DEMANDA DE MEDIDA PRECAUTORIA DE EMBARGO
Enviado por juancagalaaviz • 23 de Mayo de 2013 • 1.772 Palabras (8 Páginas) • 7.996 Visitas
EXPEDIENTE 0000/01
PROVIDENCIA PRECAUTORIA DE EMBARGO C. MARÍA ELENA TORRES VS
C. GABRIEL CORRAL
CIUDADANO
JUEZ DÉCIMO SEGUNDO DE LO FAMILIAR EN TURNO
PRESENTE
MARÍA ELENA TORRES, mexicana, mayor de edad, promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio particular el ubicado en AVENIDA RIO BALSAS No. 323 FRACCIONAMIENTO PALMAR, de esta capital, señalando domicilio para recibir y oír todo tipo de notificaciones que conforme a derecho me correspondan, así como documentos relacionados con este asunto, el Despacho Jurídico ubicado en CALZADA AVIACIÓN No. 1119, COL. INDUSTRIAL, de esta capital; autorizando como mi Abogado Patrono dentro del presente juicio, a la Licenciada en Derecho BÁRBARA MORÍ , con número de cédula profesional 123456, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:
QUE, por medio del presente escrito, y en términos de los dispuesto por los artículos 4, 8 y 17 de la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, y demás relativos del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES vigente en el estado de Baja California, en relación con los artículos 236, 237, 238, y 250, vengo a promover providencias precautorias como medios preparatorios a juicio en contra del C. GABRIEL CORRAL, con domicilio en la AVENIDA ARAS No. 262, COLONIA INDECO de ésta ciudad, lugar en donde puede ser localizada para efectos de notificación.
Es de mi conocimiento el hoy demandado pretende enajenar sus bienes y desaparecer, motivo por el que me veo en la imperiosa necesidad de iniciar incidente de embargo precautorio en contra del demandado para el efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones que por concepto de pensión alimenticia debe de cumplir.
Fundó el presente escrito en los hechos y derechos que a continuación señalo:
HECHOS:
1.- Con fecha 06 septiembre de 2001, contraje matrimonio civil, bajo el régimen de sociedad conyugal con el Señor GABRIEL CORRAL, tal y como lo acredito con la Copia Certificada del Acta de Matrimonio que acompaño al presente escrito como ANEXO NÚMERO UNO, para que surta sus efectos legales correspondientes.
2.- A partir de la vigencia de nuestro matrimonio establecimos nuestro domicilio conyugal el ubicado en AVENIDA RIO BALSAS No. 323 FRACCIONAMIENTO PALMAR, de esta capital.
3.- Durante la vigencia de nuestro matrimonio procreamos dos hijos de nombres JUAN CARLOS y YANETH JAZMÍN de apellidos PÉREZ TORRES, quienes actualmente tienen 6 y 7 años de edad respectivamente, tal y como lo acredito con las copias certificadas de las actas de nacimiento que acompaño al presente escrito como ANEXO NÚMERO DOS Y TRES, para que surtan sus efectos legales correspondientes.
4.- Con fecha 10 de marzo del 2010, ante el Juzgado del Registro del Estado Civil del estado de Baja California, se registro el acta de divorcio necesario número 00/01 del libro 02. Tal y como lo acredito con copia certificada que acompaño al presente para que surtan sus efectos legales.
5.- Como el hoy demandado desde el pasado 09 de febrero del 2010, abandonó el domicilio familiar, y como se desprende del acta del divorcio los hijos habidos en el matrimonio también los abandonó y los dejó a mi cargo, estando al pendiente desde entonces de su cuidado, salud, educación y alimentación, esto es; comida, ropa, calzado, estudios, útiles escolares, transporte escolar, diversiones sanas, medicamentos, aseo personal, etc., todo esto durante más de tres años, por lo que debido a la situación económica tan difícil que atraviesa nuestra sociedad, el alto costo de la vida, no me alcanza para cubrir los gastos de nuestros hijos CARLOS y YANETH JAZMÍN ambos de apellidos PÉREZ TORRES, incumpliendo con lo dispuesto en los artículos 161, 162, 300, 305 y 320 vigentes del CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, y al encontrarme sumamente preocupada por la manutención de nuestros hijos, es que le solicito a Usted Ciudadano Juez, ordene a la brevedad posible el embargo precautorio de un bien inmueble localizado en CALZADA RIO TONALÁ No. 1900, Código Postal 21000, FRACCIONAMIENTO PEDREGAL, , el cual se encuentra inscrito en el Registro Público de la propiedad bajo el número 00000038, tomo 00006415, del libro de propiedad correspondiente a este Distrito de Mexicali, Baja California, ya que se tiene conocimiento que el actor pretende enajenar sus bienes y emigrar hacia los Estados Unidos.
Por lo cual solicito a Usted Ciudadano Juez gire oficio a esta dependencia a efecto de que inscriba el embargo solicitado a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones que por concepto de pensión alimenticia tiene la obligación de cumplir.
6.- A la fecha, el C. GABRIEL CORRAL a incumplido la obligación de pagar lo correspondiente a la pensión alimenticia que se le ha venido requiriendo en forma extrajudicial, omitiendo realizar el pago de lo acordado para el sostenimiento de nuestros pequeños hijos.
7.- Así las cosas, acudo a esta instancia para promover la presente providencia precautoria como acto prejudicial, solicitando el embargo del bien inmueble consistente en una casa habitación ubicada en CALZADA RIO TONALÁ No. 1900, FRACCIONAMIENTO
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