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Contrato Laboral Por Tiempo Indeterminado


Enviado por   •  16 de Octubre de 2013  •  3.434 Palabras (14 Páginas)  •  434 Visitas

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CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR PERIODO A PRUEBA

EL CUAL SE CELEBRA EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO, COMPARECIENDO POR UNA PARTE LA EMPRESA “ASESORES EMPRESARIALES CHC, S.C.” A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL C. CARLOS MURILLO CHAIRES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PATRON”, Y POR LA OTRA EL C. _CAMPOS MENDEZ JESICA EUGENIA_ A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL TRABAJADOR”, SUJETÁNDOSE A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES, TÉRMINOS Y CLÁUSULAS:

PARA LOS EFECTOS DE LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 25 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO SE HACEN LAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

DECLARA “EL PATRON”:

I. SER UNA PERSONA MORAL, CONSTITUIDA CONFORME A LAS LEYES DEL PAÍS, COMO SE ACREDITA CON LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 9,703, PASADA ANTE LA FE DEL NOTARIO PUBLICO NUMERO 37 DE LA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO; EL LICENCIADO HECTOR ANTONIO MARTINEZ GONZALEZ.

II. ESTAR REPRESENTADA EN LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO POR EL C. CARLOS MURILLO CHAIRES, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA ASESORES EMPRESARIALES CHC, S.C., QUE SE ACREDITA CON EL ACTA CONSTITUTIVA QUE CONSTA EN ESCRITURA PUBLICA NUMERO 9,703 PASADA ANTE LA FE DEL NOTARIO PUBLICO NUMERO 37 DE LA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO; EL LICENCIADO HECTOR ANTONIO MARTINEZ GONZALEZ.

III. QUE DE ACUERDO CON SU OBJETO SOCIAL, EL PATRON PRESTA SERVICIOS PROFESIONALES DE ASESORIA, CONSULTORIA, ELABORACIÓN DE DICTAMENES, ESTRATEGIAS Y DEMÁS EN MATERIAS COMO LA CONTABLE, ADMINISTRATIVA, JURIDICA, MERCANTIL, FINANCIERA O INDUSTRIAL A DISTINTAS EMPRESAS, OBJETO EL CUAL SE ESTABLECE EN FORMA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA

IV. TENER SU DOMICILIO EN LA CALLE PINO SUAREZ NUMERO 274, INTERIOR 4, COLONIA ALCALDE BARRANQUITAS, EN GUADALAJARA, JALISCO, CÓDIGO POSTAL 44270, CON RFC AEC10041366K7.

V. DENTRO DE LA CONSECUCIÓN DEL OBJETO SOCIAL, “EL PATRÓN” REALIZA ENTRE OTRAS ACTIVIDADES LAS SIGUIENTES: LA PRESTACIÓN DE TODO TIPO DE ASESORÍA EN TODO LO QUE EN FORMA DIRECTA O INDIRECTA TENGA QUE VER CON SEGUROS Y FIANZAS, PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE ASESORÍA, CONSULTORÍA, ELABORACIÓN DE DICTAMENES, ESTRATEGIAS EN MATERIA ADMINISTRATIVA, CONTABLE, JURIDICA TANTO PARA PERSONAS FISICAS O MORALES, ADEMAS DE TODAS LAS ACTIVIDADES CONEXAS Y/O RELACIONADAS CON EL OBJETO SOCIAL, EL CUAL SE ESTABLECE EN LA PRESENTE DECLARACIÓN DE FORMA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA.

VI. QUE REQUIERE DE LA PRESTACIÓN DE UN TRABAJO PERSONAL SUBORDINADO DEL TRABAJADOR DE NOMBRE _CAMPOS MENDEZ JESICA EUGENIA_ Y EXCLUSIVAMENTE (MIENTRAS SUBSISTAN LAS CAUSAS QUE LES DIERON ORIGEN), BAJO LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE SE ESPECIFICARA EN CLAUSULAS POSTERIORES.

DECLARA “EL (LA) TRABAJADOR(A)”:

I. LLAMARSE _CAMPOS MENDEZ JESICA EUGENIA_, SER DE NACIONALIDAD MEXICANA, TENER 26 AÑOS DE EDAD, Y CON DOMICILIO PARTICULAR UBICADO EN PASEO LOMA LARGA #4252 COL, VILLA UNIVERSITARIA, ZAPOPAN JALISCO, CON NUMERO DE C.U.R.P. CAMJ861203MJCMNS06, R.F.C. CAMJ861203SL2, NUMERO DE SEGURIDAD SOCIAL ________________

II. QUE HA RECIBIDO UNA EXPLICACION COMPLETA DE LA NATURALEZA DEL TRABAJO QUE VA A DESARROLLAR Y QUE TIENE LA CAPACIDAD, CONOCIMIENTOS Y APTITUDES PARA EL DESARROLLO DEL MISMO, POR LO QUE ESTA CONFORME EN PRESTAR LOS SERVICIOS POR UN PERIODO A PRUEBA AL PATRON.

III. ESTAR DE ACUERDO EN DESEMPEÑAR SU ACTIVIDAD CONFORME A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO.

DECLARAN AMBAS PARTES BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD:

I.- QUE HAN NEGOCIADO LIBREMENTE EL CONTENIDO Y LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PRESENTE CONTRATO, ATENDIENDO A SUS NECESIDADES PROPIAS.

II.- QUE EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO DE TRABAJO LAS PARTES SE COMPROMETEN Y SE OBLIGAN UNA A PRESTAR UN SERVICIO HONRADO, SOMETERSE A LAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA EMPRESA, SIEMPRE DESEMPEÑARSE EN EL SERVICIO BAJO LA DIRECCIÓN O SU REPRESENTANTE CON LA INTENSIDAD, CUIDADO Y ESMERO APROPIADOS Y LA OTRA A PAGAR OPORTUNAMENTE POR EL MISMO, ADEMÁS DE LAS OBLIGACIONES QUE PREVIENE LA LEY, EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE SE ESTABLECERÁN EN CLAUSULAS POSTERIORES.

TERMINOS

AMBAS PARTES CONVIENEN EN QUE PARA ABREVIAR EN EL CURSO DEL PRESENTE CONTRATO SE USARAN LAS PALABRAS:

I.- “LA EMPRESA” O “EL PATRON” PARA ALUDIR A LA DENOMINADA ASESORES EMPRESARIALES, S. C.

II.- “EL (LA) TRABAJADOR(A)” PARA REFERIRSE A _CAMPOS MENDEZ JESICA EUGENIA_.

III.- “LAS PARTES” CUANDO SE REFIERAN A LOS DOS ANTERIORES.

IV.- “LA LEY” PARA DESIGNAR A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

DECLARAN LAS PARTES QUE LEÍDAS LAS ANTERIORES DECLARACIONES Y TERMINOS, RECONOCEN MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD, PERSONERÍA Y CAPACIDAD JURÍDICA QUE OSTENTAN Y ACREDITAN, MANIFESTANDO ESTAR DE ACUERDO CON OBLIGARSE Y CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO CON UN PERIODO DE CAPACITACIÓN DE 30 TREINTA DIAS Y UN DIVERSO PERIODO DE PRUEBA DE 30 DIAS MAS, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

CLAUSULAS

PRIMERA.- “EL PATRON” CELEBRA CON “EL (LA) TRABAJADOR(A)” EL PRESENTE CONTRATO CON LA MODALIDAD A PRUEBA PARA REALIZAR ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE EL TRABAJO RESPECTO DEL PUESTO DE JEFE DE EXPORTACIONES EN EL CENTRO DE TRABAJO UBICADO EN LA CALLE LOPEZ DE LEGASPI NUMERO 635, ZONA INDUSTRIAL, GUADALAJARA, JALISCO; PARA LA EMPRESA DENOMINADA METALOPLASTICOS AURAL, S.A. DE C.V., MISMO QUE INICIARÁ A PARTIR DEL DÍA _22_ DEL MES DE _04_ DEL AÑO DE _2013_ Y CONCLUIRÁ EL DÍA _22_ DEL MES DE _05_ DEL AÑO_2013_, ESTABLECIENDOSE ASI UN PERIODO DE CAPACITACIÓN DE TREINTA DIAS Y UN PERIODO DE PRUEBA DE 30 DIAS, EN LOS QUE EL TRABAJADOR GOZARA DE TODAS LAS PRESTACIONES QUE LA LEY LE CONFIERE PREVIA OPINION DE LA COMISIÓN MIXTA DE PRODUCTIVIDAD, CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO.

DICHO PERIODO CAPACITACIÓN Y PRUEBA SE ESTABLECE CON EL FIN DE VERIFICAR QUE EL (LA) TRABAJADOR CUMPLE CON LOS REQUISITOS Y CONOCIMIENTOS NECESARIOS PARA DESARROLLAR LAS LABORES DEL PUESTO _JEFE DE EXPORTACIONES_, QUE DICE TENER PARA EL DESEMPEÑO DE ESTE.

EL PERIDO DE PRUEBA DE TREINTA DÍAS NO SE EMPEZARA A CONTAR SINO HASTA QUE HAYA TRANSCURRIDO EL PERIODO DE TREINTA DÍAS ESTABLECIDO EN EL PRIMER PARRAFO DE LA PRESENTE CLAUSULA RESPECTO DE LA CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJADOR.

POR LO QUE EN CASO DE QUE UNA VEZ CONCLUIDO EL TERMINO O PERIODO A PRUEBA DE 30 DIAS, EL (LA) TRABAJADOR(A), NO ACREDITA

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