Concurso Mercantil
Enviado por serchtovar • 20 de Noviembre de 2014 • 11.785 Palabras (48 Páginas) • 159 Visitas
LEY DE CONCURSOS MERCANTILES
(Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 2000)
LEY DE CONCURSOS MERCANTILES Y DE REFORMA AL ARTÍCULO 88 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
.- La presente Ley es de interés público y tiene por objeto regular el concurso mercantil.
Es de interés público conservar las empresas y evitar que el incumplimiento generalizado de las obligaciones de pago ponga en riesgo la viabilidad de las mismas y de las demás con las que mantenga una relación de negocios. Con el fin de garantizar una adecuada protección a los acreedores frente al detrimento del patrimonio de las empresas en concurso, el juez y los demás sujetos del proceso regulado en esta Ley deberán regir sus actuaciones, en todo momento, bajo los principios de trascendencia, economía procesal, celeridad, publicidad y buena fe.
El concurso mercantil consta de dos etapas sucesivas, denominadas conciliación y quiebra.
La finalidad de la conciliación es lograr la conservación de la empresa del Comerciante mediante el convenio que suscriba con sus Acreedores Reconocidos. La finalidad de la quiebra es la venta de la empresa del Comerciante, de sus unidades productivas o de los bienes que la integran para el pago a los Acreedores Reconocidos
Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
I. Acreedores Reconocidos, a aquéllos que adquieran tal carácter por virtud de la sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de créditos;
II. Comerciante, a la persona física o moral que tenga ese carácter conforme al Código de Comercio. Este concepto comprende al patrimonio fideicomisito cuando se afecte a la realización de actividades empresariales. Igualmente, comprende a las sociedades mercantiles controladoras o controladas a que se refiere el artículo 15 de esta Ley;
III. Domicilio, el domicilio social y en caso de irrealidad de éste, el lugar donde tenga la administración principal la empresa. En caso de sucursales de empresas extranjeras será el lugar donde se encuentre su establecimiento principal en la República Mexicana. Tratándose de Comerciante persona física, el establecimiento principal de su empresa y, en su defecto, en donde tenga su domicilio;
III Bis. Firma Electrónica, al medio de ingreso al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación que producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, como opción para enviar y recibir promociones, documentos, comunicaciones y notificaciones oficiales, así como consultar acuerdos, resoluciones y sentencias relacionadas con los asuntos de competencia de los órganos jurisdiccionales bajo esta Ley;
IV. Instituto, al Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles;
IV Bis. Ley, a la presente Ley de Concursos Mercantiles;
Fracción adicionada DOF 10-01-2014
V. Masa, a la porción del patrimonio del Comerciante declarado en concurso mercantil integrada por sus bienes y derechos, con excepción de los expresamente excluidos en términos de esta Ley, sobre la cual los Acreedores Reconocidos y los demás que tengan derecho, pueden hacer efectivos sus créditos, y
VI. UDIs, a las Unidades de Inversión a las que se refiere el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 1o. de abril de 1995.
Los pequeños comerciantes sólo podrán ser declarados en concurso mercantil, cuando acepten someterse voluntariamente y por escrito a la aplicación de la presente Ley. Para efectos de esta Ley se entenderá como pequeño comerciante al Comerciante cuyas obligaciones vigentes y vencidas, en conjunto, no excedan el equivalente de 400 mil UDIs al momento de la solicitud o demanda.
Las empresas de participación estatal constituidas como sociedades mercantiles podrán ser declaradas en concurso mercantil.
Cuando en esta Ley se señale un número de días para la celebración de una audiencia, la práctica de alguna diligencia o acto, o el ejercicio de algún derecho, sin hacer referencia alguna al tipo de días, se entenderá que se trata de días hábiles. En los casos en que se haga referencia expresa a un plazo, si éste vence en un día inhábil se entenderá concluido el primer día hábil siguiente.
El juez es el rector del procedimiento de concurso mercantil y tendrá las facultades necesarias para dar cumplimiento a lo que esta Ley establece, sin que pueda modificar cualquier plazo o término que fije la misma salvo que ésta lo faculte expresamente para hacerlo. Será causa de responsabilidad imputable al juez o al Instituto la falta de cumplimiento de sus respectivas obligaciones en los plazos previstos en esta Ley, salvo por causas de fuerza mayor o caso fortuito.
El procedimiento de concurso mercantil es público, por lo que cualquier persona puede solicitar acceso a la información sobre el mismo, a través de los mecanismos de acceso a la información con que cuente el Poder Judicial de la Federación.
Artículo reformado DOF 10-01-2014
- Son de aplicación supletoria a este ordenamiento, en el orden siguiente:
I. El Código de Comercio;
II. La legislación mercantil;
III. Los usos mercantiles especiales y generales;
IV. El Código Federal de Procedimientos Civiles, y
V. El Código Civil en materia federal.
supuestos del concurso mercantil
Será declarado en concurso mercantil, el Comerciante que incumpla generalizadamente en el pago de sus obligaciones.
Se entenderá que un Comerciante incumplió generalizadamente en el pago de sus obligaciones cuando:
I. El Comerciante solicite su declaración en concurso mercantil y se ubique en alguno de los supuestos consignados en las fracciones I o II del artículo siguiente, o
II. Cualquier acreedor o el Ministerio Público hubiesen demandado la declaración de concurso mercantil del Comerciante y éste se ubique en los dos supuestos consignados en las fracciones I y II del artículo siguiente.
Para los efectos de esta Ley, el incumplimiento generalizado en el pago de las obligaciones de un Comerciante a que se refiere el artículo anterior, consiste en el incumplimiento en sus obligaciones de pago a dos o más acreedores distintos y se presenten las siguientes condiciones:
I. Que de aquellas obligaciones vencidas a las que se refiere el párrafo anterior, las que tengan por lo menos treinta días de haber vencido representen el treinta y cinco por ciento o más
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