DERECHO DE FAMILIA
Enviado por airajayaja • 2 de Mayo de 2014 • 1.810 Palabras (8 Páginas) • 194 Visitas
INTRODUCCION:
Ahora nos toca hablar del derecho de familia y de las instituciones del parentesco y el concubinato. Donde se dice q en derecho civil, son parte fúndanme los parientes (por consanguinidad, afinidad o adopción), los cónyuges y las personas que ejerzan la patria potestad o tutela. También deben mencionarse a los concubinarios, dado que algunos sistemas y, especialmente nuestro Código Civil vigente, reconocen ciertas consecuencias jurídicas al concubinato, tanto entre las partes como con relación a los hijos habidos en el mismo.
En el derecho de familia los sujetos que intervienen son personas físicas. Excepcionalmente tenemos la ingerencia de algunos órganos estatales como ocurre en el matrimonio, la adopción, el reconocimiento de los hijos, la patria potestad y la tutela; también debe reconocerse la intervención del consejo de tutelas como un organismo estatal que en el Código vigente tiene funciones importantes que cumplir.
La sociedad mexicana es una sociedad conservadora constituida principalmente sobre las bases del matrimonio, como una institución jurídica protegida y reconocida por la ley. Es también catalogada como la forma idónea para constituir una familia (requisito básico de una sociedad).
El concubinato se ha ido extendiendo enormemente en todo el país y este lo ha adoptado como un método de matrimonio “a la ligera” sin necesidad de recurrir a lo civil ni lo religioso.
DERECHO DE FAMILIA.
La Constitución en su Art. 32, dentro del capítulo dedicado a los derechos sociales, regula especie de protección constitucional a la familia, de la siguiente manera:
“La familia es la base fundamental de la sociedad y tendrá la protección del Estado, quien dictará la legislación necesaria y creará los organismos y servicios apropiados para su integración, bienestar y desarrollo social, cultural y económico.”
“El fundamento legal de la familia es el matrimonio y descansa en la igualdad jurídica de los cónyuges.”
“El Estado fomentará el matrimonio; pero la falta de éste no afectará el goce de los derechos que se establezcan en favor de la familia.”
En este caso, tampoco hay una orden expresa de legislar, sin embargo, el código de familia creó la institución jurídica llamada “Unión no Matrimonial” en cumplimiento de ese precepto constitucional; por una simple y sencilla razón, no están en juego intereses ni el estatus quo de ninguna elite de poder (Grupos de presión ó poderes fácticos).
Los únicos derechos que están activos y vigentes (positivos) son aquellos que vinculan a los miembros de la familia entre sí (Obligaciones paterno filiales); pero aquellas que vinculan al Estado (La familia es la base fundamental de la sociedad y tendrá la protección del Estado) no tienen efectividad constitucional.
Se ha considerado que el Derecho de Familia, nace del Derecho civil, sin embargo, ya que este último se tiene su base en la persona individual, las relaciones de familia no pueden quedar regidas sólo por criterios de interés individual y la autonomía de la voluntad, actualmente gran parte de la doctrina considera que es una rama autónoma del Derecho
PARENTESCO
Se denomina parentesco al vínculo o conexión que une a dos o mas personas ya sea por consanguinidad o por afinidad. El parentesco establece la posición reciproca en que se encuentran las personas que están unidas por lazos consanguíneos o de afinidad.
• CLASES DE PARENTESCO
De la propia definición de parentesco se deduce que existen tres clases de parentesco que se llaman parentesco por consanguinidad y parentesco por afinidad.
Parentesco por consanguinidad:
El parentesco por consanguinidad, llamado también natural es la relación o vinculo de sangre que hay entre dos o mas personas que descienden una de otra; o de un tronco o progenitor común o próximo.
El parentesco de consanguinidad es la relación entre personas que descienden la una de la otra o que proceden de un ascendiente o tronco común.”(Ley 996). Es el verdadero parentesco. Nace de un vínculo de sangre, ya sea por tratarse de generaciones sucesivas (línea recta) o por tener un ascendiente común (línea colateral) . En línea recta son padres e hijos, abuelos y nietos, bisabuelos y bisnietos, tatarabuelos y tataranietos, retatarabuelos y choznos (chozno, respecto de una persona, nieto o nieta de su bisnieta o quinta generación de descendientes directos). En línea colateral aparecen los hermanos, los primos, los sobrinos y los tíos.
Parentesco por afinidad:
El parentesco por afinidad, que es considerado también como parentesco por asimilación, es aquel que proviene dEl concubinato es la situación de hecho en que se encuentran dos persona de distinto sexo que hacen vida marital sin estar unidos en matrimonio. Se trata, pues, de una unión de hecho con caracteres de estabilidad y permanencia; quedan indudablemente excluidas de su concepto tanto la unión transitoria de corta duración cuanto las relaciones sexuales estables pero no acompañadas de cohabitación.el matrimonio y por el cual los parientes consanguíneos de uno de los cónyuges son parientes por afinidad o asimilación, del otro cónyuge. En este sentido, los suegros y los cuñados son, por ejemplo, parientes por afinidad.
Parentesco civil, legal o por adopción:
Es la relación familiar, que se establece por adopción entre el adoptante y el adoptado y los descendientes que le sobrevengan al adoptado.
“ARTICULO 12” El parentesco civil o adoptivo se establece por la adopción entre adoptante y adoptado y los descendientes que le sobrevengan a este último.” (Ley 996). La Adopción es la acción de recibir como hijo, con las solemnidades y requisitos que establecen
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