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DEFINICIÓN Y ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Enviado por   •  24 de Febrero de 2013  •  5.968 Palabras (24 Páginas)  •  1.925 Visitas

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La Constitución

•La Constitución política en la que le dará forma al Estado.

•Si existe una Constitución existe un Estado.

•La Constitución es el principio rector de la manifestación de la soberanía.

•Constituido aparece este vocablo en Roma, en el cual se establecía el orden del gobierno y se establecen reglas que regían al pueblo, pero no a los legisladores, ni a los Emperadores.

• Concepto de Constitución:

Según el autor español Adolfo Posada, la Constitución vendría a ser:

“La expresión del régimen jurídico de un Estado con respecto a la organización de los poderes y a las instituciones en las cuales encarna prácticamente el ejercicio de la soberanía y las limitaciones del Estado, frente a los derechos individuales.”

Esta definición material comprende no solamente a la noción de Constitución escrita son también a la consuetudinaria.

Estructura de la Constitución

1.-PARTE FILOSÓFICA

•Preámbulo:Este recoge la parte poética de la Constitución es decir es donde se recogen los fines, valores y espíritu predominante de las instituciones inspirado a su vez en la sociedad que rige. En toda Constitución escrita hay dos partes: Una parte Dogmática y una parte Orgánica.

2.- Parte Dogmática: Sienta los principios fundamentales que regulan la limitación del poder público ante los Derechos y Deberes de los ciudadanos.

3.- Parte Orgánica: Establece las bases con respecto a la organización de los poderes públicos, y al funcionamiento de los mismos. Es decir organiza el poder público nacional.

Sentido Orgánico de la Constitución: Se encarga de organizar los poderes públicos. Esto está establecido en la Constitución en los artículos de 1 al 18 y del 136 al 350.La primera parte de la Constitución es parte del sentido Orgánico ya que la misma establece las regulaciones del Estado al igual que define al Estado. El artículo 2 es el que le da forma al Estado Venezolano.

Artículo 2 CRBV: Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político. En este artículo podemos observar que se habla de que el Estado debe propulsar el respeto por los valores fundamentales establecidos en la Constitución. El artículo 3 estable los fines del Estado Venezolano

Artículo 3 CRBV: El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines. En este artículo podemos observar los fines que debe perseguir el Estado Venezolano de la forma más consona posible.

Artículo 12 CRBV: Los yacimientos mineros y de hidrocarburos, cualquiera que sea su naturaleza, existentes en el territorio nacional, bajo el lecho del mar territorial, en la zona económica exclusiva y en la plataforma continental, pertenecen a la República, son bienes del dominio público y, por tanto, inalienables e imprescriptibles. Las costas marinas son bienes del dominio público. En este artículo se establece que los bienes son propiedad del Estado y ningún otro Estado tiene inerencia sobre ellos.

Concepto de lo que es el Sentido Orgánico de la Constitución:

Es el que organiza el deber del Estado estableciendo normas o reglas por las cuales se van a regir en la vida institucional. Este consagra los principios que servirán de guía para la acción de los órganos del poder público.

Sentido Dogmático de la Constitución: Esta está establecida en los artículos de la Constitución que van desde el 19 al 135.

Concepto de Sentido Dogmático de la Constitución: Es la parte de la Constitución que tiene como objeto que los ciudadanos conozcan de manera precisa cuales son los deberes que tienen frente al Estado, frente a los ciudadanos y los derechos y libertades que el Estado le garantiza.

Artículo 19 CRBV: El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen. El artículo 19, establece la protección de los derechos humanos. Este artículo establece la responsabilidad exclusiva del Estado por el respeto y garantía de los derechos humanos,los cuales deben ser garantizados a todas las personas por igual, sin establecer ningún tipo de condiciones para ello, por lo cual ninguna ley, podrá restringir o limitar un derecho humano más allá de lo previsto en la Constitución o en las leyes correspondientes.

Artículo 29 CRBV: El Estado estará obligado a investigar y sancionar legalmente los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades. Las acciones para sancionar los delitos de lesa humanidad, violaciones graves a los derechos humanos y los crímenes de guerra son imprescriptibles. Las violaciones de derechos humanos y los delitos de lesa humanidad serán investigados y juzgados por los tribunales ordinarios. Dichos delitos quedan excluidos de los beneficios que puedan conllevar su impunidad, incluidos el indulto y la amnistía.

El artículo 29 de la CRBV: nos protege a los particulares de la actividad del Estado para evitar que se nos violen los Derechos Humanos.

Artículo 43 CRBV: El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma.

El artículo 43 de la CRBV: establece el derecho a la vida y la obligatoriedad del Estado de protegerlo.

Artículo 47 CRBV: El hogar doméstico y todo recinto privado de persona son inviolables. No podrán ser allanados, sino mediante orden judicial, para impedir la perpetración de un delito o para cumplir de acuerdo con la ley, las decisiones que dicten

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