CONTESTACION DE DEMANDA LABORAL.
Enviado por VANECANALES • 18 de Septiembre de 2016 • Ensayo • 1.167 Palabras (5 Páginas) • 366 Visitas
ALEJANDRO ROBLES PÉREZ
VS.
ELABORACIÓN DE PASTELES
ITALIANOS, S.A. DE C.V., GINOSDEL
VALLE S.A. DE C.V., GIANFRANCO
NUCCI VIDALES, ISMAEL LUQUIN
RODRIGUEZ Y/O QUIEN RESULTE
RESPONSABLE DE LA FUENTE DE
TRABAJO.
ESCRITO INICIAL.
C. PRESIDENTE DE LA H. JUNTA LOCAL DE
CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL DISTRITO
FEDERAL.
LIC. ARIANA VANESSA CANALES MARTÍNEZ, en mi carácter de apoderado de la empresa demandada ELABORACIÓN DE PASTELES ITALIANOS en el presente juicio, personalidad que acredito con carta poder firmada por la persona antes señalada, que se adjunta al presente escrito señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en AVENIDA SAN JERÓNIMO DEL PEDREGAL NO. 300, COLONIA JARDINES DEL PEDREGAL, C.P. 01900, DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN EN ESTA CIUDAD DE MÉXICO DISTRITO FEDERAL, y autorizando con el mismo carácter de apoderado a la estudiantes de Derecho FATIMA MELISSA CANALES MARTÍNEZ, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que por medio del presente escrito, vengo a dar contestación al escrito inicial de demanda ante esta H. Junta, de fecha 14 de Diciembre del año 2015 formulada por la parte contraria ALEJANDRO ROBLES PÉREZ actor en el presente juicio, en contra de mi representada moral ELABORACIÓN DE PASTELES ITALIANOS S.A. DE C.V., ya que al ser infundada dicha demanda , niego acción y derecho al hoy accionante para reclamar las prestaciones situadas en la misma bajo los siguientes términos:
PRESTACIONES:
- Con respecto a la prestación que se contesta, el actor carece de acción y derecho para reclamar la procedencia en virtud de la misma, ya que el mismo actor fue quien renunció a la fuente de empleo, y parece absurdo que quiera regresar a ésta, por lo tanto ésta prestación se niega por ser falsa al no haber un despido de ninguna naturaleza.
De acuerdo al siguiente punto mencionado en tal pretensión, se niega parcialmente, porque si es cierto el salario de $3,000.- semanales que la actora recibía al prestar servicios en el horario que ha mencionado, más no es cierto que se le hubieren otorgado vales de despensa ni gastos de transportación, por lo tanto se niega ésta prestación.
- Éste hecho es falso y por tanto se niega parcialmente, toda vez que las horas pagadas al actor, han sido las estipuladas en su contrato individual de trabajo, y si bien se ha dejado claro al inicio de la relación laboral, el tomar el actor sus alimentos en el lugar de trabajo debido a las necesidades de mi representada, las horas que aquí demanda son exageradas al tener solamente una hora de comida diaria, y como se menciona anteriormente, el salario del actor se ha venido pagando conforme al contrato individual de trabajo.
- Ésta prestación se niega por ser falsa, ya que no pueden generarse salarios caídos ni incrementos en el salario al haber el actor renunciado a la relación laboral, y no haber sido despedido injustificadamente.
- Ni se niega ni se afirma tal pretensión, por ser derechos propios de mi representada el solicitar dichos documentos al momento de iniciar una relación laboral.
- Se niega por ser falsa tal prestación, ya que el monto que se le ha pagado al actor es el indicado por la Comisión Mixta de Reparto de Utilidades.
- Ésta prestación es falsa, y por tanto se niega, ya que mi representada no tiene que hacerse responsable de dichas cuotas, ya que el actor renunció a la fuente de trabajo y no es un despido injustificado, tal como lo presume.
- Se afirma parcialmente dicha prestación, ya que mi representada pidió al actor laborar dos días festivos referidos en la Ley Federal del Trabajo, pero como se mencionó ya en la prestación B) del presente capítulo, el salario y demás prestaciones, como lo son éstos dos días festivos han sido pagadas de acuerdo al contrato individual de trabajo
- Se niega por ser falsa tal prestación, toda vez que mi representada ha cubierto en su totalidad el pago de vacaciones y prima vacacional del actor.
- Se niega por ser falso el contenido de éste apartado, en virtud de que como se acreditará en el presente juicio el pago del aguinaldo ha venido siendo el correcto, así como el Contrato individual de trabajo para acreditar las condiciones de trabajo en é estipuladas. El actor ha recibido como pago lo que acredita la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87, que son 15 días anuales, por lo que es falso que exija 60 días por esa acción.
- Se niega por ser falsa tal pretensión, ya que mi representada no venía pagando tal prestación al no ser obligatoria y al ser una prestación extralegal pido que el accionante acredite que se le tuviere que otorgar.
- Dicha prestación se niega, ya que es falso que se le haya negado el pago de ésta acción al actor, toda vez que mi representada ha venido pagando tal prestación con la cantidad de $1,000.- mensuales, tal y como está estipulado en el contrato individual de trabajo.
- Tal prestación es falsa, ya que al momento de firmar el contrato individual de trabajo, mi representada ha hecho constar un ejemplar de éste al igual que a todos sus trabajadores, de tal forma me parece infundado que el actor diga que se le ha negado dicho ejemplar.
HECHOS:
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