DERECHO ENERGETICO.
Enviado por Antonioz Lopez • 2 de Abril de 2016 • Síntesis • 1.359 Palabras (6 Páginas) • 210 Visitas
En fecha 14 de febrero de 2016 la Comision Reguladora de Energia emite las LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE PROTECCIÓN AL USUARIO FINAL DE BAJO CONSUMO DE GAS NATURAL, que basicamente consisten en lo siguiente;
Ámbito de Aplicación
>La regulación es para los Permisionarios Obligados que realicen actividades de Comercialización, en su relación con los Usuarios Finales de Bajo Consumo.
Regulación en Materia de Protección a los
Usuarios Finales de Bajo Consumo
> La transmisión de la propiedad del Gas Natural del Permisionario al Usuario tiene lugar en el Punto de Entrega.
> El Comercializador deberá transmitir la propiedad del gas al Usuario Consumo en el Punto de Entrega libre de toda limitación o gravamen.
> El Permisionario responderá ante el Usuario de cualquier daño o responsabilidad directa sobre el Gas Natural entregado y sobre cualquier afectación que le pudiera ocasionar.
Celebración del Contrato y su vigencia
> Los Permisionarios deberán presentar, para aprobación de la Comisión, el modelo de Contrato para prestar los Servicios de Suministro que pretendan suscribir con los Usuarios, así como el formato de solicitud correspondiente.
> De manera previa a la contratación de la prestación del servicio se debe informar y explicar al Usuario, el contenido, alcance, requisitos y forma de contratación, así como las especificaciones y características del servicio, y los cargos aplicables.
> Una vez aprobado por la Comisión, el modelo de Contrato deberá registrarse ante la Procuraduría Federal del Consumidor,
> El Contrato tendrá la duración e inicio de vigencia que determinen las partes en dicho instrumento, y se renovará indefinidamente.
> Los Usuarios tendrán el derecho a cancelar el Contrato en cualquier momento.
Suspensión del Servicio
> La suspensión es la interrupción de la entrega de Gas Natural por parte del Permisionario, por causas imputables exclusivamente al Usuario.
> La suspensión precede a la terminación del Contrato.
> El servicio será reanudado por parte del Distribuidor hasta que reciba la anuencia del Comercializador
> Los Comercializadores podrán llevar a cabo las acciones legales conducentes para el cumplimiento del pago total de los adeudos que hubieran generado la suspensión del suministro de Gas Natural.
Modalidades de Servicio
El Permisionario siempre deberá poner a disposición del Usuario, como mínimo, una modalidad de servicio volumétrico bajo el cual:
I. El Usuario no asumirá la responsabilidad de Servicios de Suministro que impliquen la reserva de capacidad en firme o cantidades fijas de Gas Natural, y
II. El volumen de consumo del Usuario podrá variar sin restricción alguna, sin penalización
Servicios de Valor Agregado
Servicios de Valor Agregado;
> servicios financieros,
> contratación de instrumentos financieros de cobertura,
> revisión y mantenimiento de instalaciones,
> financiamiento de la conexión, entre otros,
Bajo ninguna circunstancia se podrá entender que si el Usuario es omiso en manifestar su interés en la contratación de los Servicios de Valor Agregado, ello implicaría una aceptación tácita.
Incumplimientos en la entrega por Alerta Crítica,
Caso Fortuito o Fuerza Mayor
Cuando algún Permisionario involucrado en la prestación de los Servicios de Suministro para las entregas de Gas Natural notifique la ocurrencia de una Alerta Crítica o cualquier otra condición operativa en su Sistema, caso fortuito o fuerza mayor que afecte las condiciones de suministro, se le debera informar de esta situación a los Usuarios a través de los medios necesarios, en los que señalará las restricciones operativas respectivas, así como los efectos en la entrega del Gas Natural objeto del Contrato.
Calidad del Gas Natural
> El Permisionario deberá entregar al Usuario Gas Natural que cumpla con la Norma Oficial de Gas Natural.
Facturación
Las facturas que emita el Permisionario deberán describir de manera clara el valor unitario de los conceptos incluidos, tales como el precio de adquisición del Gas Natural, que podrá ser el precio de venta de primera mano, el costo de Transporte, Almacenamiento, Distribución, impuestos, margen de Comercialización y cualquier otro concepto aplicable, además de incluir por lo menos la siguiente información:
I. Datos generales del Permisionario Obligado;
II. Datos de identificación del Usuario Final de Bajo Consumo;
III. Periodo de consumo;
IV. Fecha límite de pago;
V. Identificación del medidor;
VI. Consumo registrado en el medidor correspondiente al periodo de facturación;
VII. Precio del Gas Natural;
VIII. Desglose de los cargos o contraprestaciones inherentes a los Servicios de Suministro;
IX. Desglose de los costos de los Servicios de Valor Agregado;
X. Impuesto al valor agregado;
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