Contrato individual del trabajo.
Enviado por angelica.zamora • 11 de Febrero de 2016 • Trabajo • 413 Palabras (2 Páginas) • 274 Visitas
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
Los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo no hacen distinción entre contrato y relación de trabajo, se refieren indistintamente a uno y a otra como si fueran sinónimos. Son cosas complementarias, el contrato es el origen de la relación de trabajo, es el contenido de la prestación de servicios.
Articulo21. – “Se presumen la existencia del contrato y de la relación de trabajo entre el que presta un trabajo personal y el que lo recibe”. Por lo tanto, solo se requiere de la existencia de una prestación de servicios para que se entienda que hay un contrato, y que aunque no se haya firmado, la carga de la prueba la tiene el patrón.
MODALIDAD: art 35 LFT Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado, por temporada o por tiempo indeterminado y en su caso podrá estar sujeto a prueba o a capacitación inicial. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado
ELEMENTOS DE EXISTENCIA
- Consentimiento: El contrato individual de trabajo, necesariamente se origina por un acuerdo de voluntades (consentimiento), lo hay desde el momento en que voluntariamente el trabajador acepta trabajar, y el patrón acepta cuando ha permitido que ese trabajador realice sus trabajos dentro de su propiedad.
- Objeto: La prestación o el hacer que el trabajador debe de realizar.
ELEMENTOS DE VALIDEZ
- Capacidad de las partes: Que tengan aptitud para cumplir con la obligación contraída.
- Ausencia de vicios en el consentimiento: Dolo. Es el único que contempla la ley, entendiendo como todo artificio empleado para inducir a una persona a que tenga falso concepto de la realidad; este se presenta cuando el trabajador o el sindicato atribuyen aptitudes, facultades o capacidad a un trabajador y no las tiene.
- Forma: Es consensual.
Derechos irrenunciables.
El derecho del trabajo se caracteriza por su imperatividad (necesario, exigente, obligatorio), lo que implica que todas las normas que regulen las relaciones de trabajo son estrictamente obligatorias entre las partes que en ellas intervengan y por ningún motivo aceptara que el trabajador renuncie a ella. Lo anterior se refleja en el artículo 123 CPEUM, en sus apartados A y B, y en el Artículo 5 LFT.- “Las disposiciones de esta Ley son de orden público por lo que no producirá efecto legal, ni impedirá el goce y el ejercicio de los derechos, sea escrita o verbal, la estipulación que establezca”
Bibliografía:
Garrido Ramón, Alena. Derecho Individual del Trabajo, ed. OXFORD 2ª edición México, 1999 pp 43-58.
Ley Federal del trabajo
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