Contrato con arras confirmatorias
Enviado por Lucy Meza Mori • 17 de Octubre de 2019 • Trabajo • 981 Palabras (4 Páginas) • 212 Visitas
CONTRATO CON ARRAS CONFIRMATORIAS
Conste por el presente documento el contrato de compraventa con arras confirmatorias que celebran de una parte don Arturo Manuel Jimenez Delgado, identificado con D.N.I. Nº 75412313, de estado civil soltero y con domicilio calle mercurio #178, a quien en lo sucesivo se denominará EL VENDEDOR; y de otra parte don Carlos Mendoza Salinas, identificado con D.N.I. Nº 72344114, de estado civil soltero y con domicilio en calle dieciocho #234, a quien en lo sucesivo se denominará EL COMPRADOR; en los términos contenidos en las cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES:
PRIMERA.- EL VENDEDOR es propietario del vehículo usado, marca mercedes AMG modelo CLA 45 Coupé, año de fabricación 2016, de color blanco, Nº de motor 156562819120, Nº de serie 15618456738271 y con placa de rodaje particular Nº B2A-572
SEGUNDA.- EL VENDEDOR deja constancia que el vehículo a que se refiere la cláusula anterior se encuentra en perfecto estado de conservación y funcionamiento, sin mayor desgaste que el producido por el uso normal y ordinario, en forma particular
OBJETO DEL CONTRATO:
TERCERA.- Por el presente contrato, EL VENDEDOR se obliga a transferir la propiedad del vehículo descrito en la cláusula primera en favor de EL COMPRADOR. Por su parte, EL COMPRADOR se obliga a pagar a EL VENDEDOR el monto total del precio pactado en la cláusula siguiente, en la forma y oportunidad convenidas.
PRECIO Y FORMA DE PAGO:
CUARTA.- El precio del bien objeto de la prestación a cargo de EL VENDEDOR asciende a la suma de S/ 130,110 (y 00/100 nuevos soles), que EL COMPRADOR cancelará en dinero, íntegramente y al contado, dentro de los siguientes 8 meses a la fecha de suscripción de este documento.
ARRAS CONFIRMATORIAS:
QUINTA.- Las partes dejan constancia de que en la fecha de suscripción de este documento EL COMPRADOR entrega a EL VENDEDOR la suma de dinero ascendente a S/. 12,000 y 00/100 nuevos soles, en calidad de arras confirmatorias como señal de conclusión del presente contrato.
SEXTA.- Las partes acuerdan que en caso de incumplimiento de EL COMPRADOR respecto de su obligación de pagar el precio pactado en la cláusula cuarta, el contrato quedará resuelto y EL VENDEDOR conservará de modo definitivo la suma de dinero entregada en calidad de arras confirmatorias, las mismas que se convertirán en arras penales, de conformidad con el art. 1478 del Código Civil.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
SÉTIMA.- EL VENDEDOR se obliga a entregar el bien objeto de la prestación a su cargo en la fecha de la firma de este documento, acto que se verificará con la entrega física del vehículo y las llaves del mismo.
OCTAVA.- EL VENDEDOR se obliga a entregar todos los documentos relativos a la propiedad y uso del bien objeto de la prestación a su cargo.
NOVENA.- EL VENDEDOR se obliga a realizar todos los actos y a suscribir todos los documentos que sean necesarios, a fin de formalizar la transferencia de la propiedad del bien objeto de la prestación a su cargo, en favor de EL COMPRADOR.
DÉCIMA.- EL COMPRADOR se obliga a pagar el precio convenido en el momento y forma pactados en la cláusula cuarta de este documento.
DÉCIMO PRIMERA.- EL COMPRADOR deberá recibir el bien objeto de la prestación a cargo de EL VENDEDOR, en la forma y oportunidad pactadas, declarando conocer el estado de conservación y funcionamiento en que se encuentra.
OBLIGACIONES DE SANEAMIENTO:
DÉCIMO SEGUNDA.- EL VENDEDOR declara que el bien objeto de la prestación a su cargo se encuentra, al momento de celebrarse este contrato, libre de toda carga, gravamen, derecho real de garantía, medida judicial o extrajudicial y en general de todo acto o circunstancia que impida, prive o limite la libre disponibilidad, y/o el derecho de propiedad, posesión o uso del bien. No obstante, EL VENDEDOR se obliga al saneamiento por evicción, que comprenderá todos los conceptos previstos en el art. 1495 del Código Civil.
...