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Deficiencias Del Proceso Laboral En México


Enviado por   •  19 de Febrero de 2015  •  2.550 Palabras (11 Páginas)  •  290 Visitas

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El funcionamiento de las Juntas.

Principales problemas y evidencias

A la luz de diversas investigaciones, es posible ofrecer un diagnóstico de los principales problemas que afectan el desempeño de las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Seguimos los factores considerados en el estudio de la oit-stps (pag. 6, 2006) y completamos la información y el análisis con otras fuentes, donde se reúnen resultados de la revisión de expedientes, así como la opinión de los usuarios de los servicios de las Juntas, tanto de abogados de trabajadores como de patrones, además de dirigentes sindicales y empresariales y de especialistas.

Tripartismo

Se trata de un diseño fallido porque promueve la simulación. La participación de los representantes es marginal y no se concreta en una discusión y deliberación de las resoluciones que se adoptan, lo que no implica que descuiden aquellos casos en donde están en juego los intereses de sus organizaciones, como en los casos de conflictos por la titularidad de los contratos colectivos o, en las Juntas Locales, el registro de nuevos sindicatos. Entre los factores que podrían explicar la marginal participación de los representantes estarían la falta de interés en su selección y su carencia de profesionalismo, los bajos salarios y el escaso entrenamiento que reciben, pero sobre todo la clara convicción de que el tercero en discordia, representante del Gobierno, es el que toma la decisión final. Es común observar cómo los representantes desatienden sus responsabilidades y cuando asisten firman, prácticamente sin leer, los laudos en los que hacen constar su voto contrario, cuando no se favorece al sector al que pertenece.

Falta de transparencia

Son muy pocas las Juntas que dan a conocer los criterios adoptados en las sesiones plenarias para resolver las controversias, por lo que son generalmente desconocidos por los litigantes. La falta de archivos sistematizados dificulta también el estudio del desempeño de las Juntas. Aunque el estudio de la oit-stps (2006) no encontró evidencias consistentes acerca de situaciones de corrupción generalizada en las Juntas locales evaluadas, una investigación encargada por la propia stps en relación a la jfcya (con la limitación de que se basa en tan solo diez entrevistas de usuarios, curiosamente seleccionados por la autoridad), concluyó que allí existen altos niveles de corrupción, lo que genera muy baja credibilidad (Pearson Market & Opinion Intelligence, 2004).

Sin embargo, hay que decir que este resultado contrasta con las opiniones de otros entrevistados quienes coinciden en señalar que es en las juntas locales donde los niveles de corrupción son mayores (Bensusán, 2007).

Falta de motivación jurídica de las resoluciones

Esta deficiencia se traduce en un bajo nivel de argumentación legal de parte de las Juntas, lo que da lugar a un alto número de amparos contra las resoluciones. Es importante destacar que la jlcyadf emitió en octubre de 2011 un conjunto de criterios de corte claramente antisindical, los cuales sin sustento legal alguno y por razones supuestamente administrativas, buscaban obstaculizar el ejercicio de los derechos colectivos en la Ciudad de México, tanto al nivel de otorgamiento del registro sindical como de la titularidad de los contratos colectivos y el ejercicio del derecho de huelga. Este intento de la jlcyadf de crear, sin tener facultades legislativas, una norma de excepción de corte empresarial para la Ciudad de México, fue objeto de diversas impugnaciones. Un año después de emitidos los criterios, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia atrajo un amparo promovido por sindicatos independientes en contra de esta norma, por lo que el pleno de la Junta Local dio marcha atrás y dejó sin efecto estos antigremiales, con el voto en contra de los representantes empresariales. Este episodio muestra la vulnerabilidad en que se encuentra el ejercicio de los derechos colectivos en el país y coloca la necesidad de avanzar en la consolidación de un sistema de justicia laboral independiente.

Heterogeneidad

Tanto la duración de los procedimientos como la calidad de los laudos varían sustancialmente entre las distintas juntas. Por ejemplo, en Nuevo León tomó 399 días llegar a un laudo mientras en Chiapas se llevó 697 días (oit, 2005). De acuerdo a otro estudio, en el caso de los conflictos individuales en la industria del vestido (por lo general de bajo monto debido a los salarios reducidos), tramitados en la jlcyadf, el promedio de duración fue de año y medio (Bensusán, 2007). Los diferentes comportamientos entre Juntas se hacen también evidentes en los niveles de acceso a la información. Mientras en materia federal y en el Distrito Federal existe acceso, si bien limitado, al contenido de los contratos colectivos y reglamentos interiores de trabajo depositados, en los estados de la República esta información se preserva como un secreto con la clara intención de proteger los llamados contratos de protección patronal, firmados al margen y con el desconocimiento de los trabajadores, para evitar que éstos ejerzan sus derechos colectivos

Obstáculos para el acceso a la justicia

Los más importantes son el alto costo de los pagos suplementarios; inapropiada asesoría legal; decisiones injustas, no apegadas a derecho; insuficiente experiencia de los funcionarios; lentitud en la adopción de resoluciones y bajo número de laudos ejecutados. Si se toma en cuenta que la mayor parte de los conflictos individuales se deben a despidos injustificados, es claro que las Juntas no están ayudando a que las indemnizaciones cumplan con el papel que les asignó el legislador, en el sentido de disuadir la arbitrariedad patronal y, a la vez, asegurar el sustento inmediato del trabajador y su familia ante una pérdida arbitraria del empleo, especialmente cuando en el país no existe un seguro de desempleo. Por el contrario, la excesiva duración de los juicios –no imputable al trabajador– ha favorecido las conciliaciones, con la consiguiente pérdida de derechos, lo que a su vez es un factor que desincentiva el cumplimiento espontáneo de las obligaciones de los empleadores a los trabajadores.

La reforma laboral de 2012: cambios en la organización y los procedimientos

Si bien existen diversas propuestas de cambio estructural del sistema de justicia laboral28, éstas se frustraron una y otra vez durante los últimos veinte años, ante la resistencia de empleadores y sindicatos corporativos aliados a los gobiernos, que ven en las Juntas de Conciliación y Arbitraje un instrumento que pueden manipular a su gusto. Conviene recordar los antecedentes de la reforma aprobada en 2012.

En el año 1995 el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (pan) en la Cámara de Senadores presentó una iniciativa de

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