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BECCARIA


Enviado por   •  10 de Junio de 2013  •  Examen  •  25.716 Palabras (103 Páginas)  •  267 Visitas

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BECCARIA

En De los delitos y las penas se exponen ideas que hoy se asocian con frecuencia a los fundamentos del derecho, pero que en el marco social expuesto arriba resultaban ser una propuesta de reformas casi revolucionarias. El libro se publicó, de hecho, en forma muy discreta, aunque su enorme éxito hizo que se difundiera por toda Europa (la primera edición española data de 1774). Algunas de estas ideas son:3

• No es en ningún caso la voluntad del juez, sino las leyes, lo que puede dictar las penas.

• En las leyes deben estar fijadas de manera minuciosa y comprensible las normas de convivencia. Cualquier persona debe poder saber de antemano si sus actos son constitutivos de delito o no, y cuáles son exactamente las consecuencias de los mismos.

• Las penas deben ser tan leves y humanas como sea posible mientras sirvan a su propósito, que no es causar daño, sino impedir al delincuente la comisión de nuevos delitos y disuadir a los demás ciudadanos de hacerlo. (El ensayo es un alegato contra las penas de tormento o la pena de muerte, muy comunes por aquel entonces, que Beccaria considera inútiles y perniciosas).

• Lo que más disuade a los ciudadanos de violar la ley no es la exagerada gravedad de la pena, sino la inexorabilidad de la justicia. No se debe aplicar castigos inhumanos, sino aplicar castigos relativamente leves pero con toda seguridad.

• La tortura aplicada al reo para que confiese y/o delate a sus cómplices debe abolirse, porque beneficia al culpable fuerte y perjudica al inocente débil.

• Las penas deben ser proporcionales a la gravedad de los delitos. Si todas las penas son igual de rigurosas, el delincuente cometerá siempre el delito mayor.

• La única medida válida de la gravedad de un delito es el grado de daño que causa a la sociedad.

• Las penas deben ser iguales para todos los ciudadanos, nobles o plebeyos.

• El poder legislativo y el judicial deben estar separados.

• La interpretación de la ley corresponde al legislador, no al juez.

• La pena y el delito deben estar tan próximos en el tiempo como sea posible, para que aquella cumpla su fin. Deben fijarse plazos mínimos (aunque suficientes) para la presentación de pruebas, el juicio y la aplicación de la pena.

Beccaria en el prólogo de su obra presenta la realidad de la mayoría de las leyes penales que estaban vigentes en los Estados europeos de aquel siglo. Lo hace con crudeza y gran realismo.[cita requerida] Las define como la mezcla de restos de leyes de un antiguo pueblo conquistador con recopilaciones de un príncipe que doce siglos antes reinaba en Constantinopla -refiriéndose a Justiniano I- y envueltas en farragosos volúmenes de probados y oscuros intérpretes.1

"Algunos restos de leyes de un antiguo pueblo conquistador, recopiladas por orden de un príncipe, que doce siglos antes reinaba en Constantinopla, mezcladas después con ritos Lombardos, y envueltas en inconexos volúmenes de privados y oscuros intérpretes, forman aquella tradición de opiniones que en una gran parte de la Europa tiene todavía el nombre de leyes: y es cosa tan común como funesta ver en nuestros días, que una opinión de Carpzovius, un uso antiguo, señalado por Clarus, un tormento sugerido con iracunda complacencia por Frinaccias,sean las leyes obedecidas con seguridad y satisfacción de aquellos, que para regir las vidas y fortunas de los hombres deberían obrar llenos de temor y desconfianza." (Introducción)1

La realidad era más cruda que esta crítica y, también, más cruel. Sirva como ejemplo la Ley I perteneciente al Título XXX de la Partida VII, recopilación legal efectuada por Alfonso X el Sabio, que estuvieron vigentes hasta el siglo XIX en España.

CAPITULO I. EL ORIGEN DE LAS PENAS

El marqués de Beccaria en este capitulo, hace referencia a una especie de pacto social, retomado posteriormente por otros autores como Juan Jacobo Rousseau, quienes al igual que él definen a la ley, como la base principal de ese convenio tácito, celebrado entre los hombre vagos y mundanos, quienes decidieron ceder parte de su independencia a un régimen encargado de salvaguardar el estado de paz, al que recién había entrado la creciente sociedad, (fundamentalmente como lo señala el autor) cansados de estar en constante estado de guerra.

Este cúmulo de libertades cedidas a favor de esta nueva estructura político-social, es la base real de la soberanía, misma que es encomendada al gobernante de la nación, a través de este pacto entre los integrantes del estado, bajo las condiciones que en cada caso particular se hayan dado. ¿Pero de que forma su puede defender al gobernante y a la soberanía, de las pasiones de los hombres que se resisten a este nuevo pacto?; en el capitulo, Beccaria señala que la solución a éste pequeño inconveniente de la inexperta sociedad, se encontraba en la conjugación de motivos sensibles, que fueran capaces de apaciguar el ánimo tiránico de los hombres, llamados así por ser los únicos capaces de herir los sentidos de los hombres, que se oponen al bien universal; de esta forma podemos deducir que esos motivos sensibles, son las penas que se imponen a los hombres que osan traspasar la barrera del orden social.

CAPITULO II. DERECHO DE CASTIGAR

Al ser el gobernante el legitimo depositario de la soberanía, esta facultado por los integrantes del gran pacto, para poder castigar los delitos, con la finalidad de contrarrestar los atentados de los hombres que sean enemigos de la salud publica y es en este sentido, donde nace uno de los principios rectores de este Ius Puniendi el cual señala, que más justa es la pena, mientras más sagrada o inviolable sea la seguridad que el soberano tenga consagrada a sus súbditos.

Como lo señala el autor, la donación de parte de los derechos de cada hombre a favor del bien publico, no a sido sino con la finalidad implícita que a cada uno de estos protagonistas beneficia; si bien es cierto seguramente muchos hombres aún en la actualidad, desearían estar fuera y ser inmunes a nuestro régimen jurídico, pero seguramente de conseguirlo, sería mucho más lo perdido que lo ganado, pues cada uno aunque de diferente manera, tenemos necesidades que solo podemos satisfacer a través de los demás y viceversa y es en este sentido en que los primeros hombres racionales, al notar que solos no podían continuar con su camino, por lo que optaron por la unidad social, que solo pudo sobrevivir hasta nuestros días, gracias a que la mayoría de quienes aceptaron este pacto, se sujetaron a la normatividad emitida para tal fin y que por ende es la fuente de este derecho a castigar, concepto que es más complejo de lo que parece, pues de él emana todo un mundo alterno, que gira alrededor de la justicia, que no es otra cosa –como

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