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Casos practicos.


Enviado por   •  28 de Septiembre de 2016  •  Informe  •  1.409 Palabras (6 Páginas)  •  249 Visitas

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Caso N°1.

Juan fue sancionado por cometer una falta grave, sin embargo, a él le asiste el derecho a ejercer el recurso de reconsideración.

1.- ¿Qué establece el Artículo 25 del Reglamento Disciplinario?

R: El artículo N°25 del reglamento disciplinario establece que, existen 5 razones por las cuales se podría exonerar de la sanción correspondiente al alumno que es acusado por presuntamente cometer una falta que atente en contra de la estabilidad de la casa de estudio.

Los 5 motivos que pueden actuar en esta situación son:

-Muerte del presunto responsable.

-Perdón de la falta, otorgado por el Consejo Universitario.

-Cumplimiento de la sanción impuesta.

-Prescripción.

-Retiro voluntario y definitivo de la Universidad.

Dicho esto, podemos decir que en caso de cometer una falta grave hay formas de ser liberado de la sanción implantada para dicha falta, mediante pautas establecidas por la directiva universitaria.

2.- ¿Cuál es el lapso establecido para ejercer el recurso de reconsideración?

R: Según lo establecido en el Capítulo V, artículo 33 del Reglamento Disciplinario, el acusado por cometer falta tendrá un lapso de solo diez (10) días hábiles para presentar un escrito de los argumentos que piense sustenten su defensa, y fomentar las pruebas que estime pertinentes para esclarecer su caso, y así iniciar el proceso de reconsideración de su responsabilidad en dicho acto.

3.- Si el recurso de reconsideración es declarado improcedente, ¿Qué puede hacer Juan?

R: Juan, quien es considerado como autor de una falta grave, puede dictar auto para mejor proveer, el cual será evacuado por la Consultoría Jurídica en un lapso no mayor de cuarenta y ocho (48) horas, al cabo de las cuales se retomará la audiencia, debiendo la autoridad competente pronunciar su decisión sin más dilaciones. Esto en caso de que sus argumentos de inocencia no sean suficientes para definir su no responsabilidad en dicha acción y por ello el recurso de reconsideración sea declarado improcedente.

Caso N°2.

Juan y José son estudiantes del primer semestre de Arquitectura, por razones desconocidas, cuando hicieron el curso introductorio correspondiente para ingresar a la universidad, no asistieron a la clase donde se analizó y discutió el Reglamento de Rendimiento Estudiantil. Por lo tanto, desconocen todo lo relacionado con la evaluación.

1.- ¿Cuántas evaluaciones cómo mínimo deben hacerse en un semestre?

R: Según lo establecido en el artículo 21 del reglamento de evaluación del rendimiento estudiantil, deben realizarse un mínimo de cuatro (4) evaluaciones por semestre, en cualquiera de sus modalidades, ya sea, parcial, taller, exposición u otras.

2.- ¿Cuál es el porcentaje máximo asignado a una actividad de evaluación?

R: El artículo número 21 del reglamento de evaluación del rendimiento estudiantil establece que el porcentaje máximo asignado a una actividad evaluativa es de veinticinco por ciento (25%)

3.- ¿Cuando tienen los estudiantes el derecho de conocer los resultados de sus evaluaciones?

R: De acuerdo al artículo 28 del reglamento de evaluación del rendimiento estudiantil, todo estudiante que haga vida en el recinto universitario tiene el derecho de conocer el resultado de sus actividades evaluativas cinco (5) días hábiles después de que esta sea realizada.

4.- ¿Que establece el reglamento en caso de que un estudiante pierda una evaluación?

R: El reglamento de evaluación del rendimiento estudiantil establece en su artículo número 23 que todo estudiante que, por algún motivo justificado, haya perdido una evaluación tiene el derecho de recuperarla. Esta evaluación será fijada por el facilitador de la asignatura correspondiente, para ser aplicada en la última semana del periodo lectivo o en los dos (2) días siguientes a la finalización del mismo, y preferiblemente, en el mismo horario de la asignatura a evaluar. El contenido a evaluar y el mecanismo correspondiente estarán reflejados en el plan de evaluación de la asignatura.

Caso Nº3.

Patricia es estudiante del segundo semestre de Contaduría, aspira obtener una beca trabajo.

1.- ¿Qué requisitos debe cumplir para optar a la beca de trabajo?

R: De acuerdo a lo establecido en el artículo 8 del reglamento del programa de beca colaboración los requisitos para optar a la beca colaboración son:

a. Ser alumno de la Universidad.

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