Boletin B-1 Nif
Enviado por irmmaeh • 20 de Septiembre de 2013 • 1.397 Palabras (6 Páginas) • 730 Visitas
BOLETIN B-I
CAMBIOS CONTABLES Y CORRECCION DE ERRORES
RAZONES PARA EMITIR LA NIF B-1
La principal razón de la emisión de esta NIF es promover una mayor comparabilidad de la información contenida en los estados financieros, para lo cual se estimó conveniente la incorporación la NIF b-1, de tratamientos contables que establecen la aplicación retrospectiva de los efectos de los cambios y de la corrección de errores contables para apreciar la información financiera como si el cambio nunca hubiera existido o el error no hubiera ocurrido.
La aplicación retrospectiva de efecto de cambios contables y corrección de errores a la información financiera de periodos anteriores que se presenta en forma comparativa, requerida por esta NIF, permite una presentación más razonable y comparable de las operaciones del año actual.
Con la aplicación retrospectiva que ahora establece esta NIF se logra que todos los periodos presentados puedan presentarse con información preparada sobre las mismas bases, lo que permite un mejor análisis de las tenencias actuales de la información financiera.
OBJETIVO. (FABRICIO)
Es establecer normas particulares de presentación y revelación de cambios contables y corrección de errores.
ALCANCE. (IRMA)
Las disposiciones de esta norma son aplicables para todas las entidades que emitan estados financieros en los términos establecidos por la NIF A-3.
NIF A-3 Tiene por objetivo las necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros de las entidades, asi como las características y sus limitaciones ya que estas pueden ser utilizadas en entidades lucrativas y en entidades con propósito no lucrativas.
APLICACIÓN RETROSPECTIVA. (YARETH)
Deberá realizarse una aplicación retrospectiva de periodos anteriores , ya que con esto la información financiera contará con una presentación razonable y comparable con el ejercicio en curso .
Afectación de resultados acumulados Si la aplicación retrospectiva afecta resultados acumulados o a otras cuentas del capital o patrimonio contable, el ajuste al saldo inicial de estas cuentas debe presentarse deducido por el efecto de los impuestos a la utilidad , cuando sea aplicable.
ISABEL
Definición de términos: a) Aplicación prospectiva - es el reconocimiento, en el periodo actual y en periodos futuros, del efecto de un “cambio contable” a partir de la fecha en que éste ocurre.
b ) Aplicación retrospectiva – es el reconocimiento del efecto de un cambio contable o de la corrección de un error, en periodos anteriores a la fecha en que esto ocurre, como si el tratamiento o reclasificación adoptado siempre se hubiera aplicado o el error no hubiera ocurrido.
c) Cambio contable, es:
i. Cambio en la estructura del ente económico – es la modificación en el número de entidades que se consolidan o combinan en un ente económico, que da lugar a que se emitan estados financieros que, bajo una nueva estructura, efectivamente son de una entidad diferente.
ii. Cambio en estimación contable – es el ajuste al valor en libros de un activo, resultante de la evaluación actual de sus beneficios futuros o el ajuste al valor en libros de una provisión de pasivo, resultante de la evaluación actual de sus obligaciones.
iii. Cambio de “norma particular” – es la modificación a la aplicación de una norma particular derivada de: a) la selección de un método o procedimiento alternativo para el cumplimiento de una NIF, y b) la emisión, modificación o derogación de una NIF.
iv. Reclasificaciones – son cambios en la presentación de partidas integrantes de los estados financieros que no modifican los importes de utilidad (pérdida) neta o integral o cambio neto en el patrimonio.
d) Errores en estados financieros previamente emitidos – son errores aritméticos, aplicación incorrecta de normas particulares, omisiones o mal uso de información, que sirvió de base para el reconocimiento contable.
e ) Impráctico – es la imposibilidad de aplicar retrospectivamente los efectos de un cambio contable o de la corrección de un error.
F) Normas particulares – se definen en la NIF A-1, Estructura de las Normas de Información Financiera , como aquéllas que “…establecen las bases concretas que deben observarse para reconocer contablemente los elementos que integran los estados financieros en un momento determinado y comprenden normas de valuación, presentación y revelación”.
FABRICIO
Cambios contables con tratamiento retrospectivo y correcciones de errores Todos los cambios en normas particulares, reclasificaciones y correcciones de errores deben reconocerse mediante su aplicación
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