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DERECHO LABORAL Primera generación: se refieren a cada individuo en particular


Enviado por   •  9 de Julio de 2017  •  Resumen  •  2.862 Palabras (12 Páginas)  •  203 Visitas

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DERECHO LABORAL Primera generación: se refieren a cada individuo en particular. Ejemplo: libertad, igualdad, seguridad, nacionalidad 1949- se reforma la CN y se agregan los derechos de: Segunda generación: contenidos en el artículo 14 bis, le corresponde a un grupo de personas trabajadoras. Sociales y económicos 1994 se reforma la CN y se incorporan: Tercera generación: pertenecen a la comunidad Colectivos Ejemplo: medio ambiente, salud, derecho al consumidor Artículo 14: derecho al trabajo Artículo 14 bis: cuales son los derechos del trabajador 1° PARRAFO

• Condiciones dignas y equitativas de labor: dignificar al hombre (realizarse como persona). Permitirles un sustento (salario), las condiciones iguales para todos

• Jornada limitada (jornada de urna): se reduce la jornada a 8 horas diarias o 48 semanales

• Las horas extras se pagan

• Descanso y vacaciones pagas

• Licencia ordinaria: una vez al año

• Licencia extraordinaria: en casos especiales: nacimientos, muertes, casamientos

• Retribución justa: salario, lo que le corresponde

• Remuneración a cambio de la capacidad de trabajo

• Remuneración: salario

• Por día o por hora: jornal

• Categoría laboral (recibo de sueldo)

• Convenio Colectivo de Trabajo – condiciones

• Salario mínimo, vital y móvil: base mínima. Alcanzar las necesidades básicas de la persona

• Aumenta el costo de vida – aumenta el salario

• Igual remuneración = tarea: evita la discriminación

• Tener en cuenta el rendimiento

• Participación en las ganancias de la empresa: incentivo laboral

• Protección contra el despido arbitrario: sin causa justificada – indemnización:

• Por antigüedad, preaviso, vacaciones proporcionales: aguinaldo (SAC)

• Estabilidad del empleado público: no se rige para el sector privado

• No existe el despido arbitrario, si hace buena conducta y no hay causa, no se va hasta que se jubile

• Organización sindical libre y democrática: la posibilidad de afiliarse a un sindicato: es una organización de profesionales del derecho laboral que asesoran al trabajador 2°PARRAFO Gremios: grupos de trabajadores que pertenecen a una misma actividad

• Concertar convenios colectivos de trabajo (condiciones)

• Salario justo

• Ropa de trabajo

• Horas extras

• Recurrir a la conciliación ( llegar a un acuerdo para solucionar una problemática laboral) y al arbitraje


• Conciliación: negociación colectiva entre los gremios, el sindicato y los empleadores (si no hay acuerdo, se recurre a los árbitros, instancia administrativa en SEDE laboral, antes de ir a la justicia

• Derecho de huelga: medida de fuerza (dificultad insuperable)

• Huelga: retención de la prestación del trabajo, hasta que se solucione el problema

• Los representantes gremiales tendrán garantías relacionadas con su gestión y la estabilidad de sus cargos 3° PARRAFO

• Seguridad social: integral e irrenunciables (los beneficios cubran todas las necesidades)

• Beneficios de la seguridad social:

• Jubilaciones y pensiones móviles – suma de dinero que se le paga al trabajador dependiendo de los aportes y la edad – cuando fallece el cónyuge se le paga al sobreviviente

• Protección integral de la familia – subsidios y asignaciones familiares

• Defensa del bien de familia – única vivienda y no tiene que superar un determinado valor

• Compensación económica y familiar – subsidios y asignaciones familiares

• Vivienda digna – tenga todos los servicios necesarios para vivir CONTRATO DE TRABAJO Definición: Hay contrato de trabajo cuando una persona (trabajador) pone su capacidad a disposición de otra (empleador) con facultad de dirigirla a cambio de una remuneración cierta en dinero. Sujetos: Edad mínima para celebrar un contrato de trabajo – persona jurídica o física – mayores de 18 años. Trabajo de menores de 16 años:

• Autorización del Ministerio de Trabajo.

• Autorización de ambos padres.

• Trabajo de menores: casos especiales:

• Sostén de la familia.

• Ayuda en un comercio familiar. El trabajador es el que pone su capacidad y el empleador pone las órdenes. Objeto: Tarea o actividad que desarrolla el empleado o trabajador y se le designa la categoría laboral. (Convenio Colectivo Laboral y se determina la remuneración más lo adicionales) Forma del trabajo: Escrita u oral (se reducen los medios de prueba, se prueba con testigos, pero si el testigo no declara o se pone nervioso no sirve) Escrita:

• Lugar y fecha

• Datos de las partes

• Categoría laboral

• Horas extras

• Salario más adicionales

• Ropa de trabajo si necesita

• Firmas

• Medio de prueba documental, junto con el recibo de sueldo. Prueba: Documental: publico (contrato, recibos) y privado Instrumental o informativa: se realiza a través de oficios entidad pública y entidad privada (10 días para contestar el informe, si no multa)


Testimonial: obligación de declarar como testigo a partir de los 14 años (menos de 14 pueden declarar si es tema de familia, siempre y cuando estén en condiciones) Confesional: confesión, la persona puede ser inocente o no, nadie está obligado a declarar. Pericial: intervienen los peritos (profesionales dedicados a actividades específicas) 20 días para presentar el informe, se sortean – 3 días para aceptar el cargo TRABAJO DE MUJERES Y MENORES

• La mujer no debe ser discriminada (prohibición de trato discriminatorio). Puede celebrar todo tipo de contrato de trabajo. Sexo ni estado civil

• Descanso al mediodía: las mujeres que trabajan a la mañana y a la tarde tienen 2 horas en el medio de descanso salvo que por algún motivo genere perjuicio no lo puede.

• Trabajos a domicilio: si trabajan en un comercio no pueden hacer tareas a domicilio.

• Tareas, penosas, peligrosas o insalubres: no lo pueden hacer.

• Protección a la maternidad: prohibición de trabajar y conservación del empleo. Licencia de 45 días antes y 45 días después. Se puede tomar hasta 30 días no menos y esos días se suman a los días posteriores. Comunicar el embarazo al empleador con un certificado. Cobrará asignaciones familiares.

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