ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Contraloria Social


Enviado por   •  24 de Junio de 2013  •  7.169 Palabras (29 Páginas)  •  314 Visitas

Página 1 de 29

Antecedentes

Definición

Objetivos

Integrantes

Funciones

Relación con otras Instancias

Organización

Derechos y deberes de los Consejeros

Atribuciones

Institucionalización

Resultados

Instancias de Control

Glosario

Género y planificación local

INTRODUCCION

Tal como lo expresa el Artículo 182 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Artículo 26 de la Ley Orgánica de Planificación, el Consejo Local de Planificación Pública, es la instancia encargada de promover la participación organizada de la población en los procesos de planificación participativa a ser desarrollados a nivel de Municipio, donde el Alcalde o Alcaldesa tienen la responsabilidad de formular el plan de Desarrollo Municipal, en coordinación con el Consejo Local de Planificación Pública.

Es importante resaltar, que por primera vez en Venezuela, se dispone de una Ley Orgánica de Planificación, la cual permite estructurar el Sistema Nacional de Planificación, integrando los diferentes niveles de planificación asociados a las instancias de gobierno nacional, estatal y municipal, así como la participación organizada de la población en la formulación, ejecución, seguimiento y control de los programas y proyectos a ser financiados con recursos públicos, a través del Consejo Federal de Gobierno, los Consejos de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, y los Consejos Locales de Planificación Pública.

Con base a la Constitución, la Asamblea Nacional, promulgó el 12 de Junio del año 2002, la Ley del Consejo Local de Planificación Pública, dotando a los municipios y a su población de un marco jurídico común, que soporta la instrumentación de mecanismos de participación en todo el territorio nacional, facultando a los municipios en la elaboración de su Ordenanza, orientada a organizar y regular el funcionamiento del CLPP.

Por lo antes expuesto, el Ministerio de Planificación y Desarrollo a través del Despacho del Vice Ministro de Planificación y Desarrollo Regional, viene trabajando de forma mancomunada con otras instancias de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, en apoyo a la instrumentación de los progresos de participación a fin de hacer realidad los propósitos constitucionales dirigidos a la construcción de un Estado Federal descentralizado, un sistema político de democracia participativa, una economía productiva, una sociedad mas equitativa, un territorio mejor ocupado y un país soberano insertado en un mundo multipolar.

Elaborar este documento, precisó de concertación interinstitucional para la revisión legal y documental, consulta e intercambio de experiencias y validación de Información consolidada, contándose con la disposición de personal técnico adscrito a la Vicepresidencia de la República FUNDACOMUN, Organismos Regionales de Desarrollo, Gobernaciones, Alcaldías y la colaboración de parlamentarios y personal técnico de la Comisión Permanente de Participación y Educación Ciudadana, Descentralización y Desarrollo Regional de la Asamblea Nacional, encargadas de la promulgación de las Leyes que fundamentan la creación, organización y funcionamiento de los mencionados Consejos.

El contenido del proyecto trabajo está conformado por los aspectos legales, más relevantes de las Leyes de Planificación y la de los Consejos Locales de Planificación Pública; una Propuesta de Organización Funcionamiento de Consejo Local de Planificación Pública.

En conclusión, el propósito de esta revisión técnica, es contribuir con el proceso de difusión, comprensión , organización y funcionamiento de los Consejos Locales de Planificación Pública, como instrumento fundamental en la construcción de los procesos de planificación participativa de los municipios del país, verdadero escenario para el desarrollo de la Democracia Participativa y de un Estado Federal Descentralizado.

ANTECEDENTES:

Después de 1958 y especialmente a partir de la Constitución de 1961 se desarrollo en Venezuela un proceso político orientado a la construcción de un sistema democrático representativo que concentró en los partidos políticos la hegemonía del ejercicio del poder.

Este sistema político que desarrolló un amplio clientelismo, pudo sostenerse hasta los años 80, gracias al auge de la renta petrolera, lo que permitió satisfacer parte de las necesidades que demandaba la población, pero que al pasar de los años no generó procesos económicos productivos, incrementándose cada día los niveles de pobreza de la población, hasta hacer inviable el sistema político.

En 1989 se introduce un cambio dentro de la tendencia de la descentralización administrativa, que se expandió en viarios países de América Latina, en el sistema político, con la elección directa de Gobernadores y Alcaldes, si bien esa decisión contribuyó a atender conyunturalmente la crisis de gobernabilidad, no resolvió el reclamo democrático de fondo.

Decisión que demandó la necesidad de formular un conjunto de leyes entre las que se destacan la Ley de Elección y Remoción de Gobernadores, la Reforma de la Ley Orgánica de Régimen Municipal y la Ley Orgánica de Descentralización , Delimitación y Transferencia de Competencia del Poder Público.

Entre 1990 y 1998 se establecieron algunos mecanismos y leyes orientados al proceso de descentralización y a la búsqueda de la coordinación de acciones y recursos entre los diferentes niveles de gobierno, destacándose entre otros, la Ley de Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES) y la Ley de Asignaciones Económicas Especiales (LAEE), estos esfuerzos tampoco dieron respuesta al reclamo democrático de la población, que seguía excluida del sistema político.

Esta situación condujo a que en las elecciones presidenciales de 1998, accediera al poder Hugo Chávez Frias, produciéndose la ruptura del sistema político con el cual se venia operando desde 1961.

A partir de la nueva realidad, en 1999 se desarrolla el Proceso Constituyente, para elaborar una nueva Constitución, la cual fue aprobada en diciembre del mismo año, mediante referéndum público.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece entre sus principios que el Estado venezolano será Federal Descentralizado con un Sistema Político Democrático Participativo, acercando las estructura de Estado a la población y dotando un conjunto de preceptos constitucionales que orientan al desarrollo de una sociedad democrática, participativa, protagónica y pluralista en un Estado de justicia,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (50 Kb)
Leer 28 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com