DIVIDENDOS 2014
Enviado por Depadiu • 28 de Octubre de 2014 • 813 Palabras (4 Páginas) • 278 Visitas
Nuevo régimen fiscal de dividendos
C.P.C. Federico Aguilar Millán, integrante de la Comisión Fiscal del IMCP
A partir de 2014 y con base en la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), los
dividendos tiene un nuevo tratamiento fiscal tanto para aquellos que se paguen a una
persona física residente en México o a un extranjero, por una sociedad residente en México,
como los que se reciban por personas físicas residentes en México, de sociedades residentes
en el extranjero.
DIVIDENDOS DE SOCIEDADES MEXICANAS, ISR DE HASTA 42 POR CIENTO
De acuerdo con la nueva LISR vigente a partir del 1 de enero de 2014, los dividendos
estarán ahora sujetos a un impuesto adicional de 10 por ciento cuando se paguen a una
persona física residente en México o a un extranjero, sea persona física o moral.
Hasta 2013, el sistema de dividendos en México era un sistema totalmente integral, en
donde si las utilidades que distribuían las sociedades residentes en México ya habían sido
sujetas a gravamen, su distribución ya no implicaba ningún impuesto adicional,
independientemente del perceptor del dividendo. A partir de 2014 esto ya no es así, pues
ahora si las utilidades ya fueron objeto de impuesto a nivel corporativo también podrían
estar sujetas a impuesto al nivel del accionista.
Es importante comentar que los dividendos entre sociedades mexicanas siguen con las
reglas anteriores; esto es, si las utilidades ya pagaron impuesto corporativo en la sociedad
que las generó, ya no estarían sujetas a gravamen en la sociedad que recibe los dividendos.
El control de dichas utilidades, como sabemos, se realiza por medio de la Cuenta de
Utilidad Fiscal Neta (CUFIN).
Ahora bien, atinadamente mediante una regla transitoria de la nueva LISR, se establece que
las sociedades mexicanas llevarán dos registros de CUFIN, uno para las utilidades
generadas hasta 2013 y otro para las utilidades generadas a partir de 2014, esto con el
objeto de que el nuevo impuesto sobre dividendos sólo se aplique para las utilidades
generadas a partir de 2014.
En este sentido, si una sociedad paga un dividendo en 2014, sólo estará sujeto al nuevo
impuesto cuando se paguen de la CUFIN de 2014, pero no si se pagan de la CUFIN de
2013.
Para que quede más claro el impacto de este nuevo impuesto, supongamos que tenemos una
sociedad que generó 100 de utilidad. De esos 100 tendría que pagar 30 de ISR corporativo
y le quedarían 70 que podría pagar como dividendo al accionista persona física. A partir de
2014, la tarifa de personas físicas se incrementó de una tasa máxima de 30 por ciento a una
tasa máxima de 35 por ciento.
Asumiendo que el accionista se encuentra
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