CONSTITUCION DE UNA AC
Enviado por Magallyz • 13 de Diciembre de 2013 • 4.502 Palabras (19 Páginas) • 391 Visitas
EL MARCO FISCAL Y LEGAL DE LAS
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL:
UNA GUÍA BREVE DE LOS TRÁMITES LEGALES Y OBLIGACIONES FISCALES
Presentación
El objetivo de este documento es presentar de forma sencilla los principales trámites
que conforman el Marco Fiscal y Legal de las Organizaciones de la Sociedad Civil
(OSC). También ofrece información referente a los requisitos, los trámites legales y
las obligaciones fiscales que deben cumplir dichas organizaciones.1
Este documento se basa en la investigación de Laura Ávalos y en la información
contenida en el documento “Construyendo tu organización en 16 pasos” elaborado
por Alternativas y Capacidades A.C. 2
El documento contiene tres apartados:
I. Trámites que deben realizar las organizaciones para constituirse en una
Asociación Civil.
II. Requisitos para obtener el estatus de donataria autorizada.
III. Trámites para inscribirse en el Registro Federal de Organizaciones de la
Sociedad Civil (RFOSC).
Los apartados se encuentran divididos de acuerdo con la instancia ante la cuál debe
realizarse el trámite. Al final del documento se incluye un listado de direcciones
electrónicas donde podrá encontrar información sobre los requisitos, los formatos y
los costos que puede ser de utilidad para llevar a cabo los trámites
correspondientes.
I. Trámites para constituirse como Asociación Civil
1 Esta es la versión preliminar de un documento que se presentará a principios del siguiente año.
2 Patricia Carrillo Collard et. al, Construyendo tu organización en 16 pasos, Alternativas y
Capacidades A.C., 2005 (en prensa). El documento completo incluye más material y estará disponible
en el portal del Instituto Mexicano de la Juventud (www.poderjoven.org.mx).
2
Es importante destacar que aunque este documento se centra en los trámites para
constituirse como una Asociación Civil, existen otras figuras jurídicas que pueden
adoptar las organizaciones sin fines de lucro como: las Instituciones de Asistencia
Privada o las Instituciones de Beneficencia Pública. Para mayores informes
sobre los trámites y requisitos para adoptar estas figuras jurídicas favor de dirigirse a
la Junta de Asistencia Privada de su Estado. Al final de este documento se incluye
un directorio de Juntas de Asistencia Privada.
Una Asociación Civil (A.C.) es una agrupación de individuos unidos por un tiempo
definido para realizar un fin común que no sea ilegal ni de carácter primordialmente
económico.
El Código Civil de cada estado regula las A.C. y establece que para que una
asociación exista y pueda operar debe de tener un acta constitutiva, es decir, un
contrato escrito que un notario certifica y que debe inscribirse en el Registro Público
de Personas Morales. Por medio de este contrato, la asociación se constituye
legalmente.
Debido a que las características y detalles de la estructura de una A.C. dependen de
legislaciones estatales, se recomienda que se consulte el Código Civil Estatal
correspondiente.3
Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE)
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
Consiste en obtener el permiso para la constitución de sociedades de la SRE para
reservar el derecho al uso del nombre. Este trámite debe realizarse antes de la
elaboración del acta constitutiva. Cualquier persona puede realizarlo llevando una
identificación oficial sin necesidad de un abogado.
Requisitos:
Solicitud SA-1 “Solicitud de permiso de constitución de sociedad”. La
solicitud se encuentra disponible en la página de Internet de la SRE. También
puede presentar un escrito libre. Se deberán proporcionar tres nombres para
la organización en orden de preferencia.
3 Generalmente, la información se encuentra en el Libro 4 “De las obligaciones”, segunda parte, Título
decimoprimero “De las asociaciones y de las sociedades”, sección primera “De las Asociaciones”.
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La solicitud deberá presentarse en oficinas centrales de la SRE en original
y copia y en Delegaciones Estatales en original y dos copias.
Pago de derechos en cualquier banco, mediante la forma 5 del Servicio de
Administración Tributaria (SAT).
La forma debe presentarse por triplicado en las oficinas centrales, en las
delegaciones metropolitanas o en las delegaciones estatales de la SRE.
Se deberán pagar $565.00 por concepto de derechos. La duración del
trámite es de un día hábil.
Una vez otorgado el permiso deberá:
Acudir ante fedatario público, dentro de los siguientes noventa días
hábiles, de lo contrario, el permiso quedará sin efectos.
Dar aviso del uso del mismo a la SRE dentro de los seis meses
siguientes.
Notario Público
PROTOCOLIZACIÓN DE ESTATUTOS
Los estatutos de la organización deben protocolizarse ante notario público para que
tengan carácter de escritura constitutiva.
El contrato escrito de sociedad debe incluir en sus estatutos por lo menos los
siguientes elementos:
Nombres y apellidos de los socios o asociados capaces de obligarse.
Razón social seguida de las palabras asociación civil (A.C).
Objeto, duración y domicilio.
Importe del capital social, en caso que lo hubiera, y la aportación de cada
socio, ya sea en efectivo, bienes o industria.
Indicar si se permite o no la participación de extranjeros.
La forma de distribuir las utilidades y pérdidas.
Nombre y facultades de los administradores.
Autoridad federal, estatal o municipal
4
INSCRIPCIÓN DEL ACTA CONSTITUTIVA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD
La función de este registro es permitir que la sociedad en general tenga acceso al
acta constitutiva de la organización. Debido a que cada entidad federativa cuenta
con su propio registro, los requisitos y costos varían. Sin embargo, a continuación se
enlistan algunos requisitos comunes:
Cubrir el pago de derechos en la tesorería local correspondiente.
Llenar a máquina la solicitud de registro correspondiente a la entidad
federativa.
Original y copia de los estatutos protocolizados.
Original y copia del permiso de la SRE, con el registro de la razón o
denominación social.
Identificación oficial.
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