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COMPRA VENTA


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2012  •  1.506 Palabras (7 Páginas)  •  432 Visitas

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COMPRA VENTA:

a). Definición:

Es el contrato por virtud del cual una parte llamada vendedor, transmite, la propiedad de una cosa o de un derecho a otra, llamada comprador, mediante el pago de un precio cierto y en dinero.

Es un contrato traslativo de dominio, por virtud del cual una persona transfiere la propiedad de una cosa a otra persona, y que se obligan a pagar un precio en dinero. Art. 1790 del C.C.

b). Naturaleza Jurídica de la Compra Venta:

Podemos concluir que su naturaleza jurídica esencialmente es que un Contrato traslativo de Dominio y es aquí en donde descansa su verdadera naturaleza jurídica.

c). Elementos y Requisitos de la Compra-Venta:

Elementos de la Compra Venta:

1. Elementos Personales: (alguien que vende), Vendedor la persona que traslada la propiedad de un bien a otra. Para celebrar el contrato de compra venta el vendedor transfiere el dominio y entrega la cosa y recibe el precio en dinero. El comprador recibe el dominio de la cosa y entrega el precio en dinero. Para celebrar este contrato que se exige que vendedor y comprador tengan capacidad para contratar.

2. Elementos Reales: A la entrega de la cosa y al recibimiento del precio de la cosa es cuando se consuma el contrato de compra venta; se pueden vender todas las cosas que estén al comercio de los hombres; las cosas deben de tener existencia real y posible exceptuándose las futuras. Art. 1794 del C.C.

3. Elementos Formales: Siendo consensual no requiere forma específica, salvo que siendo mueble el objeto y pasa de Q.300.00 hay que faccionarlo en Escritura Pública. En el caso de todos los inmuebles en lo Mercantil se harán en Escritura Pública si exceden de Q.1,000.00; pero si no se cumplen con estos requisitos no invalidan el contrato, porque la propiedad podría probarse por medio de la confesión judicial, o por otro medio de prueba escrita. Lo único que pasaría es que no se podría inscribir en el Registro de la Propiedad. Art. 1576 del C.C.

Requisitos de la Compra Venta:

Son requisitos esenciales del Contrato de Compra Venta:

1. La Capacidad: La regla general que se sigue es que todos pueden comprar de cualquiera y todos pueden vender a quien quieran, siempre que tengan capacidad para disponer de sus bienes.

2. El Consentimiento: Es el acuerdo de las voluntades de dos o más personas con un objeto jurídico.

3. La Cosa: La cosa debe reunir los caracteres de toda prestación obligatoria, es decir, la posibilidad, licitud y determinación.

4. El Precio: Federico Puig Peña dice: “Es como la cosa elemento real de tipo y sustancia en el contrato, puesto que funciona como contraprestación a la entrega de aquella. El precio delimita a la naturaleza institucional del Negocio”. Los requisitos del precio son:

a) En la Veracidad: el precio debe ser cierto, o sea determinado.

b) En la Determinación: El precio puede también verificarse con intervención de un tercero.

c) En la Pecuniaridad: El precio debe ser el DINERO o signo que lo represente. Art. 1796 y 1797 del C.C.

d). Efectos de la Compra Venta:

 Obligaciones del Vendedor:

• La primera obligación es conservar la cosa hasta el momento de su entrega. También es responsable por caso fortuito o fuerza mayor. Art. 1320 del C.C.

• Entregar la cosa vendida en el lugar, tiempo y modos requeridos. Art. 1809 y 1540 del C.CIV.

 Obligaciones del Comprador:

• Pagar el precio de la cosa adquirida en el día, lugar y forma convenidos.

• Hay cosas en que el comprador que no ha pagado el precio y ha recibido la cosa se obliga por ley al pago de intereses. En los siguientes casos: a) si así se estipuló en el contrato, b) si la cosa produce frutos o rentas, c) si fuere judicial o notarial para el pago. En las ventas a plazos la retención se hará desde el último vencimiento estipulado en el contrato y los que lo proceden, hasta completar la cantidad cuya retención haya sido autorizada judicialmente. Art. 1815, 1826, 1828 y 1830 del C.C.

e). Clasificación de los contratos de compra venta:

1) Bilateral: Porque engendra derechos y obligaciones para ambas partes. Y es Oneroso porque confiere provechos y gravámenes también recíprocos.

2) Es Aleatorio: Puede ser un contrato aleatorio; cuando se trata de una compra venta de esperanza, es decir cuando se adquieren los frutos de una cosa corriendo el comprador el riesgo de que no existan, pero pagando siempre su precio, independientemente que no lleguen a existir.

3) Consensual para muebles

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