COMPARATIVO ENTRE LA SUCESION DE EL DERECHO MEXICANO Y EL DERECHO ROMANO
Enviado por gabydesanctis • 13 de Febrero de 2015 • 812 Palabras (4 Páginas) • 488 Visitas
COMPARATIVO ENTRE LA SUCESION DE EL DERECHO MEXICANO Y EL DERECHO
ROMANO
a)- Sistema en el Derecho Romano
En el Derecho Romano si una persona moria era necesario darle un continuador, al que
se denomino “HEREDERO”.
Este ocupaba el lugar del difunto quedando dueno del patrimonio y obligado a pagar
todas las deudas del difunto como si las hubiera contraido en lo personal.
Los vivos suceden en la situacion juridical en el cual con la muerte se acabaran todos
los derechos del difunto.
Los derechos que tenia el difunto en calidad de marido, de padre o tutor, asi como sus
derechos politicos, se extinguian definitivamente, sin transmitirse a otra persona.
Sus calidades de usufructuario, de mandatario, de socio, de obrero o de titular de un
contrato de hospedaje, al igual que sus rentas vitalicias.
Sin embargo otros derechos como el de Propiedad y los de Derechos de Credito, so-
breviven a sus titulares originales y se traspasan a otros, a sus “SUCESORES”.
El tema de las sucesiones en Roma tiene un especial interes en el Derecho Romano,
Por las siguientes consideraciones:
a)- Desde el punto de vista de la Sociologia Juridica: influencia que en el derecho tuvo
la metafisica popular.
b)-
Desde el punto de vista Juridico, se observa como el pretor interviene en el ius
civile ayudando, completando y corrigiendo.
El Derecho Romano ofrecia tres tipos de Sucesiones:
a)- SUCESION LEGITIMA: la mas debil
b)- TESTAMENTARIA: tenia mas fuerza que la legitima.
c)- OFICIOSA.
HERENCIA: “sucesion en todo el derecho que tenia el difunto”
SUCESION MORTIS CAUSA: “la transmission a uno o varios herederos, de un patrimonio
Perteneciente a un difunto”
HERENCIA: “transmission universal, porque el heredero no recibe cosas particulares
Sino la totalidad del patrimonio o una cuota de este; por ello debe de responder de las
deudas de la misma manera que respondia su antecessor”
En la Sucesion Legitima, no habia testament o o cuando lo hubiese, era nulo; tambien
cuando el heredero testamentario no quisiera aceptar o no pudiera aceptar la herencia. Ej:
muerte antes que el testador.
El orden de esta sucesion era la siguiente:
a)- HEREDE SUI: descendientes del “de cuis” que tuvieran bajo su potestad al momento de
su muerte, incluyendo a los postumos.
b)- LIBERI: descendientes del difunto
c)- LIGITIMI: los agnados del Segundo orden de las Doce tablas.
La sucesion legitima en el derecho Justinianeo estuvo regulada en la Novellae 118 y 127,
sustituyendo en forma definitive a la agnacion por la cognacion, equiparando en este
aspecto a hombre y mujeres, al tomar en cuenta el parentesco por ambas lineas.
Se
...