Conceptos De La Ley Penal
Enviado por pingui • 1 de Septiembre de 2012 • 876 Palabras (4 Páginas) • 858 Visitas
CONCEPTO
La interpretación de la ley penal consiste en el conocimiento del verdadero sentido de la ley buscando que es lo que persigue.
La Interpretación de la ley penal es la posibilidad de ir más allá de lo que dice el texto punitivo. El Principio de Legalidad es la valla infranqueable. Por la subjetividad que conlleva muchos se opusieron a la interpretación, sólo las leyes obscuras deben in¬ter-pretarse y solamente en base a los Principios Constitucionales.
El objeto de la interpretación es descubrir el espíritu y la voluntad de la ley, no la del legislador.
CLASES DE INTERPRETACIÓN.
POR EL SUJETO.
Autentica. Es la explicación del contenido de la ley pero por el propio legislador a través de una ley interpretativa especial (CPE, 59) o a través de reglas de interpretación contenidas en la misma ley (interpretación contextual). Ej.: Art. 252.- “El Homicidio es considerado como asesinato cuando mata al padre o cónyuge sabiéndolo”. La discusión par¬la¬mentaria no es interpretación, si bien descubre la voluntad del legislador, pero no así de la ley.
Doctrinal. Es la explicación de la ley por el científico acudiendo a la dogmática jurídica. Su propó¬sito es vincular teoría y práctica. La reforma de leyes se funda en esta clase de interpretación.
Judicial. Realizada por el juez de última instancia en cada caso concreto sometido a su conocimiento. Cuando la interpretación viene del mismo tribunal y es uniforme se constituye en Jurisprudencia. Aunque el juez no legisla con esta interpretación permite adecuar una ley al momento cultural. Ej.: los Recursos de Casación.
SEGÚN LOS MEDIOS PARA ALCANZAR SUS FINES.
Gramatical. Se lo realiza valiéndose del significado de las palabras empleadas en el texto legal. Li¬mita los resultados excesivos. Por ejemplo: el delito de robo es clara en su descripción (CP, 33).
Lógico. Busca los fundamentos racionales de la ley, va mas allá del texto legal, considera los antece¬dentes, materias análogas, el espíritu del legislador, etc. Su importancia es secundaria.
Teleológica. Se busca el fin que persigue la ley atendiendo al bien jurídico protegido. No es recomendable por su subjetividad.
POR LOS RESULTADOS.
Declarativa. Cuando la letra y el contenido coinciden. Se da una interpretación ni más amplia ni más restringida que la contenida en el texto legal.
Extensiva y restrictiva. Se atribuye un precepto más amplio o más estrecho que autoriza su tenor legal. Si perjudica al delincuente se interpreta restrictivamente, si lo favorece se interpreta extensiva¬mente.
Progresivo. (Modalidad de la interpretación extensiva). Se considera las variaciones del contenido de la norma. Ej., el Código Penal Santa Cruz utiliza demencia como género, actualmente es especie, el género es enajenación mental. Luego de la modificación de 1997 ya se utiliza enfermedad mental.
LIMITES JURÍDICOS DE LA INTERPRETACIÓN
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