Cadena De Custodia
Enviado por fushao2 • 24 de Enero de 2014 • 2.329 Palabras (10 Páginas) • 256 Visitas
INTRODUCCIÓN
El Sistema Penal Mexicano sufrió una de las modificaciones más importantes de las últimas décadas al reformarse en junio del 2008 nuestra Carta Magna, dando lugar a la adopción del Sistema Penal Acusatorio a través de una implementación gradual en las Entidades Federativas.
El país está frente a un nuevo sistema de investigación y juzgamiento de los delitos en el que es de vital importancia el tema probatorio, ya que un adecuado manejo de los indicios o evidencias garantizará el éxito de la investigación ministerial, reflejándose en una correcta impartición de justicia.
Tomando en consideración que en las diferentes etapas de Sistema Penal
Acusatorio se realizarán las pruebas y análisis que se aportarán y valorarán como
Prueba Pericial en la Audiencia del Juicio Oral, debe guardarse el más estricto control en los indicios o evidencias mediante un adecuado sistema de Cadena de Custodia, ya que en caso contrario, fácilmente podrán ponerse en duda su procedencia, su integridad o su origen lícito, con el efecto de que pierdan su valor probatorio y la Prueba Pericial no sea valorada por la autoridad jurisdiccional.
Sensibles de esta importante y delicada situación, la Conferencia Nacional de
Procuración de Justicia, instruyó al Grupo Nacional de Directores Generales de
Servicios Periciales y Ciencias Forenses para que se elaborará un Protocolo de
Cadena de Custodia, que sirva como marco regulatorio en las Entidades
Federativas, para el correcto manejo de los indicios o evidencias, con el propósito de garantizar su integridad y evitar su pérdida, destrucción, alteración o deterioro, manteniendo un respeto irrestricto a las garantías fundamentales de las personas sometidas al proceso penal.
Para dar cabal cumplimiento a esta altísima encomienda, se analizaron a través de Comisiones de Directores Generales, diferentes disposiciones jurídicas que regulan el ofrecimiento, preparación, desahogo y valoración de la Prueba Pericial en cada Entidad Federativa, así como diferentes manuales y procedimientos, tanto nacionales como internacionales, que hacen referencia a la preservación de un lugar de hechos y/o hallazgo, al procesamiento del indicio o evidencia y a la Cadena de Custodia de los indicios o evidencias.
Conjuntando las mejores prácticas, respetando las disposiciones jurídicas, intercambiando opiniones y con revisiones en las reuniones plenarias del Grupo
Nacional de Directores Generales de Servicios Periciales y Ciencias Forenses, se logró elaborar el presente Protocolo de la Cadena de Custodia, el cual fue aprobado en la décimo novena reunión de este grupo, celebrada el pasado noviembre en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
CADENA DE CUSTODIA
DEFINICIÓN
Es el registro fiel del curso seguido por los indicios o evidencia desde su descubrimiento por parte de una autoridad, policía o agente del Ministerio
Público, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión, según se trate de Averiguación Previa, Carpeta de Investigación o Proceso Penal.
GENERALIDADES
Se puede afirmar de forma categórica que un proceso penal realmente justo sólo puede descansar en el manejo y análisis libre de errores de las evidencias, puesto que únicamente ellas son los verdaderos testigos imparciales que pueden relatarnos cómo ocurrieron los hechos. Esto ya lo enunciaba Locard en el principio de intercambio, piedra angular de la Criminalística.
Este protocolo es una herramienta para estandarizar los procedimientos de
Cadena de Custodia y material de consulta para quienes tienen la responsabilidad de dirigir, ejecutar y controlar el sistema, mediante el manejo adecuado de los Indicios o Evidencias, dentro del proceso penal.
La Cadena de Custodia se divide en 6 grandes etapas:
1. Protección y Preservación de Lugar de los Hechos y/o del Hallazgo.
2. Procesamiento de los Indicios o Evidencias.
3. Entrega al Ministerio Público de los Indicios o Evidencias e Integración del
Registro a la Averiguación Previa o Carpeta de Investigación.
4. Manejo de los Indicios o Evidencias en los Laboratorios.
5. Manejo de los Indicios o Evidencias en la Bodega de Evidencias.
6. Manejo de las Evidencias Provenientes de Entidades Prestadoras de
Servicios de Salud Pública o Privada.
OBJETIVO GENERAL
Establecer los procedimientos técnicos científicos necesarios para garantizar, la preservación del lugar de hechos y/o del hallazgo, así como de los indicios y evidencias para garantizar que éstas últimas mantengan sus características de originalidad y autenticidad, garantizando así su calidad probatoria.
El presente Proyecto de “Protocolo de Cadena de Custodia” como un instrumento administrativo, permitirá agilizar las tareas periciales y eficientar sus actividades; delimitar las competencias y responsabilidades; evitar duplicidades funcionales y definir el procedimiento a seguir en la Cadena de Custodia, en correspondencia a la debida aplicación del mismo Protocolo.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
I. Orientar al Ministerio Público, Peritos y Policías o cualquier autoridad competente, involucradas en la investigación y persecución de un hecho presuntamente delictivo para ejecutar sus actividades y realizar el registro de las mismas en una forma ordenada y segura.
II. Describir los procedimientos para el desarrollo del Protocolo de la Cadena de Custodia, mejorando el desempeño y confiabilidad de quienes tengan contacto con los indicios, con miras a la excelencia en la administración de justicia
III. Estandarizar la ejecución del trabajo en el manejo de Cadena de Custodia.
MARCO LEGAL
I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
II. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública;
III. Código Federal de Procedimientos Penales;
IV. Acuerdo A/002/10, del Procurador General de la República por el que se establecen los lineamientos que deberán observar todos los servidores públicos para la debida preservación y procesamiento del lugar de hechos o del hallazgo y de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como los instrumentos, objetos o productos del delito, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 2010, y
V. Los Códigos de Procedimientos Penales o sus equivalentes de cada una de las Entidades Federativas que fundamentan la actuación de los peritos y del manejo de las evidencias.
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