DELITO AEREO EN PANAMÁ
Enviado por rosario2804 • 18 de Mayo de 2014 • 2.463 Palabras (10 Páginas) • 644 Visitas
Delitos aéreos (Panamá)
1. Introducción
2. Concepto y Significado
3. Naturaleza Jurídica
4. Importancia del Delito Aéreo
5. Características
6. Distinción entre Derecho Penal Aeronáutico y Derecho Aeronáutico Penal
7. Piratería Aérea
8. Apoderamiento ilícito de aeronaves
9. Ley aplicable
10. Jurisdicción Internacional
11. Conclusión
12. Bibliografía
Introducción
A lo largo de estas dos últimas décadas se han registrado numerosos casos de apoderamiento ilícito de aeronaves y es por eso que el presente trabajo aborda este importantísimo tema, el cual ha preocupado a toda la Comunidad Internacional. A tales efectos se han celebrado varias convenciones y convocado a numerosas conferencias.
El hecho técnico aviatorio ha permitido la facilidad y velocidad de las comunicaciones y hace que la aeronave configure un verdadero "territorio propio", cambiante y distinto a de los Estados y jurisdicciones sobrevoladas.
En el trascurso de la investigación se han encontrado diversas opiniones entre el apoderamiento ilícito de aeronaves y otra figura como es la piratería, vocablo extraído de la actividad marítima. Si bien algunos autores – y el mismo código penal –entienden que ambas figuras son una sola, otros en cambio no lo consideran así.
Es de destacar el enorme esfuerzo que continúan realizando los Estados en forma conjunta a través de los organismos internacionales con el objeto de mantener y preservar la seguridad aérea.
Concepto y Significado
Aéreo es un adjetivo que tiene su origen en el vocablo latino aéreus y hace mención a aquello perteneciente o relativo al aire. Por extensión, el término se utiliza para nombrar a lo que está vinculado a la aviación.
El transporte aéreo es el desplazamiento controlado, a través del aire, de vehículos impulsados por sus propios motores o con capacidad para planear. Estas aeronaves permiten trasladar pasajeros o cargas desde un lugar hacia otro generalmente distante a muchos kilómetros.
Una línea aérea o aerolínea es una organización dedicada al transporte de pasajeros o cargas. Las compañías que realizan vuelos especiales previo acuerdo con los pasajeros y que no vuelan de manera regular se conocen como chárter.
La fuerza aérea es el servicio armado de un país que conduce la guerra en el aire. Esta fuerza aérea esta formada por aviones, aeropuertos y personal calificado.
El puente aéreo, por otra parte es la comunicación continua entre dos puntos geográficos por medio de aviones, aeropuertos y personal calificado.
El correo aéreo por otra parte es la comunicación geográfica por medio de aviones, de forma tal que se facilita el desplazamiento de las personas o mercancías entre ambos destinos.
Naturaleza Jurídica
Cuando los primeros caminantes del espacio se elevaron sobre la superficie de la tierra en sus frágiles artefactos de tela y madera, iniciando la conquista del hasta entonces desconocido dominio de los vientos y de las nubes, estaban seguramente muy lejos de suponer que en esos históricos momentos iban cimentando las bases de una nueva ciencia, que al ser luego recogido por el derecho, se traduciría en una de las más nuevas y flamantes ramas jurídicas.
El problema de la soberanía de los Estados sobre el espacio situado encima de sus territorios es uno de ellos. Así como se habla de una soberanía de los Estados sobre su espacio aéreo, también se hace referencia a un idéntico derecho sobre las ondas electromagnéticas que atraviesan su territorio. Las doctrinas sobre la existencia de estas soberanías tienen diversos aspectos afines.
Pero es indudable que ambas ciencias ofrecen más puntos de diferencia que de semejanza. Posiblemente el motivo radique en la diversidad de los medios que reglamentan. Una se refiere al espacio aéreo, a la utilización de aire como medio de transporte, así como a los problemas relacionados. La otra trata los aspectos inherentes a la utilización de las ondas electromagnéticas, las cuales se propagan a través de ese mismo espacio: el aire.
El Derecho de la aeronavegación surgió como una necesidad impuesta por nuevos hechos. Como dijera acertadamente Georges Ripert, "el día en que el jurista vio la propiedad del suelo violada por el pasaje de las aeronaves y volverse realidad el sueño de nuestros antepasados de tocar el cielo con los dedos, los habitantes de la superficie amenazados por el sobrevuelo de aparatos de velocidad prodigiosamente rápida, y las líneas ideales o geográficas de las fronteras franqueadas de continuo, sintieron la necesidad de crear un derecho para el aire, como lo habían ya hecho para la tierra y el mar".
Importancia del Delito Aéreo
La superficie terrestre y marítima sirven como medio para el despegue y aterrizaje de las aeronaves, así como para el asentamiento de los servicios de infraestructura de la navegación aérea, pero ésta se desarrolla primordialmente y encuentra su ambiente propio en el espacio aéreo, de ahí la importancia de su regulación.
El régimen jurídico del espacio aéreo se centra en dos cuestiones fundamentales: la seguridad del tráfico que en este espacio se realiza y los derechos de soberanía de los Estados y de propiedad de los particulares, en cuanto bien susceptible de apropiación, así como su delimitación respecto al espacio exterior.
Podemos decir que la utilización de la aeronave como medio de comunicación ha permitido al hombre eliminar los factores tiempo y distancia, permitiendo el rápido desplazamiento de las personas y mercaderías a través de las grandes distancias. Como consecuencia de ello, la aviación ha sido un factor importantísimo en el incremento del comercio así como en el intercambio de ideas entre los pueblos. Además, las naciones han llegado a la convicción de que la aviación constituye un nuevo factor de poder, un instrumento a la vez que de dominación o conquista, de defensa, por lo cual su desarrollo constituye un elemento preponderante dentro del poderío de los pueblos.
La doctrina de la soberanía estatal no debe, sin embargo, ser admitida con carácter absoluto, ya que si bien encuentra su razón de ser en los derechos de conservación y defensa de los Estados, ha de ajustarse también a las obligaciones que impone la pertenencia de éstos a la comunidad internacional, que por definición está llamada a facilitar al máximo la comunicación entre los miembros de los Estados que la componen.
Con el fin de garantizar el ejercicio de la soberanía de los Estados sobre sus Espacios Aéreos, sin perjuicio de la libertad de investigación, uso y exploración reconocida para el Espacio Exterior por el Tratado de 1967 -Carta Magna de este Espacio-,
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