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CONCURSOS MERCANTILES


Enviado por   •  18 de Octubre de 2013  •  16.598 Palabras (67 Páginas)  •  273 Visitas

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Curso de Derecho Mercantil II

Parte Tercera “Concursos Mercantiles”

Índice

Capítulo I “Soluciones Jurídicas a la Insolvencia”

1. Introducción

2. La Insolvencia

3. Procedimientos Concursales

3.1 Dualidad de Procedimientos: Civiles y Mercantiles

3.2 Concurso Mercantil: Ordinario y Especial

Capítulo II “El Concurso Mercantil”

1. Ley Aplicable

2. Jurisdicción

3. Competencia

Capítulo III “Elementos del concurso Mercantil”

1. Principios del Concurso Mercantil

2. Fases del Procedimiento

3. Órganos Concursales

3.1. El Visitador

3.2. El Conciliador

3.3. El Síndico

4. Los Interventores

5. Presupuestos del concurso Mercantil

5.1 Presupuesto Subjetivo

5.2 Presupuesto Objetivo

5.3 Presupuesto Formal

Capítulo IV “El Procedimiento concursal Ordinario”

1. Introducción

2. La Visita de Verificación (Etapa Preprocesal)

3. La Sentencia de Concurso Mercantil

4. La conciliación

5. El Reconocimiento de Créditos

6. Lista de Acreedores

7. El Convenio

8. La Quiebra

9. Graduación y Prelación de Créditos

10. Los Delitos Concursales

Capítulo V “Concursos Especiales”

1. Concurso Mercantil de Comerciantes que prestan Servicios Públicos Concesionados

2. Concursos Mercantiles de las Instituciones de Crédito

3. Concursos Mercantiles de las Instituciones Auxiliares de Crédito

Capítulo VI “Procedimientos Internacionales”

1. La Cooperación en los Procedimientos Internacionales:

2. Acceso de los Representantes y Acreedores Extranjeros a los Tribunales Mexicanos:

3. Cooperación con Tribunales y Representantes Extranjeros:

Capítulo VII “Recursos Ordinarios de Defensa”

1. Introducción:

2. Apelación contra la Sentencia de concurso Mercantil:

3. Apelación contra la Sentencia Interlocutoria de Reconocimiento, Graduación y Prelación de Créditos

4. Apelación contra la Sentencia de Quiebra

5. Apelación contra la Sentencia de Terminación del Concurso Mercantil

6. Incidentes

Capítulo VIII “Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles”

1. Introducción

2. Naturaleza

3. Atribuciones

4. Organigrama

5. Aspirantes

6. Impedimentos, Excusas y Recusación

Capítulo I

Soluciones Jurídicas a la Insolvencia

1. Introducción

A raíz de las crisis económicas de los noventa, se impusieron en México nuevas metas económico-empresariales y una occasio legis que dieron pie a una reforma de la legislación concursal, con miras a resolver eficientemente el problema derivado de las insolvencias empresariales.

Al lado de los problemas netamente nacionales, por todos conocidos, y a consecuencia del incremento en los flujos comerciales internacionales, que muchas veces implican el asentamiento en nuestro país de sucursales, agencias o filiales de empresas extranjeras (y a la inversa, i.e., sucursales de empresas mexicanas operando en el extranjero y que, eventualmente, pueden quebrar), el legislador mexicano ha buscado una solución a la "inestabilidad internacional de los concursos", a través de la adopción del texto de la Ley Modelo de UNCITRAL sobre Insolvencia Transfronteriza de 15 de diciembre de 1997.

La nueva mentalidad concursal se impregno de las ideas de maximizar el valor social de las empresas y de conservar las fuentes de trabajo, previendo con ello evitar el efecto domino de las economías con fallos en sus sistemas de pagos. En este sentido, la conservación de las empresas y su viabilidad están contenidas en la Ley de Concursos Mercantiles de 2000 (LCM) con el carácter de interés público. En el ámbito del Derecho Internacional Concursal, como se dijo antes, la Ley de Concursos Mercantiles adopto la Ley Modelo de UNCITRAL sobre Insolvencia Transfronteriza. Tanto a nivel nacional como internacional, bien puede afirmarse que, México se coloca a la vanguardia jurídica, al prever un mecanismo altamente eficiente tendiente a la conservación de las empresas y en lo relativo a la ejecución de sentencias extranjeras de concurso así como para la cooperación judicial internacional en la materia

En el ámbito legislativo nacional, se logro un cambio radical con la nueva LCM, en relación con la anacrónica y ahora abrogada Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos de 1943 (LQSP). Sin perjuicio de los nuevos rasgos que se irán observando a lo largo de este texto, por el momento basta señalar cuatro grandes modificaciones, que sin duda alguna, son el eje rector de la nueva legislación concursal, a saber:

(1) Se elimino la competencia concurrente a favor de una federalización de la competencia.

(2) Se creo un órgano dedicado a la administración del sistema de especialistas en concursos mercantiles y a la promoción de estudios e investigaciones en la materia, que se denomina Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles (IFECOM) y,

(3) Se sustituyo la quiebra y suspensión de pagos (como dos procesos separados) por un sistema dual consecutivo que tiene dos etapas: la conciliación y la quiebra.

(4) Se adopto el texto de la Ley Modelo de UNCITRAL sobre Insolvencia Transfronteriza de 1997.

2. La Insolvencia

Todos los Estados con un sistema de economía de mercado disponen de un aparato jurídico específico -el Derecho Concursal o los procedimientos de insolvencia-, que reviste diversas formas legales concretas: faillite, faillissement, fallimento, bankruptcy, winding-up, Konkurs, concurso, etc. La denominación "Derecho Concursal", se ha impuesto por su utilidad práctica, ya que refleja los distintos perfiles jurídicos de esta rama del Derecho.6

Como sostienen CALVO CARAVACA y CARRASCOSA GONZÁLEZ, todas estas formas jurídicas de las que se compone el Derecho Concursal persiguen, como han puesto de relieve, entre numerosa doctrina, GARCI MARTÍN ALFÉREZ y VICENT CHULÍA, un doble fin común: un fin procesal y un fin sustantivo. Ello explica que el Derecho Concursal sea a la vez Derecho Procesal y Derecho Sustantivo.

El Derecho Concursal es, como han escrito los autores citados, un mal necesario: una catarata de ejecuciones individuales perjudica al deudor y perjudica a los acreedores, que en algunos casos pueden tener suerte y cobrar, pero en otros pueden verse perjudicados por la voracidad de los acreedores más rápidos y no cobrar un peso.

CALVO CARAVACA considera que el

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