Contratos
Enviado por cocux • 19 de Septiembre de 2014 • 907 Palabras (4 Páginas) • 216 Visitas
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
(POR OBRA Y TIEMPO INDETERMINADO)
Que celebran por una parte el Consejo Comunitario de Abasto, Espiritu Santo A.C., representada por SAMUEL GARCIA ALVAREZ Y JAVIER RUIZ LOPEZ, Presidente y Tesorero, respectivamente, de la Mesa Directiva; Asociación Civil a la que en lo sucesivo se denominarà “EL PATRON” y por la otra, el señor GUSTAVO MARTIN DOMINGUEZ ALBORES, a quien en lo sucesivo de denominarà “EL TRABAJADOR”, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
“EL PATRON” declara que su representada es una Asociación Civil, constituida conforme a las leyes mexicanas dedicada a realizar todas aquellas actividades propias del Consejo Comunitario de Abasto en Espíritu Santo, con domicilio ubicado en domicilio en Ranchería Espíritu Santo, Mpio. de las Margaritas, Chiapas y que acredita su personalidad con Acta de asamblea.
“EL TRABAJADOR” declara llamarse GUSTAVO MARITN DOMINGUEZ ALBORES tener 39 años de edad, ser originario de Las Margaritas, Chiapas, donde nació el 03 de Noviembre de 1974, ser de nacionalidad mexicana, SOLTERO y con domicilio particular en 8A. Norte Oriente No.,Barrio La Pila Mpio. de Las Margaritas, Chiapas.
Ambas partes convienen expresamente en someterse a las siguientes:
CLAUSULAS
1. “EL TRABAJADOR” se obliga a prestar sus servicios personales subordinado jurídicamente al “PATRON”, ocupando el puesto de CHOFER DIESEL, durante un tiempo indefinido a partir del día 07 DE JULIO DEL 2014, para la obra consistente en Programa de Abasto Rural, a cuyo efecto “EL PATRON” pondrà a su disposición durante ese tiempo, los materiales, herramientas y útiles necesarios para la realización de la obra, en buen estado y de buena calidad.
2. “EL TRABAJADOR” se obliga a prestar sus servicios personales durante el tiempo y la obra que se especifican en la clàusula anterior, subordinado jurídicamente a “EL PATRON” y a realizar sus servicios con esmero y eficiencia; acatarà en el desempeño de su trabajo las instrucciones y disposiciones de “EL PATRON” y los ordenamientos legales aplicables.
3. “EL TRABAJADOR” deberà ejecutar su trabajo en el Almacén Rural Espiritu Santo y/o en cualquier otro lugar en que “EL PATRON” le asigne actividades inherentes al Programa Rural de Abasto DICONSA, sin que por ello entienda que lo una cualquier relación laboral con esa Empresa, ni con ninguna de sus filiales.
4. La jornada de trabajo, serà de 48 horas semanarias distribuidas de conformidad con lo dispuesto por el artìculo 61 de la Ley Federal de Trabajo y el horario de labores será de Lunes a Sábado de las 7 a las 15 horas.
5. “EL TRABAJADOR” percibirà por la prestación de sus servicios, un SUELDO Mensual Bruto de: $ 5,502.05 (CINCO MIL QUINIENTOS DOS PESOS .05/100, Moneda Nacional), que se le cubrirà los viernes de cada semana, en moneda de curso legal
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