Categorias Oficiales De Restaurantes, Bares Y Cafeterias
Enviado por bardas • 13 de Octubre de 2012 • 2.040 Palabras (9 Páginas) • 1.694 Visitas
CATEGORIA OFICIAL DE RESTAURANTES, BARES Y CAFETERIAS:
• Normativa del Año 65
Los restaurantes se clasificarán en las categorías de lujo, primera, segunda, tercera y cuarta, cuyos distintivos serán, respectivamente, cinco, cuatro, tres, dos y un tenedores, colocados verticalmente uno al lado del otro.
En el exterior de los establecimientos, en la propaganda impresa, en las cartas y menús y en las facturas se consignará en forma que no deje lugar a dudas la categoría asignada por la Dirección General de Empresas y Actividades Turísticas o, en su caso, la provisional otorgada por la Delegación Provincial de Información y Turismo, mediante el distintivo que corresponda.
- Condiciones mínimas para las categorías:
Lujo:
Entrada para los clientes independientes de la del personal de servicio: guardarropa, vestíbulo o sala de espera, en el cual podrá instalarse un bar; comedor, con superficie adecuada a su capacidad, que permita un eficaz servicio, acorde con la categoría del establecimiento; teléfono en cabina aislada; aire acondicionado; servicios sanitarios independientes, con instalaciones de lujo, para señoras y caballeros, con agua caliente y fría en los lavabos; ascensor si el establecimiento ocupa una segunda planta u otra superior del edificio; decoración en armonía con el rango del establecimiento; muebles, alfombras, lámparas, tapicería, cubertería, vajilla, cristalería y mantelerías de gran calidad; buffet frío, a la vista, en el comedor; flameadores para el servicio de las mesas.
En todo caso, el servicio se efectuará mediante el uso de la mesa auxiliar o «gueridón». Aquellos platos que lo requieran deberán salir de la cocina con cubrefuentes.
La cocina dispondrá de almacén; bodega con cámara frigorífica; despensa; cuarto frío con cámaras para carnes y pescados «office», mesa caliente, hornos, gratinador, parrilla o «prusiana» para pescados y carnes; batería de primera calidad y fregaderos. La extracción de humos y vahos estará garantizada en todo momento. El personal de servicio tendrá a su disposición armarios roperos y aseos con ducha. Si el establecimiento tiene más de una planta dispondrá de escaleras de comunicación para el servicio.
Se ofrecerá una gran carta con variedad de platos de la cocina internacional y otros típicos de la cocina española y, como máximo, tendrá la composición que determina el artículo 26 de esta Ordenación.
La carta de vinos será amplia y contendrá marcas de reconocido prestigio.
El personal de servicio, debidamente uniformado, será el necesario, de acuerdo con la capacidad, circunstancias y rango del establecimiento.
En todo caso, el primer jefe de comedor deberá conocer los idiomas francés e inglés.
Primera:
Entrada para los clientes independiente de la del personal de servicio; guardarropa; teléfono; comedor con superficie adecuada a su capacidad que permita un eficaz servicio de acuerdo con la categoría del establecimiento; calefacción y refrigeración; muebles, cuadros, alfombras, lámparas, cubertería, vajilla, cristalería y mantelería de primera calidad; servicios sanitarios independientes para señoras y caballeros, con agua caliente y fría en los lavabos, y aseos independientes para el personal de servicio.
La cocina dispondrá de cámara frigorífica para pescados y carnes por separado, horno, despensa, almacén, bodega, fregaderos y batería de buena calidad. Estará asegurada la ventilación de la cocina directamente al exterior o con extractores de humos y vahos. Aquellos platos que lo requieran deberán salir de la cocina con cubrefuentes.
La carta contendrá platos de la cocina internacional y otros propios de la cocina típica española y, como mínimo, su composición será la que determina el artículo 26. Si el establecimiento tiene más de una planta de comedor o la cocina está situada en planta distinta a aquél, deberá disponer de escalera de comunicación para el servicio. Asimismo, si ocupare una tercera planta u otra superior del edificio, dispondrá de ascensor para el uso de los clientes.
El personal de servicio, debidamente uniformado, será el suficiente, en congruencia con la capacidad y circunstancias del establecimiento. En todo caso, el jefe del comedor deberá conocer los idiomas francés e inglés.
Segunda:
Entrada para los clientes independiente de la del personal de servicio o, en su defecto, en las horas en que esté abierto el establecimiento a la clientela los proveedores de mercancías no utilizarán el mismo acceso; guardarropa y teléfono. Comedor con superficie adecuada a su capacidad; calefacción; muebles, cubertería, vajillas, cristalería y mantelería de calidad. Servicios sanitarios independientes para señoras y caballeros, con agua caliente y fría en los lavabos; aseos para el personal de servicio.
La cocina dispondrá de cámara frigorífica, despensa, almacén, bodega, fregaderos y batería de calidad, estando asegurada su ventilación directamente al exterior o con extractores de humos.
La carta estará en consonancia con la categoría del establecimiento y, como mínimo, será la que determina el artículo 26.
El personal de servicio, debidamente uniformado, será el adecuado y, cuando menos, el jefe de comedor deberá conocer el idioma francés o inglés.
Tercera:
Comedor con superficie adecuada a su capacidad; teléfono; muebles apropiados; cubertería inoxidable, vajilla de loza o vidrio irrompible, cristalería sencilla y en buen estado de conservación; mantelería con servilletas de tela o papel. Servicios sanitarios independientes para señoras y caballeros, y lavabos.
La cocina dispondrá de fregaderos con agua corriente; cámara frigorífica o nevera, despensa, buena batería y extractor
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