CONCEPTO DE DELITO.
Enviado por mayramperez • 25 de Septiembre de 2012 • Trabajo • 5.248 Palabras (21 Páginas) • 543 Visitas
CONCEPTO DE DELITO.
La doctrina penal define tradicionalmente el delito como: "Acción típica, antijurídica, culpable y punible". Se dice que es una concepción estructurada del delito porque cada uno de esos elementos es condición necesaria para que pueda darse el siguiente. Por acción se entiende un movimiento corporal (o la asistencia de un movimiento corporal) de carácter voluntario (un acto reflejo, por ejemplo, no sería un caso de acción). Para que la acción sea típica, tiene que estar descrita con anterioridad a su comisión en una norma penal. La antijuridicidad hace referencia a que esa conducta debe ser objetivamente contraria a la ley penal (por ejemplo,
matar a otro en legítima defensa o en estado de necesidad serían ejemplos de acciones típicas, pero no antijurídicas).
Reforma parcial de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso de los Bienes y Servicios.
La referida reforma parcial fue sancionada el jueves 23 de abril por la Asamblea Nacional (AN), a fin de fortalecer la figura del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis) en materias de regulación, aumento de precios y entrega de bienes y servicios.
Según el artículo 1: “La presente ley tiene por objeto la defensa, protección y salvaguarda de los derechos e intereses individuales y colectivos en el acceso de las personas a los bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades, estableciendo los ilícitos administrativos, sus procedimientos y sanciones; los delitos y su penalización, el resarcimiento de los daños sufridos, así como regular su aplicación por parte del Poder Público con la participación activa y protagónica de las comunidades, en resguardo de la paz social, la justicia, el derecho a la vida y a la salud del pueblo”.
Se trata de los servicios públicos, por cuanto satisfacen necesidades del interés colectivo que atienden el derecho a la vida y a la seguridad del Estado, las actividades de producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de alimentos o productos declarados de primera necesidad.
Este servicio debe prestarse en forma continua, regular, eficaz, eficiente, ininterrumpida, en atención a la satisfacción de las necesidades colectivas. Cuando no se preste el servicio en
tales condiciones, el órgano o ente competente del Ejecutivo Nacional podrá tomar las medidas necesarias para garantizar la efectiva prestación del servicio.
Especulación:
Práctica de comprar a precios bajos con la intención de vender, posteriormente, a un precio mayor. La especulación ha sido siempre criticada, en el lenguaje popular y en el discurso político, como una ganancia fácil semejante a las del juego y el azar; también se la ha hecho responsable -en especial cuando se une al acaparamiento- de producir el alza de los precios y de perjudicar así al consumidor. De hecho, sin embargo, la especulación es una práctica comercial normal que casi todo el mundo realiza de un modo u otro y que sirve para regular indirectamente los mercados, favoreciendo tanto al especulador como a los consumidores.
Si en un país determinado, por ejemplo, se obtiene una importante cosecha de trigo, el precio tenderá a bajar y el consumo aumentará, produciendo una rápida baja en las existencias de ese grano; al comprar a precio bajo para revender luego, los especuladores crearán un stock o existencia del producto que luego podrá abastecer al mercado cuando desaparezca el excedente temporal inicial. El precio indudablemente subirá, pero habrá disponibilidad de ese cereal y, en todo caso, el precio resultará menor que si no hubiese existido nadie que se dedicase a la especulación. De esta manera la especulación resultará un mecanismo de regulación espontáneo de los precios.
El especulador asume riesgos como cualquier inversor que interviene en el mercado: compra con su dinero mercancías que supone aumentarán de precio,
aunque sin poder jamás tener certidumbre de ello. La no comprensión del sentido económico de la especulación, aunada a la tendencia al intervencionismo económico de las décadas pasadas, llevó a muchos gobiernos a un sistema de precios controlados que, naturalmente, produjo serias distorsiones en la asignación de recursos
Acaparamiento:
Práctica que consiste en retener o comprar bienes en grandes cantidades antes de que lleguen al mercado de consumo, con el fin de venderlos cuando los precios de los mismos resulten superiores a los actuales. El acaparamiento se basa, por lo tanto, en la previsión de un aumento de la demanda y es una práctica especulativa que en general puede considerarse normal: quien acapara corre el riesgo de equivocarse en sus previsiones y perder parte de los activos que ha comprometido en la compra, resultando por lo tanto un demandante como cualquier otro que concurre al mercado; cuando se hace en volúmenes muy amplios, sin embargo, se considera una práctica monopólica que muchos países sancionan de diversas maneras.
Para que una mercancía pueda ser acaparada es necesario que la oferta de la misma no pueda aumentar rápidamente en el tiempo en respuesta al aumento de los precios que produce el acaparamiento y, además, que no tenga sustitutos próximos; la cantidad demandada, por otra parte, debe contraerse menos que proporcionalmente ante los aumentos del precio -es decir, debe tratarse de una demanda inelástica- pues de otro modo el acaparador no podrá liquidar sus existencia con beneficio para sí. Ello ha hecho que, históricamente, sólo se hayan acaparado cierto tipo de bienes, como
productos agrícolas por ejemplo, que cumplían con estas condiciones.
El acaparamiento sólo es posible en mercados muy reducidos, donde no hay suficientes oferentes y donde las comunicaciones son escasas e imperfectas. En un mercado abierto de dimensiones mundiales, como el actual, el acaparamiento es una práctica riesgosa, que puede ocasionar altas ganancias pero también la bancarrota de quienes la realizan. Por ello no ocasiona perjuicios reales al consumidor, y puede considerárselo como un modo más de regular la oferta de mercancías y los precios de las mismas
Precio:
Cantidad de dinero dada a cambio de una mercancía o servicio. El precio es el valor de un bien expresado en términos monetarios, ya sea que éste se fije -como es usual- en unidades monetarias, o que se determine según la equivalencia con cualquier otra mercancía que desempeñe el papel de dinero en el intercambio.
En el lenguaje cotidiano se utilizan a veces otras palabras para designar lo que en rigor son precios: al pago por el trabajo se lo denomina sueldo o salario; al precio del alquiler de la tierra, o de otros inmuebles, se lo llama
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