Concepto Y Fuentes Del Derecho Constitucional
Enviado por dahlya440 • 9 de Marzo de 2014 • 1.293 Palabras (6 Páginas) • 597 Visitas
CONCEPTUALIZACIÓN DEL DERECHO CONSTITUCIONAL
. El Derecho Constitucional en sentido amplio y en sentido estricto.
El derecho constitucional puede ser contemplado en un sentido amplio y en un sentido estricto.
El derecho constitucional en sentido amplio se identifica con el propio orden jurídico; es decir, es la totalidad de ese derecho, ya que la base y los principios generales y fundamentales de las otras disciplinas jurídicas se encuentran en él. El derecho constitucional indica los procedimientos de creación, modificación y abrogación de todas las normas de este orden jurídico.
En cambio, el derecho constitucional en sentido estricto se refiere a una rama del orden jurídico, o sea, a una disciplina que tiene como finalidad el conocimiento de un determinado conjunto de preceptos. Al derecho constitucional, en sentido estricto, se le estudia como se puede examinar el derecho civil, el mercantil, el procesal, el penal, etc.
Podemos definir al derecho constitucional, en sentido estricto, como la disciplina que estudia las normas que configuran la forma y sistema de gobierno; la creación, organización y atribución de competencia de los órganos del propio gobierno, y que garantiza al individuo un mínimo de seguridad jurídica y económica.
Digamos algo sobre las diversas partes que componen la definición apuntada.
El derecho constitucional estudia la forma de gobierno, es decir, si ese país es una república o una monarquía y qué clase de república o monarquía es.
Los órganos de gobierno tienen que ser creados por la misma Constitución, y generalmente son tres: ejecutivo, legislativo y judicial, y es la propia ley fundamental la que los organiza. Así, por ejemplo, respecto al poder ejecutivo lo puede organizar unitaria o colegiadamente, indicar los requisitos que se necesitan para poder ser presidente, la duración del período, etcétera Y lo propio hace respecto a los poderes legislativo y judicial. Una vez que los órganos de gobierno están creados y organizados, les otorga su competencia; es decir, les señala lo que pueden hacer y todo aquello que no les indica no lo pueden realizar. Entre los órganos de gobierno existen relaciones, y las que resultan entre el poder ejecutivo y el legislativo configuran el sistema de gobierno de ese país, que, con varias modalidades, principalmente será un sistema presidencial o uno parlamentario.
Además, el derecho constitucional otorga un mínimo de seguridad jurídica: existen en la Constitución una serie de derechos individuales que se le reconocen a todos los hombres y que los órganos de gobierno están obligados a respetar.
También, la Constitución nos asegura un mínimo económico, el indispensable para llevar una vida decorosa y digna. Así, la mayoría de las constituciones otorgan protección a las clases más débiles de la sociedad.
SEGÚN EL DR. JORGE REYES TAYABAS . Rama del derecho publico que estudia el conjunto normativo que como decisión de la voluntad de un pueblo soberano estructura al Estado, señalando la base geográfica, su forma de gobierno, sus distintos órganos, las funciones, las relaciones de dichos órganos entre si con los gobernados, reconociéndoles a estos derechos fundamentales y fijando los mecanismos para garantizar el respeto tales derechos, así como la permanencia y desarrollo de la organización establecida.
PARA EL AUTOR DANIEL MORENO. DERECHO CONSTITUCIONAL, es un conjunto de normas que tienen por objeto la organización del estado y el funcionamiento de sus poderes. El derecho Constitucional es un derecho que define la estructura del Estado y su funcionamiento, con el objeto de salvaguardar la libertad de los seres humanos en una convivencia pacifica, y para ello establece los derechos mínimos de los destinatarios del poder publico y establece un régimen acotado de competencias del poder publico y establece un régimen acotado de competencias para los detentadores del poder.
FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL
I. Las fuentes del derecho constitucional mexicano son:
a) la Constitución, b) la jurisprudencia
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