Clases De Remuneracion
Enviado por carolinaedwin • 27 de Abril de 2014 • 872 Palabras (4 Páginas) • 403 Visitas
¿Qué clases de remuneración existen?
Salario
Art. 80, 81, 117, Código del Trabajo
Es el estipendio que paga el empleador al obrero, en virtud de un contrato de trabajo, y puede ser por jornal, por unidades de obra o por tareas. Estos salarios no podrán ser inferiores a la remuneración unificada. A partir del 1° de enero de 2009, el sueldo o salario básico unificado de los trabajadores en general del sector privado, incluido los trabajadores de la pequeña industria, trabajadores agrícolas y trabajadores de maquila es de doscientos dieciocho dólares mensuales ($ 218,00). A su vez, para servicio doméstico son doscientos dólares mensuales ($ 200,00); y para operarios de artesanía y colaboradores de la microempresa, de ciento ochentay cinco dólares ($ 185,00).
Sueldo o remuneración unificada
Art. 80, 81, 117, Código del Trabajo
Es la remuneración que paga el empleador al empleado. Esta remuneración se paga por meses, sin suprimir los días no laborables, y no podrá ser inferior a la remuneración unificada, mínima o sectorial .A partir del 1° de enero de 2009, el sueldo o salario básico unificado de los trabajadores en general del sector privado, incluido los trabajadores de la pequeña industria, trabajadores agrícolas y trabajadores de maquila es doscientos dieciocho dólares mensuales ($ 218,00). A su vez, para servicio doméstico son doscientos dólares mensuales ($ 200,00) y para operarios de artesanía y colaboradores de la microempresa, deciento ochenta y cinco dólares ($185,00).
En Participacion
Es el contrato por el cual el trabajador percibe parte de la utilidad del negocio del empleador como remuneración a su trabajo.
Remuneraciones diarias, semanalesy mensuales
Art. 82, Código del Trabajo
En todo contrato de trabajo se estipulará el pago de la remuneración por días, si las labores del trabajador no fueran permanentes o se trataren de tareas periódicas o estacionales; y por semanas o mensualidades, si se tratare de labores estables y continuas.
Remuneraciones por jornadasparciales permanentes
Art. 82, Código del Trabajo
Si en el contrato de trabajo se hubiere estipulado la prestación de servicios personales por jornadas parciales permanentes, la remuneración se pagará tomando en consideración la proporcionalidad en relación con la remuneración que corresponde a la jornada completa, que no podrá ser inferior a los mínimos vitales general eso sectoriales.
Remuneración semanal por tarea y por obra
Art. 84, Código del Trabajo>
Si el trabajo fuere por tarea, o por obra que pueda entregarse por partes, tendrá derecho el trabajador a que cada semana se le reciba el trabajo ejecutado y se le abone su valor.
Anticipo de remuneración por obra completa
Art. 85, Código del Trabajo
Cuando se contrate una obra que no puede
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