Caso Taller Final Seguridad Social
Enviado por liceths82 • 5 de Mayo de 2013 • 532 Palabras (3 Páginas) • 664 Visitas
Taller Final
Caso
María Granados es una joven que reside en la ciudad de Bogotá D.C. Hace 12 años labora para la familia CIFUENTES GOMEZ, habiendo sido contratada por la señora MARINA GOMEZ CARVAJAL que es la cónyuge de ALBERTO CIFUENTES PATIÑO. María se desempeña en las labores de oficios domésticos, con una jornada diaria de 10 horas (de 6 de la mañana a 4 de la tarde) residiendo en el mismo hogar de los esposos CIFUENTES GOMEZ. Devenga un salario mensual de $ 600.000,oo. La afiliaron desde el inicio de su relación laboral, a la EPS COOMEVA, donde se le prestan todas las asistencias médicas, como cotizante principal.
El hogar de María y su esposo HERNAN COLORADO, se vio alegrado con el nacimiento de su primogénita ALEJANDRA ocurrido el 8 de Septiembre de 2008.
María empezó a disfrutar su Licencia de Maternidad desde ese mismo día.
Con relación a lo expuesto, se hacen las siguientes preguntas:
1. HERNAN COLORADO, que es el esposo de MARIA y no labora, ¿Puede ser afiliado a la EPS por su esposa María?
R:/Claro que si.
2. HERNAN COLORADO, ¿Puede ser afiliado a al EPS COMEVA por su esposa?.
R:/ Si puede ser afiliado por su esposa.
3. ¿Cómo sería la afiliación de HERNAN COLORADO? (Como beneficiario pagando UPC o beneficiario de pleno derecho de su esposa?
R:/ La afiliación de Hernán Colorado sería como beneficiario de pleno derecho de su esposa.
4. ¿Cuántos días puede disfrutar MARIA SU LICENCIA DE MATERNIDAD?
R:/ Tiene derecho a doce (12) semanas en la época del parto.
5. ¿HERNAN COLORADO tiene derecho a licencia de Paternidad según la Ley 755 de 2002?.
R:/ Entiendo que para el caso de Hernan Colorado por no ser cotizante sino beneficiario no tendría derecho a que se le reconozcan días de licencia de paternidad.
6. ¿Cuántos días puede disfrutar HERNAN COLORADO por su Licencia de Paternidad?
R:/ Si Hernán Colorado fuese cotizante también tendría derecho a 8 días de licencia, pero por el no ser cotizante, solo su esposa, el no tendría derecho a licencia.
7. Si MARIA se gana diario veinte mil pesos ($ 20.000,oo) , ¿ A cuánto asciende el valor de su Licencia de Maternidad?
R:/ Valor día $20.000.oo X 84 días (12 semanas)=$1.680.000.oo
Antes de ocurrir el parto de su hija, MARIA estuvo incapacitada por una gripe durante ocho (8) días, se pregunta:
1. ¿La EPS COOMEVA asume el costo de esa incapacidad?.
R:/Entiendo que EPS COOMEVA debe asumir el costo de esa incapacidad pero como enfermedad general.
2. ¿Cuánto le paga la EPS COOMEVA a MARIA por esa incapacidad, si su salario diario es de veinte mil pesos ( $ 20.000.oo).
R:/ Valor día $20.000.oo/3*2=$13.333.33 (Valor dos terceras partes) X 8 días de incapacidad por E.G. = $106.667.oo
...