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Asociaciones Civiles


Enviado por   •  16 de Febrero de 2013  •  1.426 Palabras (6 Páginas)  •  465 Visitas

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ASOCIACIONES CIVILES.

De acuerdo con el artículo 2670 del Código Civil la Asociación Civil se da cuando “varios individuos conviene en reunirse de manera que no sea enteramente transitoria, para relizar un fin común que no este prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico.”.

Las Asociaciones civiles deben constituirse por medio de un contrato que contenga sus estatutos y que deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad (artículos 2673 y 3002 del Código Civil.).

En México existen una gran variedad de Asociaciones Civiles que persiguen diferentes objetivos: culturales, deportivos, científicos, políticos, recreativos, artísticos y cívicos.

Toda Asociación Civil requiere de un patrimonio e ingresos propios para cumplir con sus fines.

El poder supremo de las asociaciones reside en la asamblea general y el director o directores de ellas, tendrá facultades que le concedan los estatutos o la asamblea general. La asociación puede admitir o excluir asociados.

Funcionan con base en un consejo directivo formado por presidente, secretario, tesorero y uno o varios vocales que son removidos por lo general cada dos años. A su vez el consejo directivo nombra un gerente o administrador general, que tendrá bajo sus órdenes al personal administrativo para que lo apoye.

Los miembros de la Asociación Civil tienen derecho a separarse de ésta, previo aviso dado con dos meses de anticipación y, por otra parte, solamente podrán ser excluidos de la sociedad por las causas que señalen los estatutos. Los asociados que voluntariamente se separen o que fueren excluidos, perderán todo derecho de haber social. La calidad de socio es intransferible.

Los socios tienen derecho a vigilar que las cuotas se dediquen al fin que se propone la asociación y con este objeto pueden examinar los libros de contabilidad y demás papeles de ésta.

Las actividades que realiza la Sociedad Civil no tiene como objetivo principal el lucro aunque puede generarse; en cambio en la Asociación Civil no se persigue.

Si en un momento dado la Asociación Civil prestara servicios a terceros y obtuviera alguna utilidad, ésta quedaría gravada como las de empresas mercantiles.

REGISTROS DEL PATRIMONIO.

El sistema de contabilidad que se deba implantar dependerá de la política que se adopte respecto a la utilización de los recursos, pues si estos son destinados al cumplimiento de fines específicos, se utilizará la contabilidad a base de efectivo, pero si los recursos se destinan al cumplimiento de un fin común, se utilizará la contabilidad a base de devengado.

MODIFICACIONES POR AUMENTOS Y DISMINUCIONES AL PATRIMONIO.

Las personas morales no contribuyentes para ser consideradas como instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles deberán sujetarse a lo dispuesto por el artículo 70-B de la LISR, el cual menciona a las siguientes:

Sindicatos obreros y los organismos que los agrupen.

Asociaciones patronales.

Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas pesqueras, así como los organismos que las reúnan.

Colegios de profesionales y los organismos que los agrupen.

Asociaciones civiles y sociedades de responsabilidad limitada de interés público.

Instituciones de asistencia o de beneficencia autorizadas por las leyes de la materia, así como las sociedades o Asociaciones civiles autorizadas para recibir donativos en los términos de ésta ley.

Sociedades cooperativas de consumo.

Organismos que conforme a la ley agrupen a las sociedades cooperativas, ya sea de productores o de consumo.

A la enseñanza con autorización o reconocimiento de la Ley Federal de Educación.

Las organizadas con fines científicos, políticos, religiosos o deportivos.

Las dedicadas a administrar fondos o cajas de ahorro.

Las asociaciones de padres de familia.

Entonces los Ingresos de la Asociación Civil proceden de cuotas o donativos.

Los donativos pueden recibirse de los mismos socios, o de personas físicas o morales ajenas a la sociedad, pudiendo ser en forma de bienes, derechos o efectivo.

Los donativos se pueden clasificar como sigue:

Simples, cuyo destino puede ser fijado libremente por la asociación.

Condicionados o destinados a al realización de una actividad específica, previamente fijada por el donante, quien se reserva el derecho de comprobar si se cumplió con su voluntad.

En los que solamente se puede usar el producto que se obtenga del mismo. En este caso pude suceder que el destino del rendimiento, sea fijado libremente por la Asociación Civil y el donante sólo se reserva el derecho de comprobar que el donativo no haya sido tocado, o

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