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Contrato de comisión mercantil


Enviado por   •  17 de Agosto de 2022  •  Trabajo  •  1.353 Palabras (6 Páginas)  •  68 Visitas

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Contrato de comisión mercantil         Ciudad de México, _________ del 2020

Contrato de comisión por venta que celebran por una parte PENINSULA CONSULTING GROUP, ____ DE _____, a quien en lo sucesivo se le denominará “PENINSULA GROUP” y por la otra parte, CARRILLO TORRES & SILVA CONSULTORES, C.S., a quien, en lo sucesivo, se le denominará como EL VENDEDOR, al tenor de las siguientes:

DECLARACIONES

  1. Declara “PENINSULA CONSULTING GROUP” por conducto de su representante:
  1. Que es una Persona Moral con Actividad empresarial. Que su Registro Federal de Causantes es ____________
  2. Que para los efectos del presente contrato señala como domicilio el ubicado en la calle _____________________________.
  3. Que desea contratar los servicios de EL VENDEDOR, para la “búsqueda, identificación de potenciales clientes para la venta a entes gubernamentales y privados, así como a particulares de todo tipo de trabajos y publicaciones concernientes a la industria.
  1. Declara EL VENDEDOR por conducto de su representante:
  1. Que es una Persona Moral con Registro Federal de Causantes: CTS030820PT9
  2. Que para los efectos del presente contrato señala como domicilio el ubicado en la calle Concepción Beistegui, Núemro 13 Piso 5 oficina 502, Colonia Del Valle, Alcaldía Benito Juárez.
  3. Que cuenta con los conocimientos y relaciones para la realización de las actividades objeto del presente contrato.
  4. Es su voluntad celebrar el presente Contrato en los términos y condiciones establecidos en dicho instrumento.

        CLÁUSULAS        

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato es la búsqueda, identificación de potenciales clientes para la venta a entes gubernamentales y privados, así como a particulares de todo tipo de trabajos y servicios relacionados con la materia contable y fiscal.

SEGUNDA.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS A DESARROLLAR POR EL VENDEDOR

EL VENDEDOR realizará los siguientes trabajos:

  1. Formulará en conjunto con PENINSULA CONSULTING GROUP la estrategia de aproximación con los potenciales clientes.
  2. Establecerá los primeros contactos con los potenciales clientes con el propósito de cerciorarse efectivamente sobre su actitud en relación a la compra de trabajos concernientes a la industria descritos en la CLAÚSULA PRIMERA de este Contrato.
  3. Entablará en conjunto con PENINSULA CONSULTING GROUP las negociaciones que permitan suscribir un instrumento que posibilite la venta de los trabajos descritos en la CLAUSULA PRIMERA de este Contrato.
  4. Informará periódicamente al menos cada treinta días a PENINSULA CONSULTING GROUP por escrito según se convenga del avance de sus trabajos y telefónicamente o vía electrónica si el caso lo amerita.
  5. Coadyuvará con PENINSULA CONSULTING GROUP en el cobro al cliente por la venta de los trabajos descritos en la CLAUSULA PRIMERA de este Contrato.

TERCERA.- CONTRAPRESTACIÓN. PENINSULA CONSULTING GROUP pagará a EL VENDEDOR al momento de formalizarse la operación las comisiones mercantiles siguientes:

  1. Una comisión del 12% DOCE POR CIENTO del valor total de la venta de los trabajos descritos en la CLAUSULA PRIMERA de este Contrato. Si, EL VENDEDOR requiere incentivar la compra de los trabajos descritos en la CLAUSULA PRIMERA de este Contrato, los recursos económicos los deberá obtener de esta comisión del 12% (DOCE por ciento) que le pagará PENINSULA CONSULTING GROUP al concretarse la venta.
  2. En caso de que la venta se realice por medio de un proceso de Licitación, PENINSULA CONSULTING GROUP pagará al VENDEDOR una comisión del 12% (Doce por ciento) del valor total de la venta de los trabajos descritos en la CLAUSULA PRIMERA de este Contrato.
  3. PENINSULA CONSULTING GROUP pagará a EL VENDEDOR la comisión pactada a más tardar 5 (cinco) días hábiles después de éste recibiere por parte del cliente el pago (ya sea este parcial o total) del precio de la operación de venta.
  4. Queda expresamente convenido que la comisión que PENINSULA CONSULTING GROUP pague a EL VENDEDOR se calculará sobre el importe total de la operación sin incluir el Impuesto al Valor Agregado “IVA”, sin deducir cantidad alguna por concepto de impuesto sobre la renta, o cualquier otro gasto, honorario, derecho o impuesto que cauce dicha operación.

CUARTA.- VIGENCIA. La vigencia de este acuerdo será de 2 (dos) años calendario a partir de la firma del mismo. En el caso de que se estén dando negociaciones específicas y estas se encuentren en un grado de adelanto tal que haga suponer que culminarán exitosamente, la vigencia se prorrogará automáticamente hasta la conclusión de las negociaciones respectivas. Sin embargo, previo acuerdo de las partes, podrá prorrogarse o, darse por terminado, para esto último, se convendrán los arreglos que corresponda en función de los trabajos realizados por EL VENDEDOR.

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