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Código civil:familia y matrimonio


Enviado por   •  25 de Octubre de 2019  •  Ensayo  •  1.264 Palabras (6 Páginas)  •  114 Visitas

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Para fines de este ensayo, y sobre todo para encontrar la forma más completa para solucionar el caso presente, se debe realizar primero un análisis de lo que se comprende como familia y matrimonio en el ordenamiento jurídico nacional, para así lidiar con el vacío presente en materia legislativa. Para esto, se buscará hacer una interpretación exegético y sistemático de varias normas ya existentes que permitan abrir el camino a una formalización del matrimonio extranjero en Colombia sin discriminación a parejas homosexuales.

El artículo 42 de la Constitución Política dicta que: “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla. El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia”. A partir de este artículo se logran evidenciar dos puntos clave, el primero viene a ser el concepto de familia dentro de la legislación colombiana y en segundo lugar el uso de conectores aditivos de gran controversia para parejas homosexuales, en este caso particular el uso del conector y.

En principio el concepto de familia ha permanecido en la legislación colombiana muy conservador, refiriéndose a que su composición nunca se verá afectada, siendo precisamente está conformada por un masculino y femenino con uno o más hijos. Sin embargo, la realidad actual del país dista mucho de este pensamiento, hoy por hoy existen varios tipos de familia por fuera de esta definición. El pluralismo y la evolución de las relaciones humanas en Colombia, tiene como consecuencia la formación de distintos tipos de familias, diferentes a aquellas que se consideraban tradicionales, como lo era la familia biológica. Por lo que es necesario que el derecho se ajuste a las realidades jurídicas, reconociendo y brindando protección a aquellas relaciones familiares en donde las personas no están unidas única y exclusivamente por vínculos jurídicos o naturales, sino por situaciones fácticas, las cuales surgen en virtud de los lazos de afectivos, de solidaridad, respeto, protección y asistencia.

De esta manera la protección constitucional que brinda el artículo 42 (Que va de la mano con el artículo 5 de la norma superior que ampara a la familia como institución básica de la sociedad) de la carta política a la familia se extiende tanto a las conformadas en virtud de vínculos jurídicos o biológicos, como a aquellas que surgen de facto, interpretando la norma de fondo y no de forma, donde conceptos como la convivencia, el afecto, la protección, el auxilio y respeto consolidan una familia, por lo que el ordenamiento jurídico debe reconocer y proteger a los integrantes de tales familias.

Ahora bien, el artículo 42 contiene una estructura gramatical que emplea un conector aditivo que es el que nos interesa analizar, en este caso es el conector y. Se debe reconocer que este conector en su categoría de aditivo implica o expresa la suma de ideas, esta definición recoge también otros conectores como: además, también, igualmente, asimismo, etc. De esta manera, gramatical y formalmente se podría sustituir el conector presente en el artículo por cualquiera de los ejemplos, lo que resultaría en una interpretación acorde a los principios constitucionales de igualdad (artículo 13), libre desarrollo de la personalidad (artículo 16), libertad de conciencia (artículo 18), y un largo etcétera. Dejando claro esto, se asumiría a partir de esta norma, que la decisión libre de contraer matrimonio se da tanto para hombre con mujer, como para hombre con hombre o mujer con mujer.

Al aplicarse este método y su resultado, es posible enunciar de la misma manera otro artículo tan controversial en la legislación nacional. El artículo 113 del Código Civil: El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente.” Y al tener en cuenta el desarrollo del concepto de familia en la realidad del país, tanto el artículo 42 de la Constitución como el mencionado 113 del Código Civil no estarían yendo en detrimento de la conformación de la misma mediante el vínculo jurídico por parte de parejas homosexuales. De esta manera, y bajo una interpretación sistemática ambos artículos se permiten estar presentes de manera coherente dentro del ordenamiento jurídico nacional.

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