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Derechos Políticos - Primera Generación


Enviado por   •  13 de Noviembre de 2012  •  2.554 Palabras (11 Páginas)  •  645 Visitas

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UNIVERSIDAD PRIVADA SAN JUAN BAUTISTA

FACULTAD DE COMUNICACIÓN Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

CURSO: CONSTITUCIÓN Y D.D.H.H.

DERECHOS DE 1° GENERACIÓN – DERECHOS POLITICOS

PROFESORA: ADA CAJO NIEBURTH

PEA. CICLO: II, GRUPO N3, AULA 303

INTEGRANTES:

Arias Roque, César Augusto – Administración.

Brunner Coronado Ursula – Contabilidad.

García Chávez, Ana Luisa – Contabilidad.

Méndez Méndez, Magali – Administración.

Morales Ramos, Doris – Contabilidad.

Ramos Salinas, Ingrid – Administración.

Rojas Carrillo Henry – Administración.

Umina Rosales, Elizabeth – Administración.

2012

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN…………………………………………………..………………………………..……. 2

I. DERECHOS DE PRIMERA GENERACION….…….…………….………………….…....……… 3

(a) DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÒN………………..………………………….…………..… 4

(b) DERECHO A LA LIBERTA DE CULTOS O RELIGIOSA….………………………………….………. 5

(c) DERECHO A UN JUICIO JUSTO………….…………………..……………………………………….….. 6

(d) DERECHO AL SUFRAGIO…..………………….………….…………….………………………….…..….. 7

(e) DERECHO A LA IGUALDAD……………………………………………………..…..…………….…….... 8

(f) DERECHO A UNA PERSONALIDAD ……………………………..…..…………..……………….…... 9

(g) DERECHO A PRESUNCION DE INOCENCIA…………………………………………..……….……. 10

II. CONCLUSIONES……………………………………………………………………………………….…. 11

III. TERMINOLOGÍA…….…………………………………………………………………………………... 12

IV. BIBLIOGRAFÌA……………………………………………………………………………………......... 13

INTRODUCCIÓN

La división de los derechos humanos en tres generaciones, fue inicialmente propuesta en 1979 por el jurista checo Karel Vasak1 en el Instituto Internacional de Derechos Humanos en Estrasburgo, Francia. El término fue utilizado desde, al menos, noviembre de 1977. Las teorías de Vasak tenían sus raíces sobre todo en la legislación europea, ya que reflejaban principalmente los valores europeos.

Su división sigue las nociones centrales de las tres frases que fueron la divisa de la revolución francesa: Libertad, igualdad, fraternidad. Los capítulos de la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea reflejan en parte este esquema. La Declaración Universal de Derechos Humanos incluye los derechos que son considerados como de segunda generación, así como los de primera generación

Los derechos humanos de primera generación, tratan esencialmente de la libertad y la participación en la vida política. Son fundamentalmente civiles y políticos, protegen al individuo de los excesos del Estado.

Los derechos de primera generación incluyen, entre otras cosas, la libertad de expresión, el derecho a un juicio justo, la libertad de religión, y el sufragio. Estos derechos fueron propuestos por primera vez en la Carta de Derechos de los Estados Unidos, y en Francia por la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en el siglo XVIII, y fueron consagrados por primera vez a nivel global por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y dándole lugar en el derecho internacional en los artículos 3 al 21 de la Declaración Universal y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Los Derechos Civiles y Políticos están destinados a la protección del ser humano individualmente, contra cualquier agresión de algún órgano público. Se caracterizan porque imponen al Estado el deber de abstenerse de interferir en el ejercicio y pleno goce de estos derechos por parte del ser humano.

I. DERECHOS DE PRIMERA GENERACION

La “primera generación” es la de los derechos civiles y políticos. Empezaron a ser reivindicados por la burguesía frente al Antiguo Régimen Feudal a partir del siglo XVI, y son los que reivindicaban los revolucionarios liberales de los siglos XVII y XVIII frente a las monarquías absolutas. Son las libertades individuales y los derechos de participación política: el derecho a la vida y a la integridad física, a pensar y a expresarse libremente, a reunirse con quien se desee, a desplazarse libremente, a participar en el gobierno del propio país, a no ser detenido sin motivo legal, a ser juzgado con garantías de imparcialidad, las protecciones del derecho a la intimidad y a la buena fama, los derechos de la propiedad privada y de la libre contratación, a comerciar libremente, entre otros.

En líneas generales, podemos considerar estos derechos como inspirados en un valor moral básico que les sirve de guía: la libertad Este grupo de derechos está relacionado con el concepto de Estado de Derecho de la tradición liberal: un “Estado de Derecho” es todo aquel sistema político que respeta las libertades básicas y nadie se encuentra “por encima de la ley”.

El pensamiento liberal afirma que los individuos poseen unas libertades que nadie puede violar, y el Estado menos aún, puesto que la única misión de éste consiste, precisamente, en garantizar su cumplimiento. Los teóricos liberales entienden que los derechos individuales funcionan como exigencias totalmente prioritarias que deben prevalecer frente a cualquier pretensión que se intente en su contra. Por esta razón se puede considerar al Estado liberal como un Estado de Derecho, es decir, como el tipo de Estado en el que todos, especialmente los poderes públicos, están obligados por las leyes a respetar los derechos básicos de las personas.

a).- Derecho a la Libertad de Expresión

-"La libertad de expresión es un derecho fundamental o un derecho humano, señalado en el artículo 19º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, y las constituciones de los sistemas democráticos, también lo señalan. De ella deriva la libertad de imprenta también llamada libertad de prensa.

El derecho a la libertad de expresión

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