CONTRATO DE LINCECIA DE MARCA.CLASES DE LICENCIAS
Enviado por veronical015 • 7 de Septiembre de 2015 • Resumen • 1.028 Palabras (5 Páginas) • 175 Visitas
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CONTRATO DE LINCECIA DE MARCA:
- La licencia es un contrato por medio del cual una parte llamada licenciante le otorga a otra parte, llamada licenciatario, derechos de explotación, uso o fabricación1 sobre un bien intangible de su propiedad (la marca)
- El contrato de licencia se define como el “convenio por virtud del cual una persona natural o jurídica, llamada licenciante, se obliga para con otra, llamada licenciatario, a cederle o concederle el uso reteniendo la propiedad a cambio del pago de una remuneración (regalía) por parte de este último”
CLASES DE LICENCIAS
Existen diversos tipos de licencias
- Las licencias simples mediante las cuales el licenciante se limita a autorizar el uso de cierta información sin asumir compromiso alguno respecto de la concesión de iguales licencias a terceros y sin renunciar a la explotación de la información por sí mismo.
- Las licencias exclusivas a través de las cuales el licenciante se compromete a no otorgar similares autorizaciones a favor de otros licenciatarios.
- Las licencias onerosas mediante las cuales el licenciatario se obliga a hacer pagos al licenciante como contraprestación de la licencia.
- las licencias gratuitas a través de las cuales el licenciante concede al licenciatario el derecho sin que existan obligaciones económicas correlativas a cargo del licenciatario.
- Las licencias ilimitadas son aquellas en las que el licenciante transfiere al licenciatario todos sus derechos sin limitación alguna.
- las licencias limitadas, son aquellas en las cuáles el licenciante impone al licenciatario ciertas restricciones –territoriales ó temporales relacionadas con la explotación del intangible.
PRINCIPALES CLÁUSULAS EN LOS CONTRATOS DE LICENCIA
- Cláusulas introductorias: Son aquellas que regulan los aspectos básicos del acuerdo. Hablamos por ejemplo de la denominación del contrato, la identificación de las partes, el domicilio legal y el nombre con el que se reconocen las partes en el contrato (“licenciante y licenciatario”). En las cláusulas introductorias las personas naturales deberán ser identificadas por su nombre, nacionalidad, domicilio y documento de identificación. Las personas jurídicas por su nombre, lugar de constitución y domicilio.
- Preámbulo: Está formado por el conjunto de consideraciones ó considerandos, que describen los antecedentes industriales y comerciales de las partes, el historial de las negociaciones y la exposición de las razones que llevan a las partes a contratar.
- Objeto del contrato: En esta parte se describe el tipo de información cuyo uso y consulta se autoriza al licenciatario. Recordar que la licencia para conocer la información del EPIS es simple, no exclusiva y no transferible, por lo tanto, sólo otorga al licenciatario derecho al uso de la información.
- Definiciones: En el aparte de “definiciones” las partes acuerdan el significado de los términos que serán usados a lo largo del contrato para evitar diversas interpretaciones.
- Obligaciones de licenciante y licenciatario:
RESPONSABILIDADES POR PARTE DEL LICENCIANTE:
- El licenciante está obligado a entregar al licenciatario todos los elementos o partes integrantes de la información que faciliten su uso.
- El licenciante a menudo se obliga a suministrar al licenciatario toda aquella información que sea necesaria para el logro de los fines establecidos en el contrato.
- Tomar las precauciones necesarias para que la información cuyo uso autoriza no se comercialice.
- Otorgar una especie de garantía de “realizabilidad técnica” y “utilizabilidad”.
- Retener la propiedad de la información, bien en sus formas originales o si así se acuerda, en una forma modificada por el licenciatario.
- El licenciante no deberá garantizar que los datos están libres de errores, pero avisará oportunamente de cualquier revisión o actualización a los datos, el cual puede ser hecho durante la validez de la licencia.
RESPONSABILIDADES POR PARTE DEL LICENCIATARIO:
- Como la información es de propiedad de la entidad, el Licenciatario pagará al Licenciante un valor por la licencia, salvo excepciones.
- Obligación de utilizar la información dentro de ciertos límites geográficos y temporales.
- Obligación de no competir
- Obligación de tomar determinadas precauciones o utilizar determinados procedimientos para evitar la divulgación pública de la información
- Obligación de respetar las restricciones de la licencia.
- Obligación de accionar contra terceros
- Usar, reproducir y adaptar los datos para propósitos internos y sujetos a condición de confidencialidad.
- Permitir a consultores o subcontratistas con los cuales el licenciatario ha contratado la prestación de servicios para usar, reproducir y adaptar los datos teniendo en cuenta que esta información no puede ser dada a terceros por parte de los subcontratistas y consultores
- El licenciatario no comercializará o intercambiará los datos, o ningún producto o servicio derivado o resultado de la incorporación de los datos sin el permiso escrito del Licenciante
- Los datos no pueden ser usados en prospectos, eslóganes o publicaciones en ninguna forma sin el permiso del Licenciante.
- Cláusula de confidencialidad: Por obvias razones esta es la cláusula más importante cuando lo que se licencia son los secretos comerciales, industriales o el know how. Un ejemplo de una cláusula de confidencialidad podría ser la siguiente:
Que la información que se reciba no sea revelada por ningún medio, ni divulgada en forma parcial o total a ningún tercero, salvo autorización expresa de la otra parte.
- La remuneración ó precio de la licencia: es lo que el licenciatario paga al licenciante por el otorgamiento y explotación de la licencia. La cifra depende a menudo de una serie de factores que incluyen:
- El grado de innovación de lo que se licencia
- La madurez de la tecnología
- Tiempo de obsolescencia
- Cláusulas de vigencia y terminación
- Ley y jurisdicción aplicable Los contratos de licencia contienen también una Cláusula que determina cual será la ley y la jurisdicción por la cual deberán regirse.
Por ejemplo: “Este Contrato será regido e interpretado de acuerdo con las leyes de la República de Colombia, y se someterá a la jurisdicción de los tribunales colombianos (salvo que se haya pactado arbitramento)”.
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