DERECHO CIVIL. DEFINICION CODIGO CIVIL
Enviado por Jacob_2022 • 8 de Febrero de 2022 • Apuntes • 2.439 Palabras (10 Páginas) • 145 Visitas
1. DERECHO CIVIL
1.1 DEFINICION
Es la regulación de las relaciones privadas o públicas de los ciudadanos entre sí, es decir es la rama del derecho que reconoce a toda persona jurídica o natural más allá de sus actividades peculiares. También es reconocido como el derecho que debe ser reconocido a cada persona como lo indica el código civil, para comprender la rama del derecho civil es necesario tener clara la definición de derecho natural.
1.2 CODIGO CIVIL
LIBRO PRIMERO DE LAS PERSONA
- De las personas en cuanto a su nacionalidad y domicilio
- Del principio y fin de la existencia de las personas
- De los esponsales
- Del matrimonio
- De la nulidad del matrimonio y sus defectos
- De la disolución de matrimonio
- Del divorcio y la separación de cuerpos, sus causas y efectos
- De las segundas nupcias
- Obligaciones y derechos entre los cónyuges
- De los hijos legítimos concebidos en matrimonio
- De los hijos legitimados
- De los derechos y obligaciones entre padres y los hijos legítimos
- De la adopción
- De la patria potestad
- De la emancipación
- De los hijos naturales
- De la maternidad disputada
- De la habilitación de la edad
- De las pruebas del estado civil
- De los alimentos que se deben por ley a ciertas personas
- De las tutelas y curadurías en general
- De las diligencias y formalidades que deben preceder al ejerció de la tutela o curaduría
- De la administración de tutores o curadores relativamente a los bienes
- Reglas o relativas a la tutela
- Reglas especiales relativas a la curaduría el menor
- Reglas especiales relativas a la curaduría del disipador
- Reglas especiales relativas a la curaduría del demente
- Reglas especiales relativas a la curaduría del sordomudo
- De la curaduría de los bienes
- De los curadores adjuntos
- De los curadores especiales
- De las incapacidades y excusas para la tutela o curaduría
- De la remuneración de los tutores y curadores
- De la remoción de los curadores y tutores
- De las personas jurídicas.
1.3 DEFINICION CODIGO CIVIL
En el campo del derecho es un conjunto de normas sistematizadas y unitarias de derecho privado, es decir las normas que regulan las relaciones civiles de las personas físicas y jurídicas, sean privadas o públicas.
Es de apuntar que el primero código civil fue promulgado por Napoleón Bonaparte en 1804. Su intención era reunir todas las normas jurídicas francesas en un único cuerpo legal.
En resumen el código civil es la vía de regulación de exigencia para el cumplimiento total y legal de todos los derechos de personas naturales y jurídicas, en perjuicios ya sean físicos, psicológicos, económicos, laborales, judiciales, materiales entre otros.
1 http://www.encolombia.com/derecho/C%C3%B3digoCivilColombiano/CodCivilColombContenido.htm
2. DERECHO INTERNACIONAL
2.1 DEFINICION
El derecho internacional está formado por las normas jurídicas internacionales que regulan las leyes de los Estados. Los acuerdos y tratados internacionales, las notas diplomáticas, las enmiendas y los protocolos forman parte de esta rama del derecho.
El sistema de derecho internacional se divide en público o privado.
El derecho internacional público es el conjunto de principios que regulan las relaciones jurídicas de los estados entre sí.
El derecho internacional privado tiene como principal objetivo la resolución de los conflictos de jurisdicción internacional, es decir se encarga de establecer cuál es la ley aplicable para determinar la condición jurídica de los extranjeros. A lo largo de la historia encontramos que el derecho internacional siempre ha estado enfocado a la preservación de la paz y evitar un conflicto que pueda desatar los conflictos bélicos.
2.2 ETAPAS PRINCIPALES DEL DERECHO INTERNACIONAL
EDAD ANTIGUA: en la antigüedad no existía el derecho internacional público, debido a que no existía la relación internacional, es decir estaba integrada por la inter-relación más o menos integrada de las naciones, ya que no había una comunidad jurídica definida ni organizada.´´ En Grecia: encontramos instituciones rudimentarias del derecho internacional público, entre las cuales se pueden señalar: la proxenia, era una institución mediante el cual se brindaba una protección a los extranjeros que estuvieran residenciados o en tránsito en la ciudad griega; las anfictionías , eran reuniones más o menos periódicas de las naciones griegas para determinar cuestiones comunes o de interés para esas federaciones y, las Ligas Helénicas, tenían el propósito de aprovechar mejor las relaciones económicas y establecer una especie de equilibrio político. En Roma, el Jus Gentium, el Jus Feciale, Jus Hospitii, y otras formas muy lejanas de dicho derecho era una forma embrionaria de derecho Internacional, porque era un conjunto de principios que se aplicaba a los extranjeros residenciados o de tránsito en Roma´´
EDAD MEDIA: la existencia del feudalismo y ese concepto de sometimiento del hombre a la tierra, no favorecía la constitución de una comunidad internacional, porque por una parte cada Estado estaba divido en pequeños Estado gobernados autónomamente por señores Feudales.
En esta etapa es de resaltar factores que configuraron ese estado de comunidad internacional, entre los cuales unos de los principales protagonistas fue el cristianismo el cual ejercía una influencia morigeradora en las relaciones de los pueblos, otra de apuntar fue el papado ejerciendo una acción equilibradora, sirviendo de arbitro en muchas disputas asignando territorios, abogando por la desaparición de armas crueles y dictando normas y reglas para humanizar de algún modo las guerras.
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