Codigo De Etica
Enviado por pincelito • 24 de Febrero de 2013 • 1.211 Palabras (5 Páginas) • 320 Visitas
Código de Ética
Principios Fundamentales
Los principios fundamentales que se detallan a continuación son de carácter general y determinan un conjunto de que los Contadores Públicos deben observarlos rigurosamente.
• Integridad
• Objetividad
• Independencia
• Competencia y cuidado profesional
• Confidencialidad o Secreto Profesional
• Observancia de las disposiciones normativas
• Difusión y Colaboración
• Comportamiento Profesional
Criterios Detallados
Los criterios detallados de la aplicación a la práctica de aquellos objetivos y principios fundamentales en relación con un conjunto de situaciones típicas que suelen darse en la profesión contable. Los mismos se los divide en:
• Aplicación a todos los profesionales en la contabilidad
• Aplicación a quienes ejercen la profesión de manera independiente y,
• Aplicación al Contador Público en el ejercicio de la docencia y diligencia
• También educar, adiestrar a quienes esperan a formar parte de la profesión.
PARTE A- APLICABLE A TODOS LOS CONTADORES PUBLICOS
CAPITULO I
Objetividad
1.1 Para los contadores públicos el principio de la objetividad impone a todo miembro de la profesión contable la obligación de ser justo y honesto intelectualmente y libre de conflictos e intereses.
1.2 Los contadores públicos actúan en muy variadas asignaciones y deben demostrar su objetividad en circunstancias diversas.
1.3 Al seleccionar las situaciones y practicas a ser tratadas por los requerimientos éticos referente a la objetividad.
CAPITULO II
Conflictos Éticos
2.1 Faltara al honor y a la dignidad profesional
2.2 No deberá utilizar sus conocimientos profesionales en tareas que atenten a la moral.
2.3 Está obligado a sugerir a su cliente la mejor opción para el desarrollo del trabajo profesional que le sea requerido.
2.4 Se abstendrá de aprovecharse de situaciones que puedan perjudicar a quien haya contratado sus servicios.
2.5 El contador público es responsable de sus actos y considerado culpable de un acto de descredito para la profesión.
CAPITULO III
Competencia Profesional
3.1 Realizar su trabajo profesional en forma competente
3.2 Con su firma, necesariamente deberá ser el resultado del trabajo por el practicado o por algún colaborador suyo bajo sus supervisión.
3.3 No tiene competencia para ejecutar una parte concreta del servicio que se ha encontrado, debe buscar asesoramiento técnico de expertos.
3.4 No deberá aceptar tareas para las cuales no está capacitado.
3.5 Es responsable de los informes que suscriba
3.6 La atención de la adecuada competencia profesional requiere inicialmente un alto nivel de formación general.
3.7 El mantenimiento de la competencia profesional requiere el conocimiento continuo de los desarrollos en la profesión.
3.8 Adoptar un programa para asegurar el control de calidad en el cumplimiento de servicios profesionales congruentes con los pronunciamientos nacionales e internacionales.
CAPITULO IV
Secreto Profesional
4.1 El contador público tiene la obligación de respetar la confidencialidad de la información sobre las actividades de sus clientes o de quienes le emplean laboralmente, adquirida en la ejecución de sus servicios profesionales.
4.2 El secreto Profesional debe ser observado siempre por el Contador Público.
4.3 El contador Público tiene la obligación de asegurar que el profesional actúan bajo su control.
4.4 El secreto profesional no es solamente una cuestión de guardar la confidencialidad de la información. Requiere también que cualquier Contador Público que obtenga su información en ocasión de la realización de un servicio profesional, no utilice nunca, ni aparente utilizarla, en beneficio propio o de terceros.
4.5 Debe ser exhortados a no comunicar esa información tercera sin autorización
4.6 Resulta de interés del público y de la profesión que se establezcan normas profesionales relativas al secreto profesional, el que se dicten criterios sobre la naturaleza.
CAPITULO V
Publicidad
5.1 El contador público deberá cimentar su reputación en la honradez, laboriosidad y capacidad profesional, observando en sus actos las reglas de ética más elevados y evitando toda publicidad con fines de lucro o autoelogio.
5.2 Solamente el Colegio de Contadores Publicos, desarrollaran la publicidad institucional que juzguen conveniente
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