Contrato De Arrendamiento
Enviado por Derjes • 1 de Septiembre de 2013 • 2.438 Palabras (10 Páginas) • 228 Visitas
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Del Segundo Nivel, de inmueble ubicado en la calle de ________________Mz. ___Lt.____, Colonia ______, CP. ______, Delegación ____________, en esta capital de México D.F., que celebran por una parte en su carácter de arrendador el Sr. ___________________con domicilio en _______________________________________en México, D.F. y por otra parte en su carácter de arrendatario el Sr. ____________________________, con domicilio en _________________________________________________
La localidad arrendada se destinara exclusivamente para __________________________________, permisos que se compromete el arrendatario a tenerlos.
El arrendatario pagara al arrendador o a quien sus derechos represente por concepto de renta semanal la cantidad de $________________(_____ PESOS 00/100M.N.) estipulándose una duración para el presente contrato de DOS AÑOS FORZOSOS para ambas partes, entrando en vigor el _____________________________, el presente contrato NO incluye lugar de estacionamiento de un automóvil.
Declara el arrendador haber recibido de conformidad la localidad con todas sus instalaciones completas y en servicio.
Ambas partes de haber hecho las declaraciones que antecede, conviene en otorgar las siguientes clausulas por ser así su libre voluntad.
CLAUSULAS
PRIMERA.- RENTA. El arrendatario pagara semanalmente la cantidad de $____________ (____PESOS 00/100M.N.), debiéndose de pagar íntegramente la renta y sus servicios aun cuando se ocupe la localidad un solo día, por semana dentro del PRIMER DIA de cada semana en el domicilio del arrendador, ubicado en ______________________________________________________en México, D.F., a partir de la fecha en que entre en vigor el presente contrato con la entrega de la misma, conforme a lo dispuesto por el artículo 2448-E del Código Civil Vigente.
El Arrendador podrá establecer si asi conviene a sus intereses que el arrendatario deposite sus pensiones rentísticas ____________________________________________________________________________________________________
Si por algún motivo se llegara a recibir la renta en abonos, o en fecha diferente a la estipulada, no se entenderá como novado el contrato.
SEGUNDA.- AUMENTO. La renta será incrementada anualmente, dicho incremento será de un 5% (cinco por ciento). Después de concluida la vigencia de este contrato, dicho incremento se aplicara cada seis meses si no se renovara la relación contractual al término de su vigencia y el arrendatario no hiciera entrega del mismo.
TERCERA.- INICIO. Cuando el contrato entre en vigor con fecha distinta la dia primero de mes, el arrendatario se compromete a pagar el ajuste necesario para que las mensualidades cubran el al ultimo.
CUARTA.- PAGO. Todo mes de arrendamiento le es forzoso al arrendatario, comprometiéndose a pagarlo íntegramente, conviniendo en que por falta de pago de dos mensualidades, podrá el arrendador solicitar la resicion del contrato.
En caso de que el arrendatario por cualquier causa no pague la renta dentro de EL PRIMER DIA de cada semana, no se considerara hecho en pago en forma oportuna por que el arrendatario se compromete a pagar la cantidad de 10% (DIEZ POR CIENTO) del importe de la renta, por cada semana de atraso, en concepto de servicio de cobranza especial.
En caso de que el arrendatario pague con UN CHEQUE el importe de la renta y este no tuviere fondos suficientes y se devolviera al arrendador, el arrendador cobrara el 20% (VEINTE POR CIENTO) del importe del cheque, en los términos del articulo 193 de la Ley General de Titulos y Operaciones de Credito, mas el impuesto al valor agregado correspondientes.
El arrendatario deja en deposito una mensualidad, para garantía del contrato, debiendo de incrementarse anualmente, conforme tenga cualquier aumento el costo de la renta semanal, al termino del contrato, el arrendador le devolverá dicha cantidad que quede como deposito, previa comprobación de que están cubiertos tanto los pagos de luz, agua, gas y teléfono en un plazo no mayor de cuarenta días naturales, tiempo suficiente para acreditar que ha cubierto el pago de todos los servicios antes mensionados.
En caso de que el arrendatario por cualquier causa deposite la renta ante la Autoridad correspondiente, se compormete a informar a informar al arrendadorel lugar en donde se encuentra la renta depositada, lo anterior dentro de un plazo no mayor a cinco días a partir de la fecha de pago del primer mes que deposiytare la renta.
En ningún caso el arrendatario podrá retener la renta. Bajo ningún titulo judicial o extrajudicial o por composturas o reparaciones que ella misma hiciera al inmueble arrendado, debiendo pagar la pension rentística y sus servicios íntegramente al arrendador en la fecha estipulada y en el domicilio señalado.
QUINTA.- I.V.A. En los términos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado el arrendatario cubrirá mensualmente junto con la renta el importe correspondiente a este impuesto.
SEXTA.- DURACION. El termino del presente contrato es de ______________________para ambas partes.
Fenecida la vigencia voluntaria de este contrato, entregara el arrendatario o su Fiador al arrendador el inmueble arrendado, la ocupación material y jurídica sin necesidad de juicio en las mismas condiciones en que lo recibió, o bien en el momento en que el arrendador le notifique en cualquier momento su voluntad de dar por terminada o rescindida la relación contractual, y para el caso de que el arrendatario no lo entregara en un plazo de sesenta días posteriores a la fecha de la notificación que le formule el arrendador. La pension rentística mensual tendrá un aumento del 100% de la ultima renta mensual pactada por cada mes o fracción que la siga ocupando, salvo convenio por escrito con el arrendador.
SEPTIMA.- SANCIONES. Se establece como pena convencional para el caso de violación o incumplimiento de cualquiera de las declaraciones o clausulas de este contrato para cualquiera de las partes que incumpla, el pago de la suma de dos montos globales de renta pactada, que deberá de pagar la incumplidora a la parte inocente.
OCTAVA.- DEFUNCIONES. En los términos del articulo 2448 H del Codigo Civil Vigente, el arrendamiento de fincas urbanas destinadas a la habitación no termina por la muerte del arrendador ni por la del arrendatario, sino solo por los motivos establecidos en las leyes.
Con la exclusión de cualquier otra persona. El conyuge, el o la concubina. Los hijos, los ascendientes en línea consanguínea o por afinidad del arrednatario fallecido se subrogaran en los derechos y obligaciones de este, en los términos del contrato, siempre y cuando hubieran habitado real y permanentemente el inmueble en vida del arrendatario.
No es aplicable lo dispuesto en
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