CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
Enviado por Mayivelasco • 15 de Marzo de 2015 • Síntesis • 653 Palabras (3 Páginas) • 199 Visitas
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
PRIMERA.- COMPARECIENTES.- Comparecen a la celebración del presente Contrato de Arrendamiento, por una parte, el Señor DARWIN MIGUEL MONAR RIBADENEIRA con cédula de ciudadanía Nº 1713959920, a quien se le denominará simplemente EL ARRENDADOR y, por otra parte el señor EDWIN ADRUVAL MERO OÑA, con cédula de ciudadanía Nº 1709387086, a quién se le denominará para efectos de este contrato EL ARRENDATARIO. Las partes consienten en forma libre y voluntaria el presente contrato al tenor de las siguientes cláusulas:
SEGUNDA: ANTECEDENTES.- El ARRENDADOR, es dueño de un lote de terreno de aproximadamente 250 m² ubicado en la Avenida Rio Lelia lote 16 de la Cooperativa Nuevo Camino, de esta ciudad de Santo Domingo, el mismo cuenta con una construcción de hormigón de 160 metros cuadrados, con sus instalaciones eléctricas, sanitarias y de agua potable en buen estado.
TERCERA: OBJETO.- Con tales antecedentes EL ARRENDADOR da en arrendamiento el bien inmueble descrito en la cláusula anterior y el Arrendatario declara que lo recibe a satisfacción por convenir a sus intereses.
CUARTA: CONSERVACIÓN.- El Arrendatario se obliga a conservar con diligencia y en buen estado la integridad del bien inmueble arrendado, así como todas sus instalaciones.
QUINTA: CANON.- El Arrendatario se obliga por el presente contrato a pagar por concepto de arrendamiento mensual, la cantidad de TRESCIENTOS DOLARES AMERICANOS CON 00/100 $300,00 más IVA, por el local comercial. El Arrendatario pagará además sus consumos de agua potable y electricidad, a las empresas correspondientes.
Los pagos se realizarán por anticipado y máximo 5 días después de su vencimiento, caso contrario entraría en mora lo cual generará los intereses legales vigentes y el Arrendador podrá ejercer las acciones que le confiere la Ley por el incumplimiento del pago oportuno.
SEXTA: PLAZO.- El plazo de vigencia del presente contrato es de dos años calendario a partir del 21 de Marzo del 2014, hasta el 20 de Marzo del 2016, pudiendo ser renovado el mismo de acuerdo entre las partes, a partir el segundo año de arriendo iniciara con un incremento equivalente al Índice de la inflación establecida por el Banco Central del Ecuador. Este particular será comunicado entre las partes con 60 días de anticipación y por escrito.
SEPTIMA: TÉRMINO.- Para el término o fin del contrato, las partes deberán comunicar con noventa días de anticipación, conforme lo determina la Ley, y en caso de que no se cancelen dos mensualidades consecutivas será motivo válido para que el arrendador pueda dar por terminado el presente contrato.
OCTAVA: SUB-ARRENDAMIENTO.- El Arrendatario no está autorizada a subarrendar o ceder a ningún título todo o parte de los locales arrendados, cualquier convenio en este sentido se considerará sin ningún valor.
NOVENA: MEJORAS.- El Arrendatario
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