Contratos
Enviado por ecsm • 18 de Septiembre de 2014 • 609 Palabras (3 Páginas) • 236 Visitas
Luego de investigar en la bibliografía básica de la asignatura: Mazeaud, Henri, León y Jean. Lecciones de Derecho Civil. Parte III, Volumen I, II y III, y demás fuentes complementarias, realizar la siguiente actividad:
1-Definición de compraventa.
Es un contrato en virtud del cual una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida, se llama precio.
2-El consentimiento en la compraventa.
La materia referente al consentimiento contractual comprende dos aspectos diferenciados: el relativo a la capacidad para consentir el que se refiere a la prestación del consentimiento.
Capacidad para contratar y prohibiciones de contratar. El Código civil regula en el artículo 1263 la capacidad para prestar consentimiento. No pueden prestar consentimiento. Primero. Los menores de edad no emanciados. Segundo. Los incapacitados¨.
3-¿Quiénes tienen capacidad para vender y comprar?
4- El objeto y la causa en la compraventa.
La venta se establece sobre derechos que bien pueden ser bienes, muebles e inmuebles, a los cuales se denominan cosas, porque son tangibles. Sin embargo la venta o transferencia de los derechos, bien puede comprender la transferencia de créditos y obligaciones, como los tratados en los artículos 1689 y sigs. del c.c. independientemente de los derechos intelectuales que podrán ser objeto de la venta, siempre que dichos derechos recaigan sobre bienes tangibles o intangibles que puedan ser objeto de la transferencia. Esta terminología es un tanto ambigua pues la misma también implica los bienes inmuebles, lo cual convierte el campo de aplicación del art.1128c.c. Cuando se refiere: "Sólo las cosas que están en el comercio pueden ser objeto de los contratos".
En este caso debemos reconocer que a través de la venta, es donde se transmiten esencialmente derechos, por lo que no debemos reducirla al antiguo concepto del siglo XlX sobre una cosa mueble solamente. Este ha sido un concepto, de reducida evolución en nuestro sistema jurídico en la República Dominicana, pues se amplia para toda gama de derechos permitidos por la ley.
5- Los vicios del consentimiento en la compraventa.
No hay consentimiento válido, si ha sido dado por Error, arrancado por Violencia o sorprendido por Dolo, según el Art.1109 del Código Civil.
El vicio del Consentimiento es la ausencia de una voluntad sana con el objetivo de falsear, adulterar, anular dicha voluntad y alcanzar propósitos deseados lo cual compromete su eficacia. La voluntad queda excluida cuando el consentimiento en su forma exterior está viciado.
Los Vicios del Consentimiento son: el error, el dolo, la violencia, la lesión y la incapacidad.
6-¿Cuáles son las restricciones legales
...