Arbitraje
Enviado por yarelismuegue • 2 de Noviembre de 2011 • 1.721 Palabras (7 Páginas) • 699 Visitas
El arbitraje
Es una forma de resolver un litigio sin acudir a la jurisdicción ordinaria. Es una estrategia de resolución de conflictos junto a la negociación, mediación y conciliación.
Las partes, de mutuo acuerdo, deciden nombrar a un tercero independiente, denominado árbitro, y que será el encargado de resolver el conflicto. El árbitro, a su vez, se verá limitado por lo pactado entre las partes para dictar el laudo arbitral. Deberá hacerlo conforme a la legislación que hayan elegido las partes, o incluso basándose en la simple equidad, si así se ha pactado.
Cuando un arbitraje se ajusta a la legalidad, sustituye completamente a la jurisdicción ordinaria, que deberá abstenerse de conocer el litigio. Sin embargo, sí que será necesario acudir a la misma (a través de la acción ejecutiva) cuando sea necesaria la intervención de las autoridades para hacer cumplir el laudo arbitral.
Entre las ventajas del arbitraje se encuentran su celeridad, su flexibilidad y el hecho de que se pueden pactar los costes con anterioridad.
Características del arbitraje
• Celeridad: En pocas semanas de diálogo y trámite se resuelve definitivamente el asunto.
• Seguridad: al adoptar el Arbitraje se obtiene imparcialidad, capacidad en la tecnología y el tema en cuestión.
• Cumplimiento: crea un mayor compromiso de las partes.
• Satisfacción: existe una mayor atención de lo que quieren los afectados.
• Confidencialidad: preserva la información reservada de los participantes.
• Imparcialidad: se garantiza la objetividad del proceso.
• Economía: Es mucho menor costo que el proceso judicial.
Las ventajas del arbitraje
Puede ser iniciado rápidamente, el proceso es relativamente corto y la decisión se presenta de manera rápida. Las reglas procesales son flexibles y más directas que las establecidas en el proceso judicial. Las partes seleccionan a los árbitros. Generalmente el árbitro es un experto en la materia. La decisión es inapelable.
Procedimiento arbitral para su aplicación
Si bien es cierto que el arbitraje es producto del consentimiento de las partes que optan por recurrir al arbitraje en lugar de ir al poder judicial, sin embargo pueden pactar las normas por las que trascurrirá el proceso, ya sea en forma directa mediante reglas a las que deben ceñirse los árbitros, o en forma indirecta en que las reglas del procedimiento las emite la institución arbitral a las que las partes se someten, tan bien las partes pueden encomendar a los propios arbitras elaborar las reglas el procedimiento.
La caracteriza su mayor flexibilidad e informalidad, sin imponerse pautas rígidas a los árbitros en que estos deben actuar con cierta libertad, sin la rigidez de un proceso judicial, manteniendo la igualdad entre las partes, posibilidad de ser escuchados y derecho a una solución verdaderamente justa.
BRICEÑO SERRA, comenta: que la situación del local elegido como sede del arbitraje propicia la instantánea percepción de intenciones y el rápido conocimiento de la voluntad de las parte, facilitando los interrogatorios, aclaraciones, resúmenes de cosas y documentos, como mayor marco para que las partes presenten conclusiones y los árbitros valoren elementos y razonamientos que les sean expuestos.
Nuestra ley prescribe como norma de principio que las partes pueden pactar el lugar y las reglas a las que se sujete el proceso correspondiente que tenga establecida la institución arbitral a quien recomienda su organización.
A falta de acuerdo, dentro de los diez días siguientes a la aceptación del árbitro único o del último de los árbitros, estos deciden el lugar y las reglas del proceso del modo que consideren mas apropiado, atendiendo a la conveniencia de las partes.
La decisión será notificada a las partes; durante el proceso arbitral deberá tratarse a las partes con igualdad y darle a cada uno de ellos plena oportunidad de hacer valer sus derechos (Art. 33, ley 26572).
La ley prevé un procedimiento supletorio (Art. 34, ley 26572), por lo cual se establece el siguiente tramite:
* La parte que formula su pretensión ante los árbitros lo hará dentro de 8 días de notificado la instalación del Tribunal Arbitral debiendo ofrecer pruebas.
* Citar al demandado para que dentro de 8 días, manifieste que convenga a su derecho y ofrezca la prueba correspondiente.
* Los árbitros citaran a las partes a audiencia de conciliación a fin de proporcionar un arreglo entre ellas o aclarar la existencia de hechos controvertidos.
* Los medios probatorios se actúan en una o más audiencias en un plazo que no excederá de 15 días.
* Producida la prueba los árbitros pueden solicitar a las partes un alegato escrito.
El Arbitraje facultativo
El Arbitraje facultativo como el término lo indica, resulta de la aceptación de las partes en conflicto, sobre la recomendación de una Junta de Conciliación para que el asunto sea sometido a Arbitraje. Seguido a ello, se debe conformar una Junta de Arbitraje, bajo la modalidad que describe la Ley, con la “misma facultad de investigación que un tribunal ordinario” (Art. 492).
Los miembros de la Junta de Arbitraje tienen el carácter de árbitros arbitradores (deciden conforme la equidad) y sus decisiones, llamadas “laudos”, no son apelables, pero puede ser propuesta su anulación en sede judicial, cuando contravengan disposiciones legales de orden público
Por otra parte, el Arbitraje obligatorio está a cargo del Ejecutivo
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