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DERECHO CIVIL I (PERSONAS) LIC. ALEJANDRO DOMINGUEZ VILLALOBOS


Enviado por   •  15 de Abril de 2018  •  Apuntes  •  8.643 Palabras (35 Páginas)  •  140 Visitas

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DERECHO CIVIL I (PERSONAS)

LIC. ALEJANDRO DOMINGUEZ VILLALOBOS

Ficha No. 1

  1. Sentidos de la palabra derecho
  2. Derecho público, derecho privado y derecho social
  3. Uso de la palabra civil
  4. Evolución del concepto de Derecho Civil
  5. Contenido actual
  6. Concepto de Derecho Civil

[pic 1]

1.- Sentidos de la palabra derecho

a) Facultad: Ej. El trabajador tiene derecho a un salario

                         Tengo derecho a la vida

   Derecho subjetivo: Es la facultad concebida por la norma (cundo se utiliza la palabra derecho como facultad)

b) Ciencia: Ej. Estudiantes de derecho

Ciencia del derecho = jurisprudencia ≠ interpretación judicial

c) Sinónimo de valor ético o justicia: Ej. No hay estado de derecho

                                                                No hay estad de justicia

d) Conjunto de normas: Ej. Derecho penal, procesal, etcétera.

   Derecho objetivo: Las normas en sí mismas concebidas

2.- Derecho público, derecho privado y derecho social

Derecho Público: Regula las relaciones que hay entre el Estado y los particulares o  entre Estado y Estado[pic 2]

-Regula relaciones de supra a subordinación[pic 3]

-El estado interviene como soberano[pic 4]

Ramas: [pic 5]

  • Derecho penal
  • Derecho constitucional
  • Derecho administrativo
  • Derecho fiscal
  • Derecho internacional
  • Derecho procesal

Derecho Privado: Regula las relaciones entre particulares

-Relaciones de coordinación de igual a igual

-Sí interviene el Estado pero lo hace sin su carácter de soberano

Ramas:[pic 6][pic 7]

  • Derecho Civil[pic 8]
  • Derecho Mercantil

Derecho social: la integran normas que protegen una clase social determinada (grupos vulnerables)[pic 9]

-Relación  de subordinación (derecho del trabajo)

Ramas:[pic 10]

  • Derecho laboral[pic 11]
  • Derecho agrario
  • Derecho de seguridad social (IMSS, ISSSTE, ISPAM, etc.)

3.- Uso de la palabra civil

Civil se utiliza en oposición a lo MILITAR

Art. 13 Constitucional

Nadie pude ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar  más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos  y estén fijados por la ley. Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar, pero los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército. Cuando  en  un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del  caso la autoridad civil que corresponda.

Civil se utiliza en oposición a lo PENAL

Art. 14 Constitucional

A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.

En los juicios de orden criminal queda prohibido: imponer por simple analogía y aún por mayoría de razón, pena alguna, que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.

En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho.

Civil se utiliza en oposición a lo RELIGIOSO

Art. 130 Constitucional.

El principio histórico de la separación del Estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente artículo. Las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley…

  [pic 12]

4.- Evolución del concepto de Derecho Civil

Roma: 

  • ius civile: civitas = cuidad

Derecho aplicable a los ciudadanos romanos

  • ius gentium: derecho de gentes

Se aplicaba a todo el mundo

Edad Media: Derecho civil se entiende como derecho laico en oposición al derecho canónico (derecho eclesiástico o religioso)

Siglo XIV-XV: Derecho civil significa todo el derecho privado para distinguirlo del derecho público

Finales del siglo XVI: Al derecho civil se le separan  ramas

  • Derecho laboral
  • Derecho mercantil
  • Derecho agrario

5.- Contenido actual

Se divide en derecho civil extra patrimonial y derecho civil patrimonial

Derecho civil patrimonial: Tiene contenido económico (se puede valorar económicamente)

  • Derecho de los bienes (muebles e inmuebles)

° Derechos Reales

° Propiedad

  • Derecho de la obligaciones: relación deudor-acreedor
  • Derechos de los contratos
  • Derechos de la sucesiones: testamentos

° Sucesión testamentaria: cuando muere con testamento

° Sucesión intestamentaria: cuando muere sin testamento

Derecho civil extra patrimonial: No tiene contenido económico

  • Teoría de la Ley

° ¿Cómo se crea?

° Vigencia de la ley

° ¿Cómo se termina? Abrogación o derogación

° Retroactividad

  • Derecho de las personas

° ¿Qué es una persona?

° Clases de personas (físicas y morales)

° Derechos de la personalidad

  • Derechos de la familia

6.- Concepto de Derecho Civil

[pic 13]

Ficha No. 2

  1. Derecho Civil vigente en la historia de México
  2. Estructura del Código Civil actual

1.- Derecho Civil vigente en la historia de México

  • 1821. Se siguen aplicando las leyes españolas en materia civil como las 7 partidas, ordenanzas de Bilbao, fuero real, fuero justo, etc.
  • 1824. Primera Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que es de tipo federal
  • 1827.  Primer Código Civil mexicano, que es el de Oaxaca
  • 1836.  Se abroga la Constitución de 1824

Segunda constitución de tipo centralista

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