Conciliacion
Enviado por antony11 • 21 de Mayo de 2015 • 604 Palabras (3 Páginas) • 165 Visitas
Los alimentos para hijos pueden establecerse libremente por acuerdo de ambos padres en un Centro de Conciliación Extrajudicial, con lo cual se mantienen y se mejoran las relaciones entre padres e hijos, asimismo se evitan realizar un largo y tedioso proceso judicial.
Definición
Es una suma de dinero mensual que deberá abonar el padre o madre a favor de sus hijos.
Cantidad periódica en dinero o en especie que percibe el acreedor alimentario ( hijos) del deudor alimentario ( padres, cónyuges, hermanos), en función a las necesidades del acreedor alimentista y de las posibilidades del deudor alimentario.
Entendiéndose por alimentos para niños o adolescentes, lo siguiente:
•Lo necesario para el sustento.
•Habitación.
•Vestido.
•Educación.
•Instrucción.
•Capacitación para el trabajo.
•Asistencia médica.
•Recreación del niño o adolescente.
•También se considera alimentos los gastos del embarazo, de la madre desde la concepción hasta la etapa del post-parto.
Objetivo
Acordar una pensión de alimentos mensual para los hijos menores de edad.
Sujetos
Solicitante
Pueden solicitar alimentos las personas que tiene la calidad de acreedores alimentarios, pueden ser las siguientes personas:
•Los hijos menores de 18 años de edad.
•Los hijos Mayores de 18 años, cuando no pueden atender su subsistencia y se encuentren estudiando una profesión u oficio exitosamente.
•Los menores de edad actuaran a través de sus padres, tutores.
Invitado
Es aquella persona natural que tiene la calidad de deudor alimentario, Son las siguientes personas:
• El padre o madre del solicitante.
En ausencia de padres:
•Los hermanos mayores de edad.
•Los abuelos.
•Los parientes colaterales hasta el tercer grado (tíos)
•Otros responsables del niño o adolescente.
•Cónyuges
Aspecto a tener en cuenta
•El numero de hijos a favor de los cuales se reclama alimentos.
•Las necesidades del alimentista.
•La capacidad económica del padre o madre u obligado de acuerdo a ley.
•La edad de los alimentistas.
Competencia
El Centro de Conciliación donde se encuentre el solicitante o invitado.
Los Centros de Conciliación Extrajudicial son competentes para conocer una solicitud de conciliacion extrajudicial solo en casos en que se encuentre plenamente acreditado el vinculo familiar, lo cual se acredita con la partida de nacimiento del menor, como en el caso de hijos nacidos dentro del matrimonio e hijos nacidos fuera del matrimonio pero que se encuentren reconocidos ( firmados), Se excluye casos de hijos nacidos fuera del
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