DERECHO LABORAL
Enviado por elobenhumea • 21 de Agosto de 2013 • 1.810 Palabras (8 Páginas) • 394 Visitas
I N T R O D U C C I O N
El derecho procesal laboral es una rama del Derecho procesal que se ocupa de los conflictos laborales ya sea individuales o colectivos que surgen en los procesos en materia de trabajo y seguridad social, sean entre empresario y trabajadores sobre el contrato de trabajo, o respecto a prestaciones de seguridad social entre el beneficiario y la administración. También se ocupa de las relaciones entre la Administración Pública y su personal (no funcionarios y por tanto sujetos al Derecho laboral).
Los siguientes, son algunos de los principios del Derecho procesal laboral que se presentan en la mayoría de los ordenamientos jurídicos:
• PUBLICIDAD: Audiencias públicas
• INMEDIATEZ: Contacto de la autoridad con las partes
• ORALIDAD : Proceso oral con base en documentos para tener fundamentos
• SENCILLEZ: Claridad en el desarrollo y en un lenguaje que no sea muy técnico
• SUPLENCIA DE LA QUEJA: Suplir deficiencias o errores en la demanda por parte del juez
E Derecho Procesal del Trabajo se ocupa de dirimir las controversias entre trabajadores y patrones, o sindicatos.
MARIANA HERNANDEZ GOMORA
VS.
EMPRESA GAPI S.A DE C.V
EXP. J.2/35553/13
CONTESTACION DE DEMANDA.
H. JUNTA ESPECIAL No. DOS
DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE
DEL VALLE DE TOLUCA.
P R E S E N T E.
LIC. YURIDIA BENHUMEA RUBIO, con el carácter de Apoderado legal de la EMPRESA GAPI S.A DE C.V que acredito con CEDULA PROFESIONAL NO. 63636 señalando como domicilio para oír notificaciones el ubicado en la CALLE MORELOS NO. 3535 DE ESTA CIUDAD respetuosamente expongo:
Vengo a contestarla demanda formulada por LA ACTORA MARIANA HERNANDEZ GOMORA contra de mi representada, negando que el actor tenga derecho alguno a la indemnización de tres meses por despido injustificado que invoca, ni al pago de salarios vencidos subsecuentes al supuesto despido, ni a los salarios devengados, en virtud de que el actor no fue despedido en forma alguna, ni en la fecha que indica ni en ninguna otra fecha, por lo que carece de derecho a todas y cada una de las prestaciones que reclama.
Negando los hechos de la demanda por su orden manifiesto:
-------------------------------------------------------HECHOS----------------------------------------------------
I. Es cierto en parte lo expuesto en el primer punto de hechos, pues, efectivamente, el actor entró a prestar sus servicios en la fecha y con el puesto que indica; pero no es cierto que se le hubiera fijado el salario de $ 6,000.00 pues lo cierto es que se le asignó un salario de $3,500.00 QUINCENALES.
II. No es cierto lo asentado por el actor en el segundo punto de hechos y, por tanto, niego que mi representada haya despedido al actor en forma alguna; por lo que lógicamente no estaba obligada a dar el aviso de despido a que se refiere el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo: pues lo cierto es que el actor dejó de presentarse a sus labores, sin permiso y sin causa justificada, a partir del día 20 DE NOVIEMBRE DEL 2012; y tan es así que manifiesto, a nombre de mi representada, que está a disposición del actor el puesto que desempeñaba en las mismas condiciones en que venía prestando sus servicios, a saber: AUXILIAR ADMINISTRATIVO EN EL AREA JURIDICA; y al efecto solicito de esta Honorable Junta que se le requiera para que vuelva a su trabajo en esas condiciones, fijándole un plazo prudente para ello, para los efectos correspondientes.
Con respecto a este punto de la contestación, podría variar en el caso de que la demandada sostenga que ha despedido justificadamente al actor, argumentando: "por ello, como consecuencia de las faltas de asistencia a sus labores durante los días 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 Y 20 DE NOVIEMBRE DEL 2012, sin permiso y sin causa justificada, mi representada rescindió la relación de trabajo con el actor, el día 21 DE NOVIEMBRE DE 2012, con fundamento en el artículo 47 FRACCION X de la Ley Federal del Trabajo, habiéndole notificado el aviso escrito de la fecha y causa del despido MAS DE TRES FALTAS SIN CAUSA JUSTIFICADA por conducto de SIETE DIAS.
III. No es cierto, y por tanto niego que mi representada le adeude cantidad alguna al actor por concepto de horas extra, a que se refiere el punto III de hechos. Pues lo cierto es que, contrario a lo asentado por el actor, durante los días LUNES A VIERNES su jornada de trabajo fue de las 9:00 horas, a las 17:00 horas; y no de las 8:00 a las 19:00como pretende el actor.
IV. Niego en su totalidad lo asentado por el actor en este punto correlativo de hechos, pues lo cierto es:
--------------------------------------------- H E C H O S---------------------------------------------------------
1.- El salario que percibía era el de $ 3.500.00 pesos quincenales y no el de $ 6,000.00 pesos quincenales como ella lo manifestó.
2.- Que la ahora demandada abandono el trabajo durante siete días sin causa justificada.
3.- Que su jornada de trabajo era de las 9:00 horas hasta las 17:00 horas y no de las 8:00 horas a las 19:00 horas como ella lo manifestó, teniendo un horario de descanso de 1 hora diaria para comer, y descanso los sábados y domingos.
--------------------------------------------------------------DERECHO-------------------------------------------
Son inaplicables los preceptos legales invocados por el actor.
---------------------------------------------------------EXCEPCIONES-----------------------------------------
Opongo la excepción de falta de derecho y de acción, sine acciones agis, para todas y cada una de las prestaciones reclamadas por el actor; la de exceso de petición plus petitio, por lo que respecta al salario que pretende asignarse; y subsidiariamente la de prescripción que establecen los artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo, con base en que las acciones de los trabajadores prescriben dos meses después de la separación.
Por lo antes expuesto, a esta Honorable Junta atentamente pido se sirva:
Primero. Tenerme por presentado con el documento que acompaño, como apoderado de EMPRESA GAPI S.A DE C.V y reconocerme dicha personalidad.
Segundo. Tener por contestada, en los término de este escrito, demanda presentada por la actora MARIANA HERNANDEZ GOMORA opuestas, las excepciones y defensas que hago valer y, en su oportunidad, dictar laudo absolviendo a mi representada de las reclamaciones contenidas en la demanda, de conformidad con mi escrito de contestación
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