DERECHO ROMANO EN PCCIDENTE
Enviado por borja_derecho • 21 de Octubre de 2012 • 1.268 Palabras (6 Páginas) • 483 Visitas
2.1. Hasta el siglo XII:
El Derecho Romano se conoce de forma indirecta, gracias a las compilaciones de Derecho Romano realizadas en los reinos bárbaros: Edictum Theodorici, lex Romana Burgundiorum, y fundamentalmente, a la lex Romana Visighotorum o Brevario de Alarico.
2.2. Derecho Romano en el Occidente Medieval:
2.2.1 Los Glosadores.
En el siglo XII se multiplican las escuelas de Derecho, fundándose en Bolonia la más famosa escuela de jurisconsultos: La escuela de los Glosadores (s. XII-XIII).
La escuela de los glosadores representa un elemento fundamental en la historia del conocimiento y difusión del Derecho Romano, creando las bases científicas mediante las que ejerció su influencia en todos los países europeos.
Los glosadores trabajan directamente los textos justinianeos. Intentan afanosamente explicar, aclarar e interpretar su contenido mediante notas marginales o interlineales -glosas- escritas generalmente en los propios manuscritos que utilizaban.
Igualmente, redactaban resúmenes de las obras justinianeas –summae- y presentaban a los alumnos cuestiones prácticas de Derecho –casus-, sobre los que discutían las normas de Derecho Romano que pudieran serle de aplicación.
Los glosadores carecieron en cambio de perspectiva histórica y no se preocuparon de investigar los antecedentes de las instituciones justinianeas que aplicaron.
La escuela de Bolonia fue el centro cultural de mayor prestigio de su época, a ella acudían estudiantes de todas las partes del mundo, los que al regresar a sus países sirvieron de instrumento decisivo a la difusión y expansión del Derecho Romano. Además, profesores de Bolonia ejercieron su magisterio fuera de Italia, contribuyendo, de este modo, a este movimiento de difusión.
2.2.2. Los postglosadores o Comentaristas
Los postglosadores adolecen en cambio de una falta absoluta de valor científico, su alejamiento del texto justinianeo, sus glosas a las glosas que más que aclararlas la enturbian con distinciones y subdistinciones, perseguían un fin práctico: aplicar el Derecho Romano a las necesidades jurídicas de la época.
Utilizando en sus controversias el método escolástico, llegaron a formar una superestructura de reglas y principios que tuvo gran influencia en la práctica de los Tribunales, y que constituyó las bases del Derecho Romano degenerado que fue recibido en los principales países europeos.
Conciben el Derecho Romano como una fórmula para resolver los problemas de la práctica.
En definitiva, adaptan el Derecho Romano contenido en la glosa a las necesidades prácticas, para ello combinaron aquél con las normas de los Derechos estatutarios de los municipios italianos y con los del Derecho canónico. Su fruto será el denominado ius commune, el que se extiende por el occidente europeo constituyendo la base de los ordenamientos jurídicos hasta los siglos XIX y XX.
2.3. Edad moderna
Siglo XVI hasta nuestros días. El renacimiento vino a dar un nuevo impulso y dirección a los estudios de Derecho romano: acercamiento a las fuentes originarias y de investigación de las esencias puras de las instituciones jurídico-romanas. Labor se inicia con los humanistas y se realiza por la Escuela histórico crítica.
2.3.1 El Humanismo
En los siglos XV y XVI nace el movimiento humanista que propugna una vuelta a los modelos clásicos de la antigüedad, iniciando en el ámbito jurídico la tendencia culta o elegante en el cultivo del Derecho Romano.
La actitud del Humanista supone la reacción más seria contra la obra de los glosadores o comentaristas, a la vez que venía a situar en un primer plano la dimensión histórica del fenómeno jurídico, acercándose a las fuentes originarias e investigando las esencias puras de las instituciones jurídico-romanas.
El centro principal de esta actividad lo encontramos en Francia, de aquí su denominación: mos gallicum.
2.3.2. El Iusnaturalismo
En el siglo XVII y dominando ampliamente el siglo XVIII aparecen nuevas corrientes ideológicas que repercutirán en el estudio del Derecho, y en concreto del Derecho Romano. El iusnaturalismo basado en la fuerza ilimitada de la razón, utiliza como método el razonamiento deductivo y parte de la naturaleza racional y social del hombre con la que
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