1958, o déla Convención Interamericana
sobre Arbitraje Comercial Internacional, de 1975".
En este sentido, mediante la Ley No 29157, el Congreso de la República ha delegado en el
Poder Ejecutivo la facultad de legislar distintas materias a fin de facilitar la implementación del
referido Acuerdo de Promoción Comercial, estando entre dichas materias las referentes a la
facilitación del comercio así como a la promoción de la inversión privada.
El presente Decreto Legislativo tiene como objetivo cumplir con lo establecido en el Acuerdo de
Promoción Comercial, mejorando la regulación del arbitraje y, en particular, la vinculada a!
convenio arbitral y la ejecución de laudos arbitrales como su propio texto señala, ajustándose a
los estándares internacionales contenidos en la Convención de las Naciones Unidas sobre el
Reconocimiento y Ejecución de Se.ntencias Arbitrales Extranjeras de 1958 y la Convención
Interamericana sobre Arbitraje Comercial Internacional de 1975.
En este contexto, teniendo en cuenta que la promoción de mecanismos de solución de
controversias, entre los cuales se encuentra el arbitraje, tienen como finalidad la promoción de
la seguridad en el comercio y las inversiones privadas, puesto que sin la presencia de tales
mecanismos, las relaciones comerciales pueden verse reducidas; la aprobación de la presente
norma es necesaria a fin de implementar y dar cumplimiento al artículo 21.21 del Acuerdo de
Promoción Comercial.
En un mundo globalizado y en una economía en crecimiento, el arbitraje ha irrumpido con un
conjunto de reglas eficientes para resolver conflictos. Los inversionistas y los agentes
económicos esperan que las ventajas del arbitraje se encuentren reflejadas y protegidas por la
legislación arbitral como punto de partida y que la práctica arbitral en manos de los operadores
del sistema sea favorable al desarrollo del arbitraje como correlato.
La Ley No 26572, Ley General de Arbitraje de 1996 (ley arbitral de 1996), en este sentido,
aprobó una regulación moderna del arbitraje que ha sentado las bases del desarrollo que
tenemos y que se .manifiesta en una demanda creciente de arbitrajes, una consolidación de las
instituciones arbitrales y la formación de un mercado arbitral importante. Cierto es también que
al lado de la ley
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