COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL PROCESO
Enviado por MILC0 • 9 de Julio de 2013 • 1.138 Palabras (5 Páginas) • 712 Visitas
RESUMEN DEL TEMA: COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL PROCESO
Cooperación Internacional.- Desde Mancini y Asser se comenzaron a discutirse, negociarse y firmarse tratados y convenciones encaminadas a lo que se denomino asistencia jurídica internacional, más conocida como cooperación internacional al proceso. Lo que implica cuando menos dos Estados, en uno tendría que tramitarse un proceso, y en el otro, practicarse una actuación procesal, pero cada uno tiene sus órganos jurisdiccionales. Se presenta cuando existe un mínimum de órdenes jurídicos coordinados lo que permite a un Estado cooperar.
Orden Jurídico Aplicable:
a) Derecho aplicable en el ámbito internacional.- I.- En el orden jurídico donde se tramita el proceso destacan los procedimientos mediante los cuales puede solicitarse a otro Estado su cooperación. II.- En el orden jurídico del Estado donde se va a cooperar, los mecanismos por medio de los cuales se auxilia u otorga cooperación a un proceso seguido en el extranjero. Se trata de órdenes jurídicos autárquicos, lo que la cooperación es una decisión soberana. Además del derecho interno, encontramos el derecho convencional internacional, la ley aplicable al proceso desde la Edad Media es la lex fori, pero existen excepciones.
b) Competencia legislativa interna.- México tiene un sistema político federal, por lo que tiene leyes federales y locales, de ahí que deba determinarse a quién le compete. En la actualidad no hay duda de ello, pero llego a afirmarse que las entidades federativas carecían de personalidad en el orden internacional. Este mal entendido ha provocado que algunos jueces estatales olviden aplicar las reglas de sus códigos, lo que jurídicamente no es aceptable y lo que puede ser impugnado.
Sujetos del Derecho Cooperacional. – Tenemos por un lado, el que solicita la cooperación (sujeto requirente) y por el otro quien la otorga (sujeto requerido).
a) Tradicionalmente el sujeto requirente es un miembro del poder judicial, en la actualidad se ha ampliado a otras autoridades. Para lo cual existen excepciones de que sea una autoridad la que pide auxilio.
b) EL cooperador o requerido, los mecanismos de cooperación del proceso nos dirigen a una autoridad, hay excepciones a ello cuando se requiere a un particular para conocer del texto de derecho extranjero.
c) Durante mucho tiempo se desconfiaba de la documentación recibida, por lo que los mecanismos de certificación se reforzaron mediante el procedimiento denominado legalización. Para disminuir el tiempo y los procesos burocráticos, se creo la figura de autoridad central, que sirve para presentar ante las autoridades correspondientes las cartas rogatorias o exhortos procedentes del extranjero, así como para resolver los problemas de trámite.
d) Además de los mencionados es importante mencionar a los que retransmiten un exhorto, así como los órganos retransmitidos.
Procedimientos.- El derecho cooperacional implica dos tipos de procedimiento: el que debe seguir el sujeto que solicita o requiere cooperación y el que seguirá el sujeto al cual se le requiere la cooperación. Anteriormente se había llamado procedimiento activo al realizado a los órganos que solicitan la cooperación y procedimiento pasivo al que efectúa el órgano que coopera. Ahora es más apropiado denominarle procedimientos ante el requirente quien solicita el auxilio, y los actos realizados por el que coopera pueden denominarse procedimientos ante el requerido. Cada Estado establece los procedimientos para el requirente y para el requerido, en México se localizan en especial en las leyes de procedimiento. Los actos o procedimientos del requirente o asistido, son regulaos normalmente por la ley del lugar de sus ubicación en cada caso.
Teleología del Derecho Cooperacional.- El derecho cooperacional no podría comprenderse sin conocer las causas que lo animan. El sujeto
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