Capítulo 1: Disposiciones Generales
Enviado por Edwin Perez • 29 de Agosto de 2018 • Apuntes • 1.872 Palabras (8 Páginas) • 332 Visitas
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ [pic 1][pic 2]
CENTRO REGIONAL DE COCLÉ
FACULTA DE INGENIERÍA INDUSTRIAL
LICENCIATURA EN LOGÍSTICA Y TRANSPORTE MULTIMODAL
Profesor: Gerardo De Gracia Materia: Legislación Laboral y Comercial Asignación Individual: VALOR 25 PTS. Fecha: Lunes 20 de agosto 2018.
1. ¿Cómo se divide los periodos de trabajo?
R: El día se divide en los siguientes períodos de trabajo:
1. Diurno: de 6 a.m. a 6 p.m.
2. Nocturno: de 6 p.m. a 6 a.m.
Son jornadas diurnas y nocturnas las comprendidas dentro de los respectivos períodos de trabajo.
2. ¿Qué es jornada de trabajo y como se clasifica según los periodos de trabajo, presenta tres ejemplos por cada jornada en un cuadro comparativo?
R: La jornada de trabajo es todo el tiempo que el trabajador no puede utilizar libremente, por estar a disponibilidad del empleador.
Se clasifica según el artículo 31: La jornada máxima diurna es de ocho horas, y la semana laborable correspondiente hasta de cuarenta y ocho horas.
La jornada máxima nocturna es de siete horas, y la semana laborable correspondiente hasta de cuarenta y dos horas.
La duración máxima de la jornada mixta es de siete horas y media, y la semana laborable respectiva hasta de cuarenta y cinco horas.
El trabajo en siete horas nocturnas y en siete horas y media de la jornada mixta, se remunerará como ocho horas de trabajo diurno, para los efectos del cálculo del salario mínimo legal o convencional, o de los salarios que se paguen en una empresa con turno de trabajo en varios períodos.
Máxima diurna | Máxima nocturna | Máxima Jornada Mixta |
Una persona que labora en un supermercado de 8:00 a.m. – 4:00 p.m. | Una recepcionista que labora en un hotel de 7:00 p.m. - 2:00 a.m. | Un seguridad de un supermercado que labora de 3:00 a.m. -10:00 a.m. |
Un Doctor que trabaje un centro de salud de 7:30 a.m.- 3:30 p.m. | Una persona que labore en una gasolinera de 6:00 p.m. - 1:00 a.m. | Una enfermera que labora en un hospital de 4:00 a.m. - 11:00 a.m. |
Una secretaria que labora en un colegio de 7:00 a.m-2:00 p.m. | Un policía que trabaja de 9:00 p.m. - 4:00 a.m. | Un colaborador de una gasolinera que labora de 5:00 p.m.-8:00 p.m. |
3. Registra el articulo 32 e interpreta que significa y presenta un ejemplo?
R: Cuando un trabajador deba prestar servicios en turnos rotativos que comprendan distintas jornadas de trabajo, deberá recibir un salario uniforme, independientemente de las variaciones en el número de horas trabajadas por razón de los cambios de jornadas de trabajo.
Ejemplo:
Marichelle trabaja el día lunes en una jornada diurna, (salida 5 de la tarde) por un salario de 5 dólares por hora. El empleador le solicita dos horas extras de trabajo. ¿Cuánto ganara Marichelle el día lunes en total?
R: 8X5= 40.00$
5.00$ X 0.25$= 6.25$
5.00$ X .55$ = 7.50$
= 53.70$
4. ¿Qué es jornada de trabajo extraordinaria y que recargo se pagan por las mismas del Articulo 33?
La jornada de trabajo extraordinaria es todo el tiempo que el trabajador no pueda utilizar libremente por estar a disponibilidad del empleador.
El tiempo de trabajo que exceda de los límites señalados en el artículo anterior, o de límites contractuales o reglamentarios inferiores, constituye la jornada extraordinaria y será remunerado así:
- Con un 25% de recargo sobre el salario cuando se efectué en el periodo diurno.
- Con un 50% de recargo sobre el salario cuando se efectué en el periodo nocturno o cuando fuere prolongación de la jornada mixta iniciada en el periodo diurno.
- Con un 75% de recargo sobre el salario cuando la jornada de extraordinario sea prolongación de la nocturna o de la jornada mixta iniciada en el periodo nocturno.
5. Elabora un mapa conceptual del tiempo sujeto a salario y presenta ejemplos por cada uno.
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6. Exprese en que caso los trabajadores están obligados a trabajar jornadas extraordinarias y escriba el nombre de empresa aplican a esa condiciones.
R: Por ejemplo,
-Empresas agrícolas, en tiempo de cosecha e inminente urgencia de recolección de productos para evitar daños y pérdidas de los productos por tormentas, inundaciones, cambios climáticos, entre otros.
Algunos ejemplos de empresas son: Agro Export Pacific S.A., Agricola San Lorenzo S.A., Agrotropical Sostenible S.A.
-Empresa procesadora de alimentos en tiempo de actividad económica alta en donde se necesita mayor producción.
Algunos ejemplos de empresas son: Melo, Toledano, Cervecería Nacional S.A.
7. Entrevista a un trabajador o empleador de como aplica el artículo 39, artículo 40 y artículo 41 donde labora.
R:
Artículo 39.Todo empleador está obligado a conceder a sus trabajadores el período de descanso normal que necesiten para reponer sus fuerzas, de conformidad con las siguientes reglas: 1. (Modificado por el artículo 4 de la Ley No. 44 de 12 de agosto de 1995). La jornada de trabajo tendrá períodos de descanso, no menores de media hora ni mayores de dos horas. Sin embargo, en caso de jornadas nocturnas o mixtas, el empleador y el trabajador pueden convenir en distribuir dichos descansos, sin exceder los límites de la jornada correspondiente, de manera que no interrumpa la producción. 2. Las jornadas y los turnos se fijarán de modo que causen variaciones indebidas en el número de horas destinadas por los trabajadores al descanso, comida y vida familiar. 3. Si con motivo de turnos rotativos, o por cualquier otra razón prevista en la ley, hubiese necesidad de que un trabajador preste servicios durante las jornadas diurna y nocturna consecutivas, el empleador está obligado a hacer los arreglos necesarios, de modo que el trabajador disponga al menos de doce horas continuas para retirarse a descansar. | Sección Segunda Descanso semanal y en día de fiesta o duelo nacional Artículo 40. El día de descanso semanal es un derecho y un deber del trabajador. | Artículo 41. El descanso semanal obligatorio debe darse de preferencia los domingos. No obstante, cuando se tratare de alguno de los supuestos descritos en el artículo siguiente, puede estipularse entre empleador y trabajador un período íntegro de veinticuatro horas consecutivas de descanso, en día distinto, a cambio del descanso dominical. Cuando un trabajador preste servicios en su día de descanso, tendrá derecho a que como compensación se le conceda otro día de descanso. |
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