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BOLETÍN 3110


Enviado por   •  13 de Abril de 2014  •  5.596 Palabras (23 Páginas)  •  524 Visitas

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BOLETÍN 3110 CARTA CONVENIO PARA CONFIRMAR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS

GENERALIDADES

La carta convenio entre el auditor y su cliente documenta y establece, el tipo de servicio a prestarse, el objetivo y alcance del mismo, el grado de responsabilidad que asume y la clase de informes que deberá entregar, como resultado de la prestación del servicio y las garantías acordadas.

Para efectos de este boletín el concepto de auditor se refiere, tanto como un contador publico o como a una firma.

ALCANCE

El presente boletín se refiere a la carta convenio que el auditor prepara para formalizar con su cliente la aceptación y términos del servicio de auditoría de estados financieros que prestara.

PRONUNCIAMIENTOS NORMATIVOS

La carta convenio de servicios profesionales, deberá ser preparada con los siguientes aspectos como mínimo:

Objetivo y alcance de la auditoría y periodo sujeto a revisión

Responsabilidad del auditor.

Mención de que el estudio y evaluación de la estructura del control interno se realiza como una base para determinar sus naturalezas, alcance y oportunidad de los procedimientos de auditoría por aplicar.

Declaratoria de que, aun cuando el objetivo de la auditoría no es el de la detección de irregularidades o fraudes, en caso de que se detecten, se le comunicara a los niveles apropiados de la entidad.

Propiedad y disponibilidad de los papeles de trabajo.

Declaración de que la información de la entidad, que obtiene el auditor en el curso de su trabajo, tiene carácter confidencial, con excepción de aquella que la propia entidad hace de carácter publico.

Responsabilidad de la administración de la entidad sobre la información financiera, el establecimiento y mantenimiento de un control interno eficaz.

Responsabilidad de la administración de diseñar e implementar los programas y controles para prevenir y detectar irregularidades o fraudes.

Responsabilidad de la administración para registrar los ajustes necesarios a los estados financieros, para corregir desviaciones importantes.

Manifestación de que la administración de la entidad proporcionara al auditor confirmación por escrito de ciertas declaraciones, en relación con los estados financieros sujetos a examen.

Indicación de que, en caso de que se pretendan publicar o reproducir informes que se emitan por el auditor, la administración de la entidad proporcionara a este para su lectura, un borrador del documento completo que se planea emitir.

Acuerdo expreso de la administración y de quien contrata los servicios profesionales del auditor.

Libre acceso al auditor a los registros, documentación y cualquier otra información relacionada con la auditoría de la entidad.

Mención de que el cliente preparara información a ser utilizada por el auditor en desarrollo de su trabajo.

Fechas acordadas para iniciar y concluir el trabajo.

Informes que el auditor emitirá como resultado de su trabajo.

Importe de los honorarios, forma de pago y en su caso el reembolso de los gastos relacionados.

Indicación de que cuando en el desempeño de su trabajo el auditor se encuentre con alguna circunstancia que no le permita seguir desarrollándolo en la forma prevista, lo comunicara inmediatamente por escrito.

Indicación de que, salvo que la entidad solicite por escrito al auditor que no utilice el correo electrónico como medio para transmitir la información relacionada con el trabajo objeto de la carta convenio, el auditor no asume responsabilidad, respecto a perdidas de la información o confidencialidad de esta información.

Procedimientos que establezcan, de común acuerdo, para la resolución de conflictos que surjan entre el cliente y el auditor.

Mención de que cualquier otro servicio profesional que se le requiera al auditor será objeto de un acuerdo por separado.

Solicitud al cliente de que confirme por escrito su aceptación de los términos de la carta convenio.

En caso de ser aplicables, en la carta convenio también deberán describirse los siguientes aspectos:

Cualquier limitación de los acuerdos relativos a la responsabilidad del auditor o del cliente, tales como una clausula en la que se libere el auditor de toda responsabilidad, en relación con cualquier reclamación, costos y gastos relativos con los servicios contratados.

Grado de utilización del trabajo de los auditores internos.

Participación del auditor predecesor.

Situaciones y condiciones en las cuales se permitirá el acceso de terceros a los papeles de trabajo del auditor.

Cuando el auditor de una empresa tenedora o principal no sea auditor de alguna entidad relacionada, tal como una subsidiaria, sucursal o división, se debe indicar el trabajo a realizar por los auditores de esta.

En las auditorías recurrentes, el auditor deberá considerar si las circunstancias actuales requieren que los términos de la carta convenio sean revisados o si estos son los adecuados.

El auditor puede decidir no mandar una carta convenio por cada periodo; sin embargo los siguientes factores pueden hacer apropiado mandar una nueva carta:

Cualquier indicación de que el cliente malentiende el objetivo o el alcance de la auditoría.

Cualquier cambio en los términos del trabajo.

Un cambio reciente de alta gerencia, consejo de administración o propiedad.

Un cambio importante en la naturaleza o tamaño del negocio del cliente.

Requisitos legales o regulatorios.

Un cambio en el marco de la presentación de la información financiera adoptada en la preparación y la presentación de los estados financieros.

Un cambio en los requisitos de la presentación de la información financiera.

En caso de que el cliente solicite un cambio en el trabajo acordado, el auditor deberá requerir que este cambio sea por escrito y evaluar el impacto en su opinión antes de aceptarlo.

Cuando se le solicite al auditor un cambio en el trabajo a uno que proporcione un nivel mas bajo de certidumbre, este deberá considerar si es apropiado hacerlo.

Una petición por parte de la entidad para que el auditor cambie la auditoría podría resultar de: a) un cambio en las circunstancias que afectan la necesidad del servicio, b) un malentendido en cuanto a la naturaleza de una auditoría como fue solicitada originalmente, o c) una restricción sobre el alcance de una auditoría que fue impuesta por la administración o por los encargados del gobierno corporativo. El auditor debe considerar la razón

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