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Autotutela


Enviado por   •  2 de Abril de 2014  •  4.599 Palabras (19 Páginas)  •  595 Visitas

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Introducción.

El siguiente trabajo presentado a continuación tiene como objeto mostrar las diferentes formas existentes de solucionar un conflicto jurídico, ya sea por medio del auto tutela, la autocomposición o mediante la heterocomposicion, en cada una de estas formas se presenta un procedimiento distinto y a la vez cada uno tiene sus características propias, pero todas buscan lo mismo, en este caso son medios por mediante los cuales se puede llegar a solucionar un Conflicto de intereses.

La complejidad de un tema como el del conflicto ha atraído sobre sí el interés de diversas disciplinas y ha suscitado formas de abordarlo muy diferentes entre sí. El resultado es un conjunto de enfoques que lejos de competir entre sí por imponerse como perspectivas hegemónicas en el área del conflicto son una colección de esfuerzos complementarios unos con otros. Cada enfoque realza algún aspecto esencial del conflicto, lo que hace que todos sean imprescindibles. Dependiendo de cada enfoque las consecuencias que se obtienen para entender o intervenir en un conflicto son diferentes, lo que hace que sea necesario conocer las implicaciones de cada uno. En conjunto muestran diversas facetas de una misma realidad de un modo no perfectamente coherente, no perfectamente integrado, pero, todas ellas, insoslayables.

El conflicto es parte natural de nuestra vida. Desde que el hombre apareció en la Tierra se ha enfrentado con el conflicto y ha ideado formas de solución, desde las más primitivas hasta las más elaboradas en los tiempos actuales.

En las etapas primitivas los hombres se organizaban en familias y clanes como una necesidad de supervivencia, demarcando sus territorios. Esta circunstancia hacía que los enfrentamientos fueran principalmente entre clanes, los cuales medían su poder en base al número, a la fortaleza de sus miembros y a los elementos de defensa que poseían, triunfando el más fuerte. De este modo, se resolvía el conflicto de forma violenta y el objeto de la discordia era una zona territorial anhelada en épocas de escasez

Unidad 2 Formas de solución a la conflictiva social

2.1- Autotutela. Formas que subsisten.

La autotutela como forma egoísta y primitiva de solución. En ella, él más fuerte o el más hábil impone por su inteligencia, por su destreza, habilidad, la solución al contrario. Por tanto, el litigio se resuelve no en razón de quien le asiste el derecho, si no repetimos en función de quien es el más fuerte o el más hábil, es una forma primitiva, muy cercana a la animalidad. En rigor es, una forma animal de superar la conflictiva, pues en las sociedades de animales, precisamente los conflictos entre ellos parecen resolverse básica y predominantemente mediante la autotutela.

Consiste en la imposición de la pretensión propia en perjuicio del interés ajeno.

Se caracteriza porque uno de los sujetos en conflicto, y a veces los dos, resuelven el conflicto pendiente con el otro mediante su acción directa en lugar de servirse de la acción dirigida hacia el Estado a través del proceso.

Se distingue por la ausencia de un tercero ajeno a las partes y por la imposición de la decisión por una de ellas a la otra.

Sobre la autotutela, se ha dicho que es la herramienta más primitiva en la solución de los conflictos, el tomar lo que nos es debido, el aplicar la ley del talión, es unilateral por naturaleza, en la actualidad opera ya únicamente en algunos aspectos. Don Cipriano en la obra citada, menciona entre muchos ejemplos como formas que han sobrevivido en la autotutela a: la legítima defensa; Estado de necesidad; el derecho echazón; el controvertido asunto del aborto por causa de violación; el robo de famélico.

Narra la historia que, desde los tiempos antiguos, los hombres buscaron resarcir sus diferencias encontrando la solución que consideraron más acertada. Ello a pesar de que dicha solución no siempre resultara la mejor.

La autotutela surge como un intento por resarcir el daño sufrido produciendo otro idéntico.

Dentro de las formas de autotutela más antiguas, se encuentra la contenida en la ley del talión, que expresó “ojo por ojo, diente por diente” y cuya aplicación era así: si la afectación sufrida por A era la pérdida de un ojo, entonces B, como sujeto agresor, debía recibir de A el mismo castigo, es decir, perder un ojo en manos del primer sujeto. Esto parece muy primitivo, pero fue aplicable por mucho tiempo.

La autodefensa, como forma de solucionar un conflicto, se actualiza cuando los sujetos, sean personas físicas o jurídicas intentan resolver el problema mediante una acción directa, es decir, haciendo justicia por propia mano.

Es una figura bastante arbitraria, ya que el resultado no se produce teniendo en consideración quién tiene la razón o no, sino que responde al obtenga la victoria por ser o el más fuerte o el más hábil, sin que el resultado signifique al vencedor que le ha asistido el derecho.

La autotutela presentan las siguientes características generales:

Siendo una forma de solución del conflicto, presupone su existencia para que opere como mecanismo para ponerle fin. Implica el ejercicio de una acción material directa destinada a poner fin al conflicto. El que determina su uso es el actor y, necesariamente, lo hará en beneficio de sus intereses. La normativa jurídica puede prohibir, permitir o no hacer nada sobre el uso de la autotutela en la solución de conflictos.

Autotutela: Acción de ejercer justicia por la propia mano.Constituye un medio de solución privada de los conflictos, que se caracteriza por el empleo de la fuerza por parte de las personas involucradas. Esta reacción directa y personal, de quien se hace justicia por su propia mano, se halla prohibida por la ley, salvo en el caso de legítima defensa. La prohibición de la autotutela se basa en el principio de que es responsabilidad del Estado dirimir los conflictos con relevancia jurídica que se susciten en su ámbito territorial. La autotutela se opone al juicio, como medio de solución de los conflictos.

Se debe precisar que son dos las notas esenciales que caracterizan a la autotutela: la ausencia de un tercero distinto a las partes que pueda resolver el conflicto y la imposición de la decisión de una de las partes a la otra.

En síntesis: la autotutela es la satisfacción de un interés o daño sufrido, utilizando los mecanismos que uno mismo considere atinados para poner fin al conflicto.

El art. 17 Constitucional establece que ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho, toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos

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