Contrato de Deporto.
Enviado por anneli_ • 26 de Febrero de 2017 • Trabajo • 1.207 Palabras (5 Páginas) • 216 Visitas
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA
FACULTAD DE DERECHO
TESINA (trabajo final como requisito para la evaluación final del curso “DERECHO BANCARIO”):
Tesina (Trabajo Final):
“CONTRATO DE DEPORTO”
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M.D. Armando R. Bustamante Cedillo
Materia: Derecho Bancario
Catedrático: M.D. ARMANDO R. BUSTAMANTE CEDILLO
Tutor académico: M.D. ARMANDO R. BUSTAMANTE CEDILLO
Investigadores: Ilse Victoria Anota Jiménez Matricula: 247466
Ana Elisa Sánchez Baeza Matricula: 289075
Silvana Martínez Quiñonez Matricula: 288978
Lizeth Meza Orozco Matricula: 288980
Yoselin Almazán Silva Matricula: 283791
e-mail: anota1959@gmail.com
eliissaa_@live.com.mx
siilvanamartinez@gmail.com
lissi.morozco@gmail.com
yose-alsi@hotmail.com
Semestre y grupo: 5º “A”, “B” y “G”
Fecha de entrega: 26 de mayo del 2016
CONTRATO DE DEPORTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL C. ROGELIO MONTERO DURAN A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ DEPORTADOR Y POR LA OTRA PARTE EL C. CARLOS AUGUSTO TORRES LANDA A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ DEPORTADO, CONTRATO QUE SE CELEBRA AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
DECLARACIONES
1.- Declara el DEPORTADO que es propietario de un total de 500 acciones, que representan el 15% del capital social de la empresa Torres Landa S.A. de C.V. constituida legalmente bajo la ley de sociedades mercantiles con todos los permisos correspondientes para su correcta constitución. Dichas acciones tienen un valor comercial de $800'000,000.00 (ochocientos millones de pesos 001100 m.n.)
2.- Declara el DEPORTADOR que es propietario de las acciones que representan el 38% del capital social de la empresa antes mencionada. Dicha empresa llevará a cabo una asamblea general el día 5 de Junio del presente año en la cual se tratarán asuntos de gran importancia, pudiendo beneficiar o perjudicar al DEPORTADOR, razón por la cual está interesado en adquirir en deporto las acciones propiedad del deportado, para de esta manera convertirse en el accionista mayoritario de la empresa y así obtener la resolución de dichos asuntos en su favor.
3.- Ambas partes declaran el haber concertado un contrato de DEPORTO, el cual celebran al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Monto.- El DEPORTADO transmite en deporto a favor del DEPORTADOR la propiedad de 500 acciones de la antes mencionada empresa referidas en la declaración 1 del presente contrato, con un valor de $800'000,000.00 (ochocientos millones de pesos 00/100 m.n.). La cantidad que se precisa no incluye el premio que se otorgará a favor del DEPORTADO, el cual más adelante se señala, salvo lo dispuesto en la cláusula siguiente.
SEGUNDA.- Obligaciones.- El DEPORTADOR, se obliga a vigilar la conservación jurídica de las acciones dadas en propiedad. Tiene firme conocimiento de que dichas acciones se adquieren sujetas a restricciones relacionadas con el goce de los títulos recibidos.
TERCERA.- El DEPORTADOR se obliga a retransmitir las acciones al DEPORTADO, dentro de cuarenta días después de celebrado este contrato en el mismo precio referido en la cláusula primera de este contrato. Además, deberá entregar al DEPORTADO un premio que se menciona en la cláusula novena, a la fecha pactada.
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